DECRETO 7/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS).
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Hacienda y Administración Pública - Conselleria de Bienestar Social |
Rango de Ley | Decreto |
ÍNDICE
Única. Cláusula de no incremento del gasto público
Única. Derogación normativa
Primera. Habilitación
Segunda. Entrada en vigor
Anexo. Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS)
Composición.
Contratación.
Régimen patrimonial.
El Decreto Ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de Medidas Urgentes del Sector Público Empresarial y Fundacional estableció las bases necesarias para conseguir un sector público empresarial y fundacional de la Generalitat saneado, austero, eficaz, eficiente y orientado al cumplimiento de los objetivos del Consell, en sus distintos ámbitos de actuación, y a las necesidades de la sociedad valenciana.
En mayo de 2012, el Consell aprobó el Plan económico financiero de reequilibrio 2012-2014 y lo remitió al Consejo de Política Fiscal y Financiera. En dicho plan se anunció una nueva configuración del Sector Público Empresarial y Fundacional, el cual quedará configurado en seis áreas. Por lo que respecta al Área de Sanidad y Bienestar Social y, en
particular, a esta última materia se veían afectados el Instituto Valenciano de Atención a las Personas con Discapacidad y Acción social (IVADIS) y la Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales SA. (AVAPSA).
El Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados y Acción Social (IVADIS), se creó como Entidad de Derecho Público por medio de la Disposición Adicional Novena de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana, y fue desarrollado por medio del Decreto 125/2001, de 10 de julio, del Consell, por el que se constituye la entidad de Derecho público Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados (IVADIS) como entidad adscrita a la Conselleria competente en materia de asistencia y servicios sociales, encargada de la protección y tutela de los discapacitados psíquicos y de los afectados por otras discapacidades, así como de la prestación y ejecución de actuaciones en materia de servicios sociales y acción social.
Por su parte la Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales SA. (AVAPSA) se constituyó, en virtud del Acuerdo del Consell adoptado con fecha 16 de septiembre de 2005, con el objeto social de gestionar de forma ágil y eficaz los servicios sociales especializados, de manera que se ofreciera una respuesta inmediata y ágil a las demandas de los ciudadanos.
El Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat culmina y aprueba el Plan Estratégico de dicho sector, dedicando su Capítulo IV a las Medidas a adoptar en el ámbito de Sanidad y Bienestar Social. En concreto, en su artículo 21 se detalla el alcance de las medidas referentes al Instituto Valenciano de Atención a las Personas con Discapacidad y Acción Social (IVADIS) y en su artículo 22 las referentes a la Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, SA. (AVAPSA).
Respecto del Instituto Valenciano de Atención a las Personas con Discapacidad y Acción Social (IVADIS), se procedió a la modificación de su denominación, fines y su consideración como medio propio, pasando a ser el Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS), conservando su naturaleza de Entidad de Derecho Publico y, consiguientemente, su personalidad jurídica, patrimonio propio, recursos y plena capacidad de obrar para la realización de sus fines de desarrollo de la política de la Generalitat en el ámbito del bienestar social, la dependencia, la protección y tutela de las personas con discapacidad, así como de la prestación, asistencia y ejecución de actuaciones en materia de servicios sociales y acción social, por lo que toda mención al Instituto Valenciano de Atención a las Personas con Discapacidad y Acción Social que figure en el ordenamiento jurídico, planes y programas deberá entenderse realizada al Instituto Valenciano de Acción Social.
Respecto de la Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales SA. (AVAPSA), se acordó la incorporación de la totalidad de las acciones de titularidad de la Generalitat, representativas del 100 por cien de su capital social, a favor del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS); debiendo procederse, tras ello, a la extinción sin liquidación de la mercantil, mediante la cesión global de su activo y pasivo a favor del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS).
Por todo ello, y de conformidad con lo previsto en la Disposición Final Quinta del Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat, resulta necesario y procedente la aprobación del presente desarrollo reglamentario, aprobado por Decreto del Consell, en el que se establece el funcionamiento de la Entidad de Derecho Público, adaptándolo a las funciones, régimen, organización y funcionamiento que al mismo se le han fijado por el Decreto Ley 7/2012 citado.
En su virtud, a propuesta conjunta de las personas titulares de la conselleria de Bienestar Social y de la conselleria de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 4 de enero de 2013,
DECRETO
Se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS), cuyo texto figura como anexo del presente Decreto.
Única. Cláusula de no incremento del gasto público
La implementación y posterior desarrollo de este decreto no podrá suponer un incremento de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat. A tal efecto y por lo que se refiere a lo gastos de personal las adaptaciones que puedan realizarse, en el marco de la implantación de la estructura organizativa de la entidad, no podrán suponer incremento de coste en términos homogéneos.
Única. Derogación normativa
Quedan expresamente derogado el Decreto 125/2001, de 10 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se constituyó la entidad de Derecho Público Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados (IVADIS) y el Decreto 194/2008, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se modificaba el Decreto 125/2001, así como cualquier otro norma de igual o inferior rango que se oponga al presente Decreto.
Primera. Habilitación
Se faculta a las personas titulares de las Consellerias competentes en el ámbito de Acción Social, Sector Público Empresarial, Patrimonio y Hacienda para adoptar las medidas necesarias y dictar cuantas disposiciones exija la aplicación y ejecución de este decreto, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Segunda. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 4 de enero de 2013
El president de la Generalitat, ALBERTO FABRA PART
La conselleria de Bienestar Social, ASUNCIÓN SÁNCHEZ ZAPLANA
El conseller de Hacienda y Administración Pública, JUAN CARLOS MORAGUES FERRER
ANEXO
Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS)
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El Instituto Valenciano de Acción Social (IVAS) es una entidad de derecho público, de las previstas en el artículo 5.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana aprobado...
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