ORDEN TSF/127/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales La prevención, un valor seguro.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

La prevención de riesgos laborales debe garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de las personas trabajadoras, ya que la mayor parte de accidentes o enfermedades laborales se pueden evitar si se introducen las medidas preventivas adecuadas, de acuerdo con los principios de la acción preventiva que describe el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

El mencionado artículo 15 establece que el empresariado debe evitar el riesgo y, si ello no es posible, debe evaluarlo y tomar las medidas preventivas adecuadas, y dar preferencia a las protecciones colectivas por encima de las individuales. Además, debe informar y formar a las personas trabajadoras sobre los riesgos que comporta su trabajo y la manera de evitarlos o prevenirlos. Por su parte, las personas trabajadoras se deben implicar en su propia seguridad y salud laboral y aplicar adecuadamente las medidas preventivas que establece la empresa.

Con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo y con el fin de sensibilizar a la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales, así como para estimular la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes en este ámbito, este Departamento creó el año 2007 los premios a los mejores carteles de prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro” y, en colaboración con el Departamento de Enseñanza, los premios de fotografía joven “Foto Trabajo” sobre prevención de riesgos laborales.

El resultado de la experiencia de estos años corrobora que una manera de promover la seguridad y la salud es el estímulo y el reconocimiento de los estudiantes que canalizan su creatividad hacia esta finalidad desde una doble perspectiva: por una parte, se consigue concienciar desde una edad joven sobre la importancia de seguir conductas seguras y saludables y, por la otra, se fomenta el valor de la prevención al promover la difusión.

Con esta nueva Orden de bases se pretende dar continuidad a las novedades introducidas en la edición de 2014, en la cual se añadieron dos nuevas categorías (pictogramas y cortometrajes de animación) a las existentes tradicionalmente (carteles y fotografías), con la intención de ampliar las posibilidades de participación a más estudiantes y de incorporar nuevos formatos de comunicación gráfica y audiovisual que, por su fácil difusión mediante las nuevas tecnologías, resultan de gran interés en la promoción de la prevención de riesgos laborales. Cuando en la presente Orden se hace referencia a carteles, fotografías, pictogramas y cortometrajes de animación, se debe entender que se trata de ideas gráficas en estos formatos elaboradas por los alumnos participantes en las diferentes categorías y modalidades.

Desde el punto de vista presupuestario, se prevé la posibilidad de mantener la colaboración de una entidad externa, la Fundación Prevent, que puede asumir parte de los gastos originados por los costes de los premios en cada convocatoria, dado que se ha valorado positivamente la colaboración de ambas instituciones en ediciones anteriores.

Desde el punto de vista administrativo, se mantiene la línea de simplificación de trámites y de impulso de la utilización de medios electrónicos, prevista con carácter general por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y la normativa autonómica (el Decreto 56/2009, de 7 abril, para el impulso y el desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalidad; la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña), con el fin de conseguir un aprovechamiento de las nuevas tecnologías que facilite y agilice la tramitación del procedimiento, mediante el acceso a la tramitación y la comunicación con la Administración por medio de la web de trámites Gencat y de otros medios telemáticos.

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento;

De acuerdo con el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Considerando la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

De acuerdo con el artículo 63 del Decreto 63/2015, de 28 de abril, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, en relación con el artículo 3 del Decreto 86/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias;

De acuerdo con el artículo 78 del mencionado Decreto 63/2015, de 28 de abril, que determina las funciones asumidas por el Instituto de Seguridad y Salud Laboral como órgano adscrito a la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo;

Considerando los convenios de colaboración en actividades de interés general suscritos en este ámbito por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y la Fundación Prevent;

Considerando los preceptos legales mencionados y los informes previos del Área Jurídica de Empleo y Relaciones Laborales de la Secretaría General y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases que regulan el concurso sobre prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”, que figuran en los anexos de la presente Orden.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden EMO/78/2015, de 8 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro," y se hace pública la convocatoria para el año 2015.

Disposición final

La presente Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 20 de mayo de 2016

Dolors Bassa i Coll

Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo 1

Disposiciones comunes de las bases reguladoras del concurso de prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”

–1 Objeto y categorías del concurso

1.1 Mediante el otorgamiento de estos premios se reconoce el valor divulgativo de los trabajos presentados, desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, al conseguir, por una parte, concienciar de la gran diversidad de riesgos que nos rodean cotidianamente en cualquier tipo de trabajo y, de la otra, fomentar el valor de la prevención con el fin de anticiparse a posibles sucesos no deseados, como son los daños a la salud derivados del trabajo. Identificar los riesgos es el factor clave para poder eliminarlos o minimizarlos posteriormente.

1.2 Asimismo, se trata de sensibilizar la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales y de promover la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes.

1.3 Categorías. Se pueden convocar todas o alguna de estas categorías:

Categoría I: concurso de carteles.

Categoría II: concurso de fotografías.

Categoría III: concurso de pictogramas.

Categoría IV: concurso de cortometrajes de animación.

–2 Participantes, requisitos y categorías de participación

2.1 La participación está abierta a los estudiantes de cualquier centro educativo público, concertado o privado de Cataluña matriculados en los estudios indicados para cada categoría.

2.2 Los alumnos se pueden presentar a diversas categorías siempre que cumplan los requisitos establecidos para cada una de estas.

2.3 Los trabajos realizados deben presentarse en formato digital y deben reunir los requisitos siguientes:

Estar realizados por los participantes y ser una obra original suya.

Para realizar los trabajos, no se deben crear situaciones de riesgo ni exponer a nadie a ellas.

No incluir marcas de terceros ni hacer referencias a ellas.

Los contenidos deben ser respetuosos con el objeto de las bases del concurso recogido en la base 1.

Las imágenes o los sonidos y otros elementos utilizados en los trabajos presentados deben ser libres o con permiso de uso comercial. Los participantes se comprometen a cumplir este punto y asumen su responsabilidad. La organización puede rechazar en cualquier momento los trabajos que vulneren o puedan vulnerar derechos de propiedad intelectual, industrial o análogos de terceros.

–3 Solicitantes y procedimiento de presentación de solicitudes, trabajos y documentación

3.1 Para participar en cualquiera de las categorías, se deben presentar el formulario de solicitud, la documentación pertinente, que debe ser siempre original, fotocopia compulsada o emitida por medios electrónicos y los trabajos que opten a cada una de las categorías y modalidades de acuerdo con el procedimiento que se describe a continuación.

3.2 Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalidad de Cataluña, deben incorporar una declaración responsable conforme se està matriculado con las condiciones y los requisitos señalados por cada convocatoria y modalidad en esta Orden de bases.

Se pueden presentar por cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR