DECRETO 86/2016, de 19 de enero, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se ha modificado el ámbito competencial de diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad, se han creado nuevos y se ha modificado la denominación de otros.

Estos cambios comportan la necesidad de estructurar el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, de acuerdo con su ámbito de competencias.

Por todo ello, de conformidad con la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

A propuesta de la consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, bajo la dirección de la consejera, se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Asuntos Sociales y Familias.

  3. La Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía.

  4. La Dirección General de Protección Social.

    1.2 Restan adscritos al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias las entidades y órganos siguientes:

  5. El Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción, mediante la Secretaría de Asuntos Sociales y Familias.

  6. La Agencia Catalana de la Juventud, mediante la Dirección General de Juventud.

  7. El Consejo Nacional de la Juventud, mediante la Dirección General de Juventud.

  8. La Agencia de Migraciones de Cataluña, mediante la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía, en los términos previstos legalmente .

  9. El Servicio de Ocupación de Cataluña, mediante la Secretaría General.

  10. El Consorcio de Formación Continua de Cataluña, mediante la Secretaría General.

  11. El Consejo de Relaciones Laborales, mediante la Secretaría General.

    1.3 El Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña se relaciona con el Gobierno mediante el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias. El Departamento debe instrumentar esta relación a través de la Secretaría General.

    1.4 El Consejo de Dirección es el órgano que asiste la persona titular del Departamento en las funciones de coordinación general y en la elaboración de la política de este, y hace el seguimiento de su ejecución. Está integrado por la persona titular del Departamento, que lo preside; por los titulares de las unidades directivas con rango orgánico mínimo de dirección general; por el/la jefe/a del Gabinete del/la Consejero/a y por otras personas que la persona titular del Departamento designe.

Artículo 2

Gabinete del/de la Consejero/a

El Gabinete del/de la Consejero/a mantiene la naturaleza orgánica, les funciones y la estructura que prevén el Decreto 332/2011, de 3 de mayo, de reestructuración del Departamento de Bienestar Social y Familia, y el resto de la normativa aplicable.

Artículo 3

Secretaría General

3.1 La Secretaría General ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, así como el ámbito sectorial de Trabajo, que se corresponde con las funciones atribuidas a la Secretaría de Ocupación y Relaciones Laborales por el Decreto 63/2015, de 28 de abril, de reestructuración del Departamento de Empresa y Ocupación, así como todas aquellas que le asigne la normativa vigente y las encomendadas por delegación de la persona titular del Departamento.

3.2 Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría General se estructura en:

  1. La Dirección de Servicios.

  2. La Asesoría Jurídica.

  3. El Gabinete Técnico.

  4. Los servicios territoriales.

    3.3 Con respecto al ámbito sectorial de Trabajo, y para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría General se estructura en:

  5. La Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo.

  6. La Dirección General de Economía Social, el Tercer Sector, las Cooperativas y la Autoempresa.

  7. La Dirección General de la Inspección de Trabajo.

  8. El Área Jurídica de Ocupación y Relaciones Laborales.

  9. El Servicio de Soporte a la Gestión de Ocupación.

  10. El Área de Planificación y...

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