Orden TES/441/2022, de 17 de mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2022, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan Reincorpora-T 2019-2021.

MarginalBOE-A-2022-8226
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Economía Social
Rango de LeyOrden

El Sistema Nacional de Empleo es el conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política de empleo, y está integrado por el Servicio Público de Empleo Estatal y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas.

El conjunto de servicios y programas que desarrollan las políticas activas de empleo tiene como finalidad mejorar las posibilidades de acceso al empleo de las personas desempleadas y la adaptación de la formación y su recualificación para el empleo, así como aquellas otras destinadas a fomentar el espíritu empresarial y la economía social.

El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, establece que uno de los tres instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo será la Estrategia Española de Activación para el Empleo, junto con los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de dicho texto legal, se articulará en torno a seis ejes (orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, emprendimiento y mejora del marco institucional) en los que se integrarán los objetivos en materia de políticas de activación para el empleo y el conjunto de los servicios y programas desarrollados por los servicios públicos de empleo.

Una vez finalizado el período de vigencia de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020, el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, aprobó la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 (EEAAE), que ha tenido en cuenta las áreas de mejora detectadas de la Estrategia anterior. La Estrategia se elaboró siguiendo un importante proceso participativo en el seno del Sistema Nacional de Empleo y con la colaboración de los interlocutores sociales lo que es un factor clave para el éxito de esta nueva Estrategia.

La nueva Estrategia es un documento programático que determina el marco conceptual y organizativo al que deberán referirse todas las actuaciones que se lleven a cabo en el seno del Sistema Nacional de Empleo en materia de políticas de apoyo activo y formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, los principios, los objetivos comunes, los instrumentos a utilizar, la planificación estratégica de las actuaciones a desarrollar y los recursos financieros, tanto estatales como los de las comunidades autónomas, con los que se prevé contar para el cumplimiento de los citados objetivos y actuaciones. Asimismo, la Estrategia contiene el análisis de la situación y tendencias del mercado de trabajo, los principios de actuación y objetivos estratégicos y estructurales a alcanzar en materia de políticas de activación para el empleo, incluyendo políticas activas de empleo y de intermediación laboral, para el conjunto del estado y el marco presupuestario, fuentes de financiación y los criterios de gestión de los fondos.

Partiendo de la «visión estratégica» que, a su vez, es resultado de la reflexión sobre el impulso de las políticas activas de empleo, desde la experiencia del Sistema Nacional de Empleo y las referencias internacionales, se han identificado cinco ejes diferenciados y complementarios: Enfoque centrado en las personas y en las empresas; Coherencia con la transformación productiva; Orientación hacia resultados; Mejora de las capacidades de los servicios públicos de empleo; y, Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo. Teniendo en cuenta lo anterior, se han establecido objetivos estratégicos que incluyen objetivos específicos que se desarrollarán a través de unas medidas concretas.

La Estrategia fue informada por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 28 de abril de 2021 con el apoyo unánime de las comunidades autónomas. Asimismo, ha sido informada, en la misma fecha por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo.

El Plan Anual de Política de Empleo para 2022, según lo previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Empleo, concreta los objetivos de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, a alcanzar a lo largo de este año, en el conjunto de España y en cada una de las distintas comunidades autónomas, así como los indicadores que se van a utilizar para conocer y evaluar su grado de cumplimiento.

A su vez, el citado Plan contiene el conjunto de los servicios y programas que cada comunidad autónoma llevará a cabo, comprendiendo tanto los que establezca libremente, ajustándose a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial, como los servicios y programas de ámbito estatal que son de aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el que vivan las personas destinatarias. En concreto se ha creado un servicio común destinado a reforzar la red de personal dedicado a labores de orientación profesional para el empleo y prospección del mercado de trabajo, para mantener de forma temporal el programa creado en el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 que perdió su vigencia a finales de 2021. Por su parte, el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 5 de abril de 2019, que aprueba el Plan Reincorpora-T 2019-2021, recoge sesenta y tres medidas cuya vigencia ha finalizado en el primer trimestre de 2022.

Con cargo a los fondos asignados en base a esta orden ministerial, se podrán financiar los costes de la atención a las personas que sean beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo. A partir del 30 de abril de 2018, este programa pierde su vigencia en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2017, de 28 de abril, por el que se prorroga y modifica el Programa de Activación para el Empleo, pero en 2022 pueden todavía seguir existiendo personas beneficiarias del mismo, si bien con carácter muy residual.

Los ingresos derivados de la cuota de formación profesional se encuentran afectados a la ejecución de iniciativas del Sistema de Formación profesional para el empleo en el ámbito laboral de forma análoga a lo sucedido en 2021, después de la desafectación extraordinaria realizada en el año 2020 debido a las medidas adoptadas para enfrentarse al COVID-19.

De igual manera, las cantidades asignadas para la ejecución de iniciativas de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral con cargo a esta orden se deben utilizar en iniciativas vinculadas al Catálogo de Especialidades Formativas del ámbito laboral y no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, y para la ejecución de programas que combinen empleo y formación, debido a la aplicación de la modificación de competencias en la formación profesional en el trabajo derivada de la reestructuración ministerial realizada en 2020.

El artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de acuerdo a la redacción dada por la disposición final décima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece que los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como su distribución se fijarán por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo del ejercicio económico.

Asimismo, dicho precepto añade que cuando el importe total a distribuir fuera superior a 12 millones de euros, deberá recabarse con carácter previo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial, la...

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