Orden TED/339/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, y el anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

MarginalBOE-A-2023-8751
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Rango de LeyOrden

La protección legal de las especies silvestres a escala estatal se encuentra regulada en el título III de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El artículo 56 de la misma, dispone la creación de un listado de especies silvestres en régimen de protección especial para todas aquellas especies silvestres que sean merecedoras de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, su singularidad, rareza o grado de amenaza, así como para aquellas que figuren como protegidas en los anexos de las normas de la Unión Europea y tratados internacionales ratificados por España.

El artículo 58 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, señala que en el seno de listado de especies silvestres en régimen de protección especial –en adelante «Listado»– se establece el Catálogo Español de Especies Amenazadas –en adelante, Catálogo de especies amenazadas» que incluirá, cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje, los taxones o poblaciones de la biodiversidad amenazada. Ambos instrumentos fueron desarrollados reglamentariamente a través del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. Adicionalmente, para dar cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional tercera de este real decreto, se aprobó la Resolución de 6 de marzo de 2017, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de febrero de 2017, por el que se aprueban los criterios orientadores para la inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Tanto el Listado como el Catálogo de especies amenazadas han sido modificados en diferentes ocasiones para su necesaria actualización a través de diferentes órdenes ministeriales, en concreto:

Orden AAA/75/2012, de 12 de enero, por la que se incluyen distintas especies en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial para su adaptación al anexo II del Protocolo sobre zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo.

Orden AAA/1771/2015, de 31 de agosto, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Orden AAA/1351/2016, de 29 de julio, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Orden TEC/596/2019, de 8 de abril, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Orden TED/1126/2020, de 20 de noviembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, y el anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Los artículos 56.2 y 58.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, señalan que la inclusión, cambio de categoría o exclusión de taxones en Listado y/o Catálogo de especies amenazadas tendrá lugar a propuesta de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, previa iniciativa de las comunidades autónomas; o de oficio, por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el caso de taxones protegidos en los anexos de las normas de la UE y tratados internacionales ratificados por España. Asimismo, cualquier ciudadano u organización podrá solicitar la iniciación del procedimiento, acompañando a su propuesta una argumentación científica. El procedimiento detallado para llevar a cabo modificaciones en estos instrumentos queda especificado en el artículo 6 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero.

Por otra parte, para la lucha contra las especies exóticas invasoras, una de las principales amenazas que afectan a la biodiversidad –y que además puede tener importante efecto sobre la economía y salud–, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, establece la necesidad de su identificación y declaración legal, a partir de información científica y técnica que así lo aconseje, como establece el artículo 64.1. La Ley ofrece pare ello el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, desarrollado a través del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras –en adelante, Catálogo de especies invasoras–. Incluirá dicho Catálogo, según el citado artículo de la Ley 42/2007,...

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