Orden PRE/105/2020, de 24 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, mediante promoción interna, en el Cuerpo Administrativo, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
Rango de LeyOrden

Orden PRE/105/2020, de 24 de junio, por la que se convocan pruebasselectivas para el acceso, mediante promoción interna, en el CuerpoAdministrativo, de la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria.

CONVOCATORIA 2020/68.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 demarzo, de Función Pública (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 4, de 1 de abrilde 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, en el Cuerpo Administrativo, de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. Plazas convocadas.

    1.1.- Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera ciento treinta y dos (132)plazas pertenecientes al Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, subgrupo de clasificación C1, correspondientes a la Oferta de EmpleoPúblico para el ejercicio 2017, a la Oferta de Empleo Público de estabilización para el ejercicio2017, a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2018, a la Oferta de Empleo Público deestabilización para el ejercicio 2018 y de la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2019.

    1.2.- Del total de plazas convocadas se reservan quince (15) plazas para su cobertura porpersonas con un grado acreditado de discapacidad igual o superior al 33%. El Tribunal acordará las adaptaciones necesarias para asegurar que las personas con discapacidad realizanlas pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de candidatos. Todas aquellasplazas que no se cubran por este turno de reserva, se acumularán a las del turno ordinario depromoción interna. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad superaseel único ejercicio eliminatorio, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la deotros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuaciónen el sistema de acceso general.

  2. Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas enla Orden PRE/19/2010, de 2 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regiránlos procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria.

  3. Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial que estará disponible en la páginaweb del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/), OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/).

    3.2.- Las solicitudes irán dirigidas a la señora consejera de Presidencia, Interior, Justicia yAcción Exterior y se presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Presentación electrónica.

      Los interesados que posean certificado digital presentarán sus solicitudes a través de la página web del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/), OPEC@N (https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/).

      La presentación de las solicitudes por esta vía conllevará, siempre que el solicitante no estéexento del pago, el pago de la tasa de derechos de examen por vía electrónica. En este casodeberán realizar el pago cargando el importe en una cuenta que tengan abierta en el BancoSantander (Popular), Liberbank, Caixabank, BANKIA o BBVA.

      La presentación electrónica permitirá además anexar, en su caso, documentos escaneadosa su solicitud.

    2. Presentación en soporte papel.

      A través de la página web del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), apartado "EMPLEO PÚBLICO" (https://empleopublico.cantabria.es/),OPEC@N(https://aplicacionesweb.cantabria.es/opecan/), rellenarán el formulario que permite la cumplimentación automática de lasolicitud de admisión y del modelo 046 para abonar la tasa de derechos de examen, salvo enel caso que estuvieran exentos de pago.

      Una vez cumplimentados los datos, deberán imprimir el documento que constará de doscopias de la solicitud de admisión ("ejemplar para el interesado" y "ejemplar para la Administración") y de tres copias del modelo 046 ("ejemplar para el interesado", "ejemplar parala entidad colaboradora" y "ejemplar para la Administración"), si procediese el abono de losderechos de examen.

      Para efectuar el abono se presentará el modelo 046 debidamente cumplimentado, pudiendooptar el interesado por alguno de los siguientes medios de pago:

  4. - En la caja del Gobierno de Cantabria (Paseo de Pereda número 13, Bajo, Santander),mediante ingreso en efectivo, adeudo en cuenta abierta en el Banco Santander, tarjeta decrédito o débito (excepto American Express y Dinners Club) o cheque bancario o conformadonominativo a favor del Gobierno de Cantabria.

  5. - En cualquiera de las entidades que actúan como colaboradoras en la recaudación tributaria (Banco Santander, Liberbank, Caixabank, BBVA, Bankia, Bankinter, Cajaviva/Cajarural,Banco Sabadell).

  6. - Mediante tarjeta de crédito o débito (excepto American Express o Dinners Club), entrando en la página web de la Oficina Virtual de la Consejería de Economía y Hacienda, opciónpago con Tarjeta Crédito o Débito" https://ovhacienda.cantabria.es/oficinavirtual/pagoTarjetaOpciones.do."

    La solicitud de admisión a las pruebas selectivas se presentará acompañada, en su caso,del modelo 046 una vez efectuado el ingreso correspondiente a los derechos de examen, enel registro general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ PeñaHerbosa, 29, 39003 ‒ Santander), en los registros auxiliares y en los registros delegados y encualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 16.4 y concordantes de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre).

    3.3.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.4.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contadosdesde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Cantabria".

    3.5.- Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamientoordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y prestación sustitutoria.

    3.6.- En este mismo plazo deberán presentar fotocopia compulsada de la titulación académica exigida en la convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite tenercursados y aprobados los estudios completos correspondientes, siempre que tal documentación no conste ya en el Registro de Personal o la hubiesen presentado en la convocatoriainmediatamente anterior. En el caso de presentarse certificación supletoria del título deberájustificarse su vigencia.

    En caso de aportarse con la solicitud titulación superior a la exigida para el acceso al CuerpoAdministrativo para su baremación en la fase de concurso, se acreditará en los mismos términos que el párrafo anterior.

    3.7.- Los aspirantes que se presenten por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán indicar en la solicitud el grado de discapacidad que padecen y si solicitan laadaptación de medidas de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas. En tal caso, ya efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de losolicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnicocompetente para la calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente,la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido,siempre que tal documentación no conste ya en el expediente personal del interesado o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior. En caso de que la incapacidadno fuese permanente, dicho informe deberá haber sido emitido en un plazo no superior a seismeses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    3.8.- En el caso de que concurriese en un mismo aspirante solicitudes para el turno generaly para el turno de...

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