Orden JUS/257/2013, de 14 de febrero, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y sus organismos públicos.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Febrero de 2013
MarginalBOE-A-2013-1804
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Por su parte, el artículo 53.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de esa ley, determina que cuando la disposición se refiera a los órganos de la Administración del Estado o a las entidades u organismos vinculados o dependientes de la misma, la creación, modificación o supresión de los ficheros adoptará la forma de orden ministerial o resolución de la entidad y organismo correspondiente.

La necesidad de proteger los derechos de terceros de acuerdo con la normativa sobre protección de datos, así como los cambios habidos en la estructura orgánica del Ministerio de Justicia, introducidos por el Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, en los procesos de gestión interna y en los sistemas de información correspondientes aconsejan la creación, modificación o supresión de alguno de los ficheros existentes.

La presente orden tiene como objetivo dar cumplimiento a esa exigencia.

En la tramitación de esta orden han emitido informe la Agencia Española de Protección de Datos y la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Justicia.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Creación de ficheros

Se crean nuevos ficheros automatizados de datos de carácter personal que se incorporan a los existentes en el Ministerio de Justicia, con los números 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131 y 132, en los términos previstos en el anexo I

Artículo 2 Modificación de ficheros
  1. Se modifican los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Justicia, con los números siguientes: 17, 23, 24, 35, 37, 65, 66, 71, 84, 91, 101, 102, 106, 109, 112, 118, en los términos previstos en el anexo II

  2. Se modifica la numeración y el contenido de los ficheros números 118 (denominado «Registro Electrónico») y 119 (denominado «Base de Datos Solicitantes de Apostillas») creados por la Orden JUS/1207/2011, de 4 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de apostillas en soporte papel y electrónico, cuyos números serán respectivamente el 122 y el 123, tal como se recogen en el anexo II.

Artículo 3 Supresión de ficheros

En el anexo III se relacionan los ficheros que quedan suprimidos, especificando el destino de los datos contenidos en ellos.

Disposición final única Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2013.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

ANEXO I Ficheros automatizados con datos de carácter personal del Ministerio de Justicia que se crean

Fichero 124

Nombre del fichero: Sistema BOLCODE

  1. Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

    1. Identificación del fichero:

      Sistema BOLCODE.

    2. Finalidad y usos previstos: Permitir a los Secretarios Judiciales acceder a los servicios proporcionados por el portal BOLCODE, gestionado por la Subdirección General de Programación de la Modernización, del Ministerio de Justicia.

  2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

    1. Colectivo: Secretarios Judiciales que desean participar en los programas de cooperación al desarrollo ofrecidos dentro del Grupo de Secretarios Judiciales Expertos en Cooperación al Desarrollo.

    2. Procedencia: Datos suministrados por las propias personas titulares de los datos personales, a través del portal BOLCODE.

  3. Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

    1. Estructura:

      Sistema de información y tratamiento de datos automatizado.

      Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI, dirección, correo electrónico.

      Datos personales: Materias de especialidad, publicaciones realizadas, experiencia docente, conocimiento de idiomas, congresos a los que ha asistido, cursos recibidos, disponibilidad geográfica, disponibilidad para estancias de larga duración, solicitudes de participación en asistencias de cooperación internacional.

    2. Sistema de tratamiento: Sistema de información y tratamiento de los datos automatizado.

  4. Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Se prevé la transmisión de datos a los organismos convocantes de los programas de cooperación al desarrollo.

  5. Transferencias internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: Se prevé la transmisión de datos a los organismos convocantes de los programas de cooperación al desarrollo.

  6. Órgano administrativo responsable: Ministerio de Justicia. Secretaría General de la Administración de Justicia.

  7. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ministerio de Justicia. Secretaría General de la Administración de Justicia. Calle San Bernardo, 21, 28015 Madrid (España).

  8. Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible, de acuerdo con lo establecido en el título VIII RLOPD: Nivel básico.

    Fichero 125

    Nombre del fichero: Procesos selectivos de acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

    1. Finalidad y usos previstos: Gestión de las oposiciones y procesos selectivos de acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

  9. Personas y colectivos afectados: Aspirantes a las oposiciones que se convoquen para acceso a los Cuerpos citados que hayan presentado la correspondiente solicitud.

  10. Procedimiento de recogida de datos: Formulario presentado por los interesados.

  11. Estructura básica del fichero:

    Sistema de Información y tratamiento de los datos automatizado.

    Datos Identificativos: Nombre, apellidos, número de DNI; fecha de nacimiento; dirección postal completa y teléfono.

    Datos Académicos y Profesionales: Cuerpo de funcionarios al que pretende acceder; ámbito territorial por el que accede; sede de examen.

    Para el caso de aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%: si desea acogerse o no al turno especial de reserva para este colectivo; si precisa o no alguna adaptación para la realización del examen

    Para ámbitos territoriales con lengua oficial propia distinta del castellano, SI o No desean acreditar documentalmente el conocimiento de ésta; Si o No desean presentarse a examen para acreditar estos conocimientos.

    Titulación académica que posean de entre las exigidas en las respectivas órdenes de convocatoria.

  12. Cesión de datos que se prevé: Únicamente a las Comunidades autónomas que hayan recibido los traspasos de competencias en materia de personal de la Administración de Justicia. No se producirán transferencias internacionales de los datos contenidos en el fichero en ningún caso.

  13. Órgano administrativo responsable: Subdirección de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia. Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia.

  14. Órgano ante el que puede ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

  15. Medidas de seguridad: Nivel medio.

    Fichero 126

    Nombre del fichero: Formación

  16. Finalidad y usos previstos: Finalidad: Gestión de los cursos y jornadas integrados en los planes de formación para el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia del ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia. Gestión de las solicitudes relativas a inscripciones, licencias de estudios y comisiones de servicio para asistir a actividades formativas programadas por otras instituciones.

    Usos: Formación.

  17. Personas y colectivos afectados: Funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia regulados en el libro VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia. Personal laboral de la Administración del Justicia del ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia.

  18. Procedimiento de recogida de datos: A través de documentos oficiales y de la información facilitada por el propio interesado.

  19. Estructura básica del fichero: Fichero de estructura de base de datos de carácter convencional.

    Sistema de tratamiento de los datos automatizado y no automatizado.

    Tipos de datos:

    De carácter identificativos: Nombre, apellidos, DNI/ NIF, dirección postal y electrónica, teléfono y fax.

    De carácter profesional: Cuerpo, órgano de destino y antigüedad.

    De asistencia a actividades formativas: Número de cursos realizados en los dos últimos años a cargo de los Planes de Formación de la DGRAJ.

  20. Cesión de datos que se prevé: Ninguna.

  21. Órgano...

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