Orden JUS/509/2022, de 1 de junio, por la que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Justicia.

MarginalBOE-A-2022-9342
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El 21 de julio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de recuperación temporal para hacer frente a la crisis económica motivada por la pandemia, conocido como Next Generation EU. El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) constituye el núcleo del Fondo de Recuperación Next Generation. En el marco del referido MRR, el pasado 13 de julio de 2021, las instituciones europeas, a través del Consejo ECOFIN, aprobaron el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España (PRTR), que articula una agenda de más de 200 proyectos de inversión y reformas estructurales para lograr cuatro objetivos transversales: avanzar hacia una España más verde, más digital, más cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más igualitaria.

El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 12 de febrero de 2021, aplicable a los Estados Miembros como beneficiarios de los fondos del MRR, señala que «Al ejecutar el Mecanismo, los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, los Estados miembros establecerán un sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados erróneamente o utilizados de modo incorrecto (…)».

Para la correcta ejecución de los fondos procedentes del MRR, se aprobó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), así como la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden HFP/1030/2021 exige que toda entidad decisora y ejecutora debe disponer de un Plan de Medidas Antifraude, con el fin de tomar las medidas necesarias de prevención, detección, corrección y persecución del fraude y la corrupción. Así, en cumplimiento de este requisito, el pasado 8 de febrero de 2022 se aprobó el Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos Next Generation UE del Ministerio de Justicia, modificado en fecha 20 de mayo de 2022.

Dicho Plan de Medidas de Antifraude prevé la creación de un Grupo de Trabajo en el ámbito del Departamento, denominado Comité Antifraude, que tendrá por objeto velar por la aplicación de las medidas antifraude con las que el Ministerio se ha comprometido en el citado Plan.

De acuerdo con el artículo 22.1.c de la Ley 40/2015 la creación de órganos colegiados de la Administración General del Estado y de sus Organismos públicos sólo requerirá de norma específica, con publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en los casos en que se les atribuyan, entre otras competencias, el seguimiento o control de las actuaciones de otros órganos de la Administración General del Estado.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Primero. Objeto.

  1.  Se crea el Grupo de Trabajo para la coordinación en materia de lucha contra el fraude en el Ministerio de Justicia, denominado Comité Antifraude, de conformidad con el apartado 2.2 del Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos Next Generation UE del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolución de 8 de febrero de 2022 y modificado en fecha 20 de mayo de 2022, todo ello al amparo de los artículos 22.3 y 61.d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 1.5 del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

  2.  Dicho Grupo queda adscrito a la Subsecretaría de Justicia, a través de su Gabinete Técnico, de conformidad con el artículo 20.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y con el artículo 9.4 del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo.

    Segundo. Ámbito de aplicación.

    La aplicación de la presente orden ministerial se extiende a regular la creación, organización y funcionamiento del Grupo de Trabajo para la coordinación en materia de lucha contra el fraude en el Ministerio de Justicia en relación con la gestión y el control de los Fondos Next Generation UE, denominado Comité Antifraude, así como la representación y participación del Grupo y de las personas que lo integran.

    Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente orden ministerial las actuaciones que correspondan al Plan de Medidas...

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