ORDEN IEM/1497/2023, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden IEM/578/2022, de 27 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO |
Rango de Ley | Orden |
El Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, determinó las consejerías en las que se organiza la Administración de la Comunidad, así como su denominación y competencias.
De conformidad con el apartado 3 del artículo 2 del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, la Consejería de Industria, Comercio y Empleo ejercerá las competencias que hasta ahora correspondían a la Consejería de Empleo e Industria.
El Decreto 8/2022, de 5 de mayo, establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo y la Orden IEM/578/2022, de 27 de mayo, ha desarrollado la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo.
A la vista de la experiencia adquirida desde la aprobación de la citada orden se hace necesario modificar puntualmente su capítulo III, relativo a la estructura orgánica de la Secretaría General, creando en este órgano directivo central, de forma acorde con la estructura existente en el resto de las consejerías, un Servicio de Contratación Administrativa y la correspondiente adecuación de funciones del resto de servicios de la Secretaría General.
Por otro lado, la llegada constante de un volumen importante de créditos de carácter finalista, bien de la Unión Europea o bien de los diferentes ministerios hacen necesaria la creación de un servicio en la Secretaría General que lleve a cabo, sin prejuicio de las competencias que ostenta la consejería competente en materia de seguimiento, evaluación, control y certificación de los fondos comunitarios, la programación, presupuestación, gestión y coordinación de las actuaciones financiables, total o parcialmente, con este tipo de créditos de carácter finalista, y que ya existe en otras consejerías.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 7 de diciembre de 2023
Miércoles, 3 de enero de 2024
DISPONGO Artículo único.- Modificación de la Orden IEM/578/2022, de 27 de mayo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo. 1.-...
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