ORDEN HAP/530/2020, de 23 de junio, por la que se da publicidad al Acuerdo de 17 de junio de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que se amortizan cuatro puestos de trabajo de la plantilla de personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés del Agua y se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de dicha Entidad.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Aprobado por el Gobierno de Aragón el día 17 de junio de 2020 el Acuerdo por el que se aprueba la amortización de cuatro puestos de trabajo de la plantilla del personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés del Agua y se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de dicha Entidad, se procede a su publicación como anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 23 de junio de 2020.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN

Acuerdo de 17 de junio de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que se amortizan cuatro puestos de trabajo de la plantilla de personal laboral propio de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés del Agua y se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Entidad de Derecho Público Instituto Aragonés del Agua

El Instituto Aragonés del Agua (IAA) es un Organismo Público de la Comunidad Autónoma de Aragón, creado mediante Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón.

En la actualidad, su configuración y régimen jurídico se contiene en la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, que en su Título III define su naturaleza jurídica como una entidad derecho público con personalidad jurídica propia, dependiente la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que se adscribe al departamento competente en materia de aguas, y que tiene por objeto el ejercicio de las potestades, funciones y servicios de competencia de la Administración hidráulica de Aragón.

El IAA, como Organismo Público tiene la plena consideración de Administración Pública pudiendo ejercer potestades administrativas tal y como indica el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante TRLACA), aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Conforme al artículo 81 TRLACA, cada entidad de Derecho público aprobará y publicará su relación de puestos de trabajo, catálogo o plantilla, en la que se determinarán los puestos de personal laboral propio y, en su caso, de personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otras Administraciones públicas. Con carácter previo a su aprobación o modificación, se requerirá informe de la Dirección General competente en materia de Función Pública en el que se valorará, además de su legalidad, su oportunidad atendiendo a criterios de racionalidad de la estructura organizativa, de eficiencia en la distribución de recursos, de homogeneización de los puestos de trabajo y de estabilidad de la ordenación del personal del sector púbico aragonés. La solicitud de informe irá acompañada de una valoración de todos sus aspectos económicos.

Y continúa el mismo artículo 81.2 señalando que, en todo caso, se reservarán a funcionarios públicos los puestos que supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas...

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