ORDEN FYM/406/2020, de 18 de mayo, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual de la ordenación detallada del sector industrial «Matadero», de las Normas Urbanísticas Municipales de Vitigudino (Salamanca).

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El Ayuntamiento de Vitigudino presentó la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de la modificación puntual de la ordenación detallada del sector industrial «Matadero», de las Normas Urbanísticas Municipales de Vitigudino (Salamanca), promovida por la empresa CUPERAL, S.A., al encontrarse encuadrada en el citado 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción de la modificación puntual.

    El municipio se rige por la Revisión-Adaptación a la Ley de Urbanismo de Castilla y León de las Normas Subsidiarias de Vitigudino (Salamanca), aprobadas por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca de 20 de diciembre de 2002, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 82, de 2 de mayo de 2003.

    Miércoles, 27 de mayo de 2020

    El sector Matadero se regula por el Estudio de detalle del sector industrial Matadero, paraje La Quinta, de las Normas Urbanísticas Municipales de Vitigudino (Salamanca), aprobado definitivamente por Acuerdo de 22 de junio de 2016 del Pleno del Ayuntamiento de Vitigudino (Salamanca), y publicado en el B.O.C. y L. n.º 132, de fecha 11 de julio de 2016.

    El sector industrial «Matadero» se ubica en un ámbito de 11,359 ha, al sur del término municipal de Vitigudino, a más de un kilómetro de distancia del núcleo urbano.

    El objeto de esta modificación puntual es adaptar a la legislación ambiental vigente, los usos admitidos y prohibidos con el uso industrial característico del sector «Matadero», incluyendo, como usos admitidos, el que corresponde a la ampliación de la producción actual de la nueva planta de fabricación de piensos que se va a implantar en el sector, el almacenamiento de combustible para autoconsumo y el hotelero, como complementarios dentro de aquel, y otras modificaciones de las normas de edificación en las ordenanzas que son convenientes introducir para atender la necesidad detectada por el Ayuntamiento de Vitigudino, de simplificar y flexibilizar los usos y edificaciones dentro del sector, que permita un aumento de la actividad económica y un crecimiento del número de puestos de trabajo.

    Para ello se modifica, de forma puntual, el contenido de los Capítulos I, II, III y IV del Título III: Normas de edificación industrial y el capítulo I del Título IV: Normas de edificación de las reservas, de la normativa del estudio de detalle del sector industrial «Matadero» de Vitigudino...

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