ORDEN AGR/509/2020, de 16 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas en el año 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas de Castilla y León, con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y se convocan las ayudas.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

El sector de producción de las especies de ovina y caprino tiene la consideración de sector estratégico para nuestro país y especialmente para Castilla y León desde todos los ámbitos. En este tipo de explotaciones concurren una serie de características que no solo tienen que ver con el manejo, sino también con las tradiciones culturales y pastoriles de Castilla y León, jugando un importante papel destacado tanto económico como social y medioambiental y se caracteriza por una serie de particularidades que la diferencian de otros sectores ganaderos.

Especialmente en Castilla y León, estas explotaciones dedican una parte importante de su producción a productos muy estacionales, ligados a un consumo mayoritario durante las fiestas de Pascua y otras celebraciones, que son singulares y tradicionales, en concreto el lechazo y el cabrito. Estos productos se comercializan casi en su totalidad a través del canal de la restauración y la hostelería, cerrados por la actual crisis sanitaria del COVID-19 y la declaración del estado de alarma en España, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Esta disposición, establece el cierre de establecimientos de hostelería y restauración, al mismo tiempo que prohíbe concentraciones de personas y, en consecuencia, las celebraciones. Al cerrase este canal de comercialización se ha eliminado la salida natural de estos productos. Por ello y a consecuencia de las medidas establecidas a consecuencia de la declaración del estado de alarma, la demanda de estos animales se ha desplomado.

Además esta situación extraordinaria coincide, en el tiempo, con la paridera de primavera, principal pico productivo en el que las granjas se encuentran en plena producción de lechazos y cabritos, produciéndose un descenso en el número de sacrificios de corderos y cabritos que no es habitual en esta época del año.

Lunes, 22 de junio de 2020

Por esta situación se ha aprobado el Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo, que establece las bases reguladoras para la concesión de las ayudas estatales destinadas exclusivamente en 2020, a las granjas ovinas y caprinas con dificultades en la comercialización de corderos y cabritos como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas. En este Real Decreto se establece la regulación básica de este régimen de ayuda, atribuyendo a las Comunidades Autónomas la competencia para establecer criterios objetivos en el otorgamiento de las ayudas, y la posibilidad de completar los fondos aportados por la Administración General del Estado para estas ayudas, con los límites establecidos individualmente por explotación en este Real Decreto.

En particular, todas las referencias contenidas a la necesidad de articular un procedimiento de concesión de la ayuda sencillo en su gestión y pago, se ha optado por establecer un pago a tanto alzado por oveja o cabra afectada por la situación sobrevenida por la declaración del estado de alarma, y por ello la ayuda se articula como pago complementario a las ayudas asociadas al sector ovino y caprino previstas en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, para mejorar las condiciones de producción de las mismas.

Asimismo, el Real Decreto 508/2020 establece que con el objetivo de evitar cargas administrativas adicionales a los ganaderos, y facilitar una rápida gestión de la ayuda, se utilizará la información contenida en las solicitudes de ayuda de la Política Agrícola Común, y la obrante en poder de las comunidades autónomas. Dada la urgencia de adoptar medidas que afronten la situación descrita y el principio de simplificación administrativa y reducción de cargas, las ayudas se conceden a todos los ganaderos que, cumpliendo los requisitos del Real Decreto 508/2020, presenten la solicitud única en el año 2020, prevista en el marco del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

Las ayudas previstas en el Real Decreto 508/2020, complementadas con los fondos de la Comunidad Autónoma se otorgarán al amparo del Reglamento (UE) n. º 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.

Ante la situación descrita, y ante la necesidad urgente de aplicar este régimen de ayuda a las explotaciones de ovino y caprino como consecuencia de las medidas adoptadas por la situación de la declaración del estado de alarma derivadas del COVID-19, procede establecer las bases reguladoras de ayuda a las explotaciones ganaderas de ovino y caprino de Castilla y León y convocarlas.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector,

DISPONGO:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 20
Artículo 1 Objeto y finalidad de la subvención.
  1. La presente orden tiene por objeto completar las bases reguladoras aprobadas por Real Decreto 508/2020, de 5 de mayo de subvenciones estatales y autonómicas, destinadas, exclusivamente en el año 2020, a las explotaciones de ovinas y caprino de Castilla y León, que han tenido dificultades en la comercialización de corderos y cabritos en los meses de marzo y abril de este año, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y convocar dichas ayudas.

  2. Las ayudas se articulan como un complemento del pago por oveja y cabra establecido en la Subsección 5.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de ovino», Subsección 6.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de caprino» y Subsección 9.ª «Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico», incluidas en la Sección II «ayudas a los ganaderos» del Capítulo VI «ayudas asociadas», previstas en la Orden de 28 de enero de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2020, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y a la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de Castilla y León para la campaña agrícola 2020/2021.

  3. Las ayudas se concederán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta orden, los titulares de explotaciones ganaderas, personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que presenten o hayan presentado en 2020 en Castilla y León, la solicitud única 2020 prevista en la Orden de 28 de enero de 2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y a la ganadería en el año 2020, a otros regímenes de ayudas por superficie, a determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y a la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de Castilla y León para la campaña agrícola 2020/2021, y en concreto hayan solicitado alguna de las ayudas previstas en el Capítulo VI «ayudas asociadas», Sección II «ayudas a los ganaderos», incluidas en estas Subsecciones:

    * Subsección 5.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de ovino»,

    * Subsección 6.ª «Ayuda asociada para las explotaciones de caprino», y

    * Subsección 9.ª «Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico».

  2. Solamente se consideraran las explotaciones, que dispongan de un censo de hembras reproductoras que estén correctamente identificadas y registradas a fecha 1 de enero de 2020 conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 21/2004, del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina, que a...

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