ORDEN FORAL 465/2016, de 30 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local por la que se deroga la Orden Foral 186/2011 de 11 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se regula la financiación de las inversiones de distribución interior, mediante redes a presión, en los terrenos comunales o asimilados, en las zonas de actuación en infraestructuras agrícolas con transformación o modernización de regadío.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Por Orden Foral 186/2011, de 11 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se regula la financiación de las inversiones de distribución interior, mediante redes a presión, en los terrenos comunales o asimilados, en las zonas de actuación en infraestructuras agrícolas con transformación o modernización de regadío.
La Orden Foral 187/2015, de 15 de mayo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, modifica la Orden Foral 186/2011, de 11 de mayo, y reduce del 25% al 5% la subvención sobre el coste total de la inversión llevada a cabo en la instalación en parcela cuando se cumplan las condiciones siguientes:
a) Cuando al menos, el 60% de la superficie comunal o asimilada, transformada, esté adjudicada a explotaciones agrarias catalogadas como prioritarias en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra. Asimismo,
b) Que al menos, el 75% de los adjudicatarios de los lotes comunales o asimilados, objeto de la solicitud de subvención, haya asistido a cursos homologados de formación en materia de programación de riegos y fertirrigación. El plazo para la realización de los cursos finalizará transcurrido un año a partir de la fecha de entrega de las obras de interés general en parcela comunal correspondientes a cada proyecto.
c) Que, al menos, el 75% de los adjudicatarios de los lotes comunales o asimilados, objeto de la solicitud de subvención, justifique pautas de consumo de agua acorde con los establecidos por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, bien en la primera campaña de riego completa tras la entrega de las obras por la Administración a la Entidad Local o asimilada de las obras de interés general en parcela comunal correspondientes a cada proyecto, o bien durante el año natural siguiente (de enero a diciembre) al año en el que se ha efectuado la citada entrega.
Por otro lado, el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, aprobado por Decisión (C) 8143-2015 de 18 de noviembre de 2015, de la Comisión Europea, incluye la medida 4, “Inversiones en activos físicos,” y específicamente, la operación 4.3.6, “Inversiones en infraestructuras para el equipamiento de riego en parcelas comunales”. Por tanto...
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