Orden APA/407/2021, de 25 de abril, por la que se amplían, para el año 2021, los plazos de presentación de la solicitud única y de la modificación de la solicitud única, establecidos respectivamente en los artículos 95 y 96 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Abril de 2021
MarginalBOE-A-2021-6852
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Los artículos 95 y 96 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, establecen respectivamente que la solicitud única deberá presentarse, en el año 2021, en el período comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril, y las modificaciones a dicha solicitud única antes del 31 de mayo.

En esta campaña 2021, al igual que sucedió en la campaña 2020, la gestión de la crisis sanitaria nos sitúa de nuevo en un contexto de excepcionalidad creado por la publicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2; y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

Las medidas de contención establecidas para frenar el avance de la pandemia del virus COVID-19 se traducen en restricciones al movimiento de las personas en la mayor parte del territorio nacional, establecidas por las administraciones competentes en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 del citado Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, cuya vigencia puede extenderse hasta las 00:00 horas del 9 de mayo de 2021. Estas limitaciones al movimiento de personas están teniendo un impacto notable en el proceso de presentación de la solicitud única, cuyo plazo en 2021 finaliza el 30 de abril.

Por este motivo, se hace necesario ampliar el periodo para la presentación de la solicitud única, y el periodo para la presentación de las modificaciones a la solicitud única.

El objetivo de esta medida es facilitar lo máximo posible, a agricultores y ganaderos, la presentación de su solicitud de la Política Agrícola Común del año 2021, ante la excepcionalidad de las medidas decretadas para la gestión de la situación de crisis sanitaria...

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