ORDEN 9/2018, de 14 de septiembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la creación de los Premios proyecto fin de grado en accesibilidad al medio físico Concha Aldomar [2018/8850]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas |
Rango de Ley | Orden |
ÍNDICE
Primera. Normativa de aplicación
Segunda. Habilitación
Tercera. Entrada en vigor
El Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, creando la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. El artículo 9 del Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, establece que la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ejerce las competencias en materia de políticas de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con discapacidad, familia, mayores, menores, adopciones, juventud, mujer, igualdad, inmigración y voluntariado social.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación, corresponde a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas impulsar, entre otras actuaciones que potencien la accesibilidad, las relacionadas con la formación e investigación, dirigidas a estudiantes y profesionales de las carreras técnicas relacionadas con la accesibilidad, con la finalidad de conseguir que el parámetro de la accesibilidad se integre de manera sistemática en los proyectos y mejorar las condiciones de accesibilidad y la incorporación de nuevas tecnologías.
En el marco de estas actuaciones, se contempla la creación de los Premios proyecto fin de grado en accesibilidad al medio físico, con los que se pretende incentivar a la comunidad universitaria en la creación de ideas y soluciones en esta materia. Los premios se dirigen a futuros profesionales, incentivando la realización de estudios de accesibilidad que se materialicen en proyectos reales que mejoren la calidad de vida de la ciudadanía. Al ser la accesibilidad al medio físico un objetivo a conseguir a largo plazo, es muy importante la concienciación de estos profesionales para que diseñen ciudades y entornos, teniendo en cuenta el parámetro de la accesibilidad en sus proyectos, libres de barreras arquitectónicas.
A propuesta de la Unidad de Igualdad de esta Conselleria, reflejada en el Informe de Impacto de género emitido, estos premios recibirán el nombre de Concha Aldomar, primera jefa de servicio responsable del servicio de barreras arquitectónicas, que dedicó su vida profesional a sensibilizar sobre la necesidad de hacer accesible el medio físico de las poblaciones de nuestra comunidad y que hace más de 25 años impulsó las campañas «Para evitar tropiezos», los primeros cursos de sensibilización a futuros urbanistas y arquitectos, así como los premios de fin de carrera para crear espacios y entornos accesibles, las convocatorias de apoyo adscritas en ayuntamientos para el mismo fin.
Los premios a conceder en la correspondiente convocatoria no están sujetos a la política de la competencia de la Unión Europea en materia de ayudas públicas y, por tanto, no precisan notificación a la Comisión Europea, por no reunir los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que en razón de la cualidad de las personas beneficiarias, graduadas o licenciadas universitarias y del objeto de los premios, estas acciones subvencionables no afectan a la competencia, ni a los intercambios comerciales entre los estados miembros, y tampoco favorecen a determinadas empresas o producciones.
Por tanto, con la percepción de los citados premios no existe ventaja económica alguna, ni desarrollo de actividad económica en el mercado relacionada con la oferta de bienes y servicios, que permitan la posibilidad de falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre estados miembros, a los efectos señalados en el Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de dicha ley y de conformidad con la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
En virtud de las facultades conferidas por la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 14/2018, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, habiéndose recabado y emitido los informes preceptivos exigidos por la normativa aplicable,
ORDENO
La presente orden tiene por objeto la creación de los Premios proyecto fin de grado en accesibilidad al medio físico Concha Aldomar del alumnado universitario y establecer las bases reguladoras para su concesión.
La dotación económica de los premios se establecerá en cada convocatoria, atendiendo a las diferentes secciones a las que se refiere el artículo 4 de la presente orden.
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Podrá participar el alumnado de las universidades de la Comunitat Valenciana que presenten proyecto o trabajo de fin de grado, que haya sido aprobado por la universidad correspondiente, en el periodo que se establezca en la convocatoria, como requisito necesario para obtener la titulación correspondiente y cuyo contenido aborde el tema de la accesibilidad al medio físico, y signifique una mejora en la calidad de vida de la ciudadanía. Dicho requisito se acreditará mediante la presentación del certificado emitido a tal efecto por la universidad correspondiente.
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Sin perjuicio de lo...
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