ORDEN 8/2017, de 20 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación laboral para personas desempleadas de larga duración inscritas en el SERVEF. [2017/3547]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Entidades beneficiarias
Artículo 3 Destinatarios finales
Artículo 4 Obligaciones de las entidades beneficiarias
Artículo 5 Objetivos de los itinerarios
Artículo 6 Lugar de realización de los itinerarios
Artículo 7 Desarrollo
Artículo 8 Plazo de ejecución
Artículo 9 Conceptos subvencionables
Artículo 10 Cálculo de la subvención
Artículo 11 Financiación
Artículo 12 Anticipos
Artículo 13 Presentación de solicitudes y documentación a aportar
Artículo 14 Instrucción del procedimiento
Artículo 15 Comisión de valoración
Artículo 16 Valoración de las solicitudes
Artículo 17 Resolución del procedimiento y recursos
Artículo 18 Resolución de incidencias
Artículo 19 Subcontratación
Artículo 20 Contratación del personal para la realización de los itinerarios
Artículo 21 Inicio de los itinerarios
Artículo 22 Seguimiento de los itinerarios
Artículo 23 Valoración de los servicios recibidos
Artículo 24 Finalización de los itinerarios
Artículo 25 Costes subvencionables para las entidades beneficiarias
Artículo 26 Cuenta justificativa
Artículo 27 Rendimientos financieros
Artículo 28 Compatibilidad con otras subvenciones
Artículo 29 Causas específicas de minoración y reintegro
Artículo 30 Medidas de control
Artículo 31 Procedimiento sancionador
Artículo 32 Competencia municipal
Disposiciones finales

Primera. Normativa de aplicación

Segunda. Facultades de ejecución y desarrollo

Tercera. Entrada en vigor

PREÁMBULO

El artículo 149.1.7 de la Constitución atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, correspondiendo a la Generalitat la ejecución de la legislación del Estado en dicha materia, de acuerdo con el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.

El artículo 49.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, establece que la Generalitat tiene competencia exclusiva en materia de gestión de las funciones del servicio público de empleo estatal en el ámbito de trabajo, ocupación y formación, siendo el SERVEF, tal y como establece el artículo 2 de Ley 3/2000, de 17 de abril, por la que se crea el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, quien tiene a su cargo el impulso y ejecución de la política de la Generalitat en materia de intermediación en el mercado de trabajo y de orientación laboral.

Igualmente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 del Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de empleo, los servicios y programas de orientación laboral forman parte de las políticas activas de empleo y son,

por tanto, un elemento imprescindible para mejorar las posibilidades de acceso al mismo de las personas desempleadas. Dichos servicios y programas pueden ser gestionados, entre otras posibilidades, mediante la concesión de subvenciones públicas, de acuerdo con el apartado 3 del citado artículo 36.

Asimismo, el artículo 38 de la citada ley, en relación con el desarrollo de las políticas activas de empleo, indica que los servicios y programas de dichas políticas se diseñarán y desarrollarán por las Comunidades Autónomas y por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito de sus competencias.

El artículo 2.d de la citada Ley de empleo establece como uno de los objetivos generales, la realización de políticas de empleo adecuadas de integración laboral dirigida a aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de integración laboral citando, entre otros, a las personas desempleadas de larga duración, que, según la información que obra en las bases de datos del SERVEF a 30 de marzo de 2017, suponen un 42 % del total de personas desempleadas inscritas en el SERVEF.

Estos datos avalan que el Servicio Público de Empleo de la Comunitat Valenciana desarrolle actuaciones concretas (en este caso, el otorgamiento de subvenciones), en el marco de sus políticas activas de empleo, para intentar paliar y, en su caso, reducir tales cifras de desempleo de larga duración.

La presente orden, que tiene como marco de referencia la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y sus normas de desarrollo, tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones encaminadas a atender las necesidades de orientación laboral de las personas desempleadas de larga duración inscritas en los centros SERVEF de Empleo de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de favorecer su empleabilidad. Todo ello se realiza en consonancia con las funciones atribuidas por la normativa vigente en materia de empleo e, indirectamente, con los principios de actuación y objetivos globales de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, aprobada por Real decreto 751/2014, de 5 de septiembre. Para ello se han establecido unos itinerarios de inserción laboral constituidos por una serie de acciones de información, activación, orientación y acompañamiento, que persiguen proporcionar a las personas desempleadas las herramientas necesarias para realizar una óptima búsqueda activa de empleo de forma autónoma y dinamizar el autoempleo, abordando los distintos aspectos que deben ser puestos en práctica por las personas que buscan obtener un empleo.

Igualmente, la presente orden es consecuencia del Programa de acción conjunto para la mejora de la atención a las personas paradas de larga duración, aprobado por la LXII Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de 18 de abril de 2016 y se encuentra incluida en la Orden ESS/1857/2016, de 5 de diciembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2016, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellas destinadas a la ejecución del Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las Personas Paradas de Larga Duración.

En la tramitación de la presente orden se han observado todos los trámites exigidos por la normativa vigente, contándose con los informes preceptivos y habiéndose consultado el contenido del texto con los principales agentes sociales y entidades representativas.

La presente orden no precisa notificación a la Comisión Europea ya que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.4, en relación con el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, la Orden no reúne los requisitos establecidos en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La exención de tal notificación es debida a que las ayudas no afectan a intercambios comerciales entre los Estados miembros, ni falsean o amenazan con falsear la competencia para favorecer a determinadas empresas o producciones.

La presente orden, se encuentra incluida en el Plan Normativo de la Administración de la Generalitat de 2017, aprobado por acuerdo del Consell de 17 de febrero de 2017.

En virtud de todo ello, en uso de las competencias establecidas en el artículo 49.1.3.ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana,

y de las atribuciones conferidas por el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en relación con el artículo 4 del Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, y el artículo 160.2.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.

ORDENO

Artículo 1 Objeto

La presente orden establece las bases reguladoras de las subvenciones que se convoquen para financiar la realización, en la Comunitat Valenciana, de itinerarios personalizados de inserción laboral, dirigidos a personas desempleadas de larga duración inscritas en los centros SERVEF de Empleo de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de favorecer su empleabilidad, mediante acciones de información, orientación laboral y acompañamiento u otros procedimientos, proporcionándoles las herramientas necesarias para la realización de una búsqueda activa de empleo...

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