ORDEN 53/2022, de 7 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden 9/2021, de 7 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de desarrollo del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. [2022/8084]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat (DOGV 8572, 17 de junio), determina el número y la denominación de las Consellerias y sus atribuciones, entre las cuales se encuentra la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte a la que atribuye las competencias en materia de educación, formación profesional reglada, cultura y promoción cultural, política lingüística y deporte.

El Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, dispone como órganos superiores de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte: la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional y la Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.

Mediante el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias.

Por Decreto 173/2020, de 30 de octubre, del Consell, se aprobó el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

La Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, establece en el artículo 65 que los consellers desarrollarán orgánicamente su propia Conselleria en los términos de su reglamento orgánico y demás normas reglamentarias que apruebe el Consell, previo informe de las Consellerias competentes en materia de hacienda y de función pública, norma legal coincidente con las facultades que la disposición final primera del Decreto 173/2020, de 30 de octubre, del Consell, otorga a la persona titular de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte para dictar, dentro del ámbito de sus competencias, las disposiciones que requiera el desarrollo del nivel administrativo que depende directamente de los órganos superiores y directivos de la Conselleria.

Mediante la Orden 9/2021, de 7 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de desarrollo del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se desarrolla la estructura orgánica y funcional de la Conselleria contenida en el Reglamento orgánico y funcional, que determina el número, la dependencia y la denominación de las unidades administrativas con rango de subdirección general y servicio, y asigna las funciones a ejercer.

Razones organizativas puestas de manifiesto en el desarrollo de la mencionada orden hacen necesaria la mejora y ampliación de la estructura orgánica de la Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte con el objetivo de poder llevar a cabo y desarrollar todas las competencias que tiene atribuidas, y muy en concreto en el desarrollo del plan estratégico de cultura para la recuperación. Así mismo, el gran número de efectivos correspondientes al personal docente que gestiona la Dirección Territorial de València y que provocan la tramitación de un gran volumen de incidencias en nómina y en los sistemas de protección de Seguridad Social, hacen necesario la creación del Servicio de Gestión Económica del Personal Docente en esta dirección territorial.

En su virtud, en uso de las facultades que me atribuyen los artículos

28.f y 65 de la mencionada Ley 5/1983, y previo informe de las Consellerias competentes en materia de hacienda y administración pública,

ORDENO

Artículo único

La modificación de los artículos 10, 20, 21, 28 y 36 de la Orden 9/2021, de 7 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, de desarrollo del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que quedan redactados en la forma reseñada en el anexo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única. Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo

Las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo configurados de acuerdo con la anterior estructura continuarán subsistentes, retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios con que lo eran hasta el momento, y prestando apoyo administrativo en relación con aquellos asuntos y expedientes que les correspondan en las materias que venían gestionando con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, sin perjuicio de la competencia para resolver de los órganos a los que les han sido atribuidas.

Todo ello se mantendrá hasta que se lleven a cabo las modificaciones presupuestarias derivadas de esta orden, así como las actuaciones que procedan sobre los mencionados puestos de trabajo, en el marco de la vigente normativa en materia de función pública para la adecuación de la nueva estructura orgánica, y sin perjuicio de que, posteriormente, sean aprobadas las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a esta. Así mismo, desde el momento de la entrada en vigor de esta orden, y sin perjuicio de todo ello, se podrán producir los cambios de adscripción de unidades administrativas que procedan, de conformidad con la reorganización efectuada.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 10 a 36

Única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 7 de septiembre de 2022

La consellera de Educación, Cultura y Deporte, RAQUEL TAMARIT IRANZO

ANEXO

Artículo 10 Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión de Personal Docente

1. A la Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión de Personal Docente le corresponderá asesorar y prestar apoyo y asistencia técnica a la persona titular de la Dirección General en materia de régimen jurídico y para la gestión de procesos de selección de personal docente y de gestión de personal laboral, así como dirigir, planificar, controlar, coordinar y supervisar la actividad de los servicios bajo su dependencia que se indican a continuación:

  1. Servicio de Selección y Gestión Administrativa de Personal Docente.

  2. Servicio de Régimen Jurídico de Personal Docente.

  3. Servicio de Gestión de Personal Docente Laboral y Personal Docente Especialista.

    2. Al Servicio de Selección y Gestión Administrativa de Personal Docente le corresponden las funciones siguientes:

  4. Elaborar y gestionar la oferta de empleo público docente.

  5. Gestionar, coordinar y desarrollar los procesos selectivos del personal docente.

  6. Prestar apoyo técnico y administrativo a los tribunales de selección y a las comisiones evaluadoras para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

  7. Informar sobre los recursos interpuestos en materia de selección contra los actos dictados por los tribunales y las comisiones de evaluación.

  8. Elaborar todas las propuestas de resolución y de actos administrativos que se requieran en los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. f) Gestionar y elaborar informes y propuestas de resolución en asuntos relativos a los derechos, a los deberes, al régimen de incompatibilidades y a las situaciones administrativas del personal docente.

  9. Gestionar las solicitudes de permisos, licencias o reducción de jornada del personal docente, con excepción del personal asesor técnico docente que preste servicios en puestos en cuya clasificación se espe-

    cifique como centro de trabajo los servicios centrales de la Conselleria con competencias en educación.

  10. Tramitar las solicitudes indemnizatorias del personal docente por razón del servicio.

  11. Tramitar la gestión económica correspondiente a la Dirección General.

  12. Coordinarse con los organismos competentes en riesgos...

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