ORDEN de 29 de septiembre de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueban, para el año 2021, las bases de la convocatoria de ayudas a la digitalización de la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

El Gobierno Vasco ha definido la Estrategia para la Transformación Digital de Euskadi 2025 en el contexto de la estrategia europea.

Estamos ante un contexto de transformación digital en todos los ámbitos de la sociedad, que afecta tanto a la economía como a la sociedad. Alineándose con objetivos de sostenibilidad, la Comisión Europea, a través de una propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo de Europa, ha establecido el programa Europa Digital 2021-2027. El objetivo general del programa es impulsar las inversiones de la UE, los Estados miembro y la industria para apoyar la transformación digital de la economía, la industria y la sociedad europea y mejorar, así, la competitividad reduciendo la brecha digital y reforzando la autonomía estratégica de la UE.

Tal y como refleja el nuevo Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 (PCTI Euskadi 2030), nuestra Comunidad Autónoma se enfrenta a una triple transformación tecnológico-digital, energético-climática y social y sanitaria. La revolución tecnológico-digital afectará al conjunto de los sectores de la economía. Estos sectores se encuentran en un proceso de transición entre los métodos de organización tradicionales y la organización basada en la digitalización. Para ello, están avanzando en la automatización y mejora de sus procesos, así como incorporando soluciones flexibles y tecnologías de robotización, de fabricación aditiva o de conectividad entre las máquinas y equipos, base para la aplicación de tecnologías de Inteligencia Artificial y Big Data.

La digitalización, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación son indicadores del desarrollo económico de los países, así como factores determinantes para su productividad, competitividad y crecimiento sostenible. Euskadi viene realizando en las últimas décadas un esfuerzo conjunto público-privado sobre las bases de la especialización inteligente y la promoción de la sociedad del conocimiento, con el objetivo prioritario de hacer de Euskadi un polo de innovación europeo.

Euskadi se encuentra en una posición avanzada en lo relativo a la digitalización de su economía y sociedad en el entorno de la Unión Europea según se desprende del Índice Europeo de Economía y Sociedad Digitales, DESI, utilizado por la CE para medir la evolución comparada de los países de la UE-28 y que sitúa a Euskadi en séptima posición en el año 2020. Este índice mide cinco dimensiones que se corresponden con la conectividad, el capital humano, el uso de servicios de Internet, la integración de las tecnologías digitales en las empresas y los servicios públicos digitales. Euskadi se sitúa en cuatro de las cinco dimensiones entre los ocho primeros países, salvo en la dimensión uso de servicios de internet.

Si bien en otros sectores este camino hacia la transformación digital está asumido y ya ha comenzado, según el reciente diagnóstico de industria 4.0 realizado por AZTI (centro tecnológico sectorial acreditado de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e innovación, especializado en investigación alimentaria y marina) a la industria alimentaria, se desprende que el sector alimentario se ve ralentizado debido a la casuística específica que presenta. La heterogeneidad y caducidad de los productos alimentarios hacen de su manipulación y trasformación una complejidad añadida.

Hay que tener en cuenta, además, que una característica común de las empresas de la cadena de valor alimentaria y de la madera es su tamaño, estando en gran medida constituida por pymes y micropymes. Por otro lado, también sabemos que nos encontramos ante un sector tradicional, en el que, por lo general, la incorporación de nueva tecnología y nuevos procesos suele darse a un ritmo más lento que en otros sectores más industrializados.

La cadena de valor de la alimentación supone el 10,6 % del PIB de Euskadi con más de 95.000 empleos correspondientes a un total de cerca de 31.000 empresas. La cadena de valor de la madera, por su parte, supone un 1,54 % del PIB y 18.000 empleos. La digitalización y el uso inteligente de las tecnologías digitales son determinantes para el éxito de la innovación, la competitividad y el crecimiento de las empresas ofreciendo oportunidades para fortalecer su posición en el mercado. La digitalización puede facilitar numerosas innovaciones en los procesos y por tanto permite a la pyme diferenciarse de sus competidores como en el caso de las empresas de fabricación y minoristas que pueden mejorar la eficiencia de la producción automatizando los procesos de fabricación y de la cadena de suministro.

Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas a la realización de gastos e inversiones en proyectos de digitalización e incorporación de tecnología 4.0 con fines de mejora de competitividad y optimización de recursos de la cadena alimentaria y de la madera de Euskadi.

Las ayudas convocadas mediante la presente Orden se encuentran recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente para los años 2021, 2022 y 2023 aprobado por «Orden de 17 de marzo de 2021 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente para los años 2021, 2022 y 2023», y publicado en la página web del Gobierno Vasco, «www.euskadi.eus», dentro del espacio dedicado al departamento, y en la sección «Planes y proyectos».

Estas ayudas se concederán con arreglo al Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, regulado mediante la Comunicación de la Comisión de 19 de marzo de 2020, C(2020)1863 (DO C 91I de 20.3.2020), modificada por Comunicaciones C(2020) 2215 de la Comisión (DO C 112I, 4.4.2020, p. 1), C(2020) 3156 (DO C 164 de 13.5.2020, p. 3), C(2020) 4509 (DO C 218 de 2.7.2020, p. 3), C(2020) 7127 (DO C 340I , 13.10.2020, p. 1) y C(2021) 564 (DO C 34 de 1.2.2021, p. 6), y el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinados a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.56851 (2020/N) de 2 de abril, así como sus modificaciones posteriores aprobadas por la misma en sus decisiones SA.57019 (2020/N), de 24 de abril de 2020, SA.59196 (2020/N) de 11 de diciembre de 2020, y SA.59723 (2020/N), de 19 de febrero de 2021.

La coyuntura actual generada por el COVID-19 debe ser tenida en cuenta como factor desencadenante del lanzamiento de diversas líneas de ayudas en este sector, con el objetivo de paliar los daños y perjuicios causados por las medidas restrictivas que han impedido a los beneficiarios desarrollar su actividad económica con normalidad.

Por ello, el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, ante los daños que está ocasionando la crisis sanitaria motivada por el COVID-19 a los diversos eslabones de la cadena de valor agroalimentaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi promueve estas ayudas que se enmarcan dentro de un conjunto de medidas extraordinarias destinadas a mitigar los efectos de esta pandemia.

En estos últimos meses se ha podido comprobar, y así lo han atestiguado diferentes agentes relevantes del sector, que el proceso de digitalización (inicial o avanzada) acometido por un determinado número de empresas, ha jugado un papel paliativo considerable y ha coadyudado a mitigar las pérdidas económicas así como a admitir la digitalización como una apuesta irrenunciable de futuro.

La incertidumbre en cuanto a la duración de la crisis, que, según cabe esperar, se prolongará seguramente más allá de finales de 2021, sigue causando daños y esta combinación de factores tiene un significativo impacto negativo en el crecimiento de este sector.

Este Marco Temporal resulta aplicable hasta el 31 de diciembre de 2021, y en su versión consolidada tras las cinco modificaciones que ha tenido para ir adaptándose al contexto de la pandemia, en el apartado 3.1 habilita la posibilidad de conceder subvenciones directas de importe limitado, concretamente con el límite de 1.800.000 euros por empresa.

Por otro lado, estas ayudas serán comunicadas a los servicios de la Comisión Europea de acuerdo a lo establecido en el apartado 4 del citado Marco Temporal.

Existiendo dotación presupuestaria suficiente según los créditos autorizados por la Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2021, y en función de lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria.

En aplicación de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, que en su artículo 26.4 dispone que, sin menoscabo de las competencias que les corresponden como miembros del Gobierno, los consejeros están investidos, entre otras atribuciones, de la atribución de dictar disposiciones administrativas generales y resoluciones en materias de su Departamento.

Artículo único – Convocatoria.

Aprobar, para el año 2021, las bases de la convocatoria de ayudas a la digitalización de la cadena alimentaria y de la madera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se recogen en el Anexo de la presente Orden.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo...

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