ORDEN 29/2017, de 6 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020. [2017/9941]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Artículo único Objeto y financiación
Disposición adicional

Primera. Cláusula de no incidencia presupuestaria

Disposición derogatoria

Única. Derogación normativa

Disposiciones finales

Primera. Habilitación normativa

Segunda. Entrada en vigor

Anexo. Bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020

Primera. Objeto

Segunda. Beneficiarios

Tercera. Gastos subvencionables y cuantía de las ayudas

Cuarta. Obligaciones de los beneficiarios

Quinta. Órganos competentes para la tramitación y resolución Sexta. Órganos competentes para la resolución

Séptima. Solicitud y documentación a presentar

Octava. Instrucción del procedimiento de concesión

Novena. Procedimiento de concesión

Décima. Modificación de la resolución, reintegro y sanciones Undécima. Justificación y pago de la ayuda

Duodécima. Controles y seguimiento

Decimotercera. Concurrencia y compatibilidad con otras subvenciones

Decimocuarta. Normativa de aplicación Decimoquinta. Información y publicidad Decimosexta. Régimen de infracciones y sanciones

PREÁMBULO

El I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020, presentado por la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, establece en su línea 5.º la mejora de la gobernanza y la transparencia del sector y políticas transversales. La consecución de dicho objetivo se instrumenta a través de varias medidas, entre las que se encuentra la reducción de las cuotas a los controles y la certificación de la producción ecológica valenciana, contribuyendo con el establecimiento de ayudas para la certificación.

La producción ecológica se encuentra regulada por el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) número 2092/91, del Consejo, de 24 de junio y, por el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.

Con la presente orden se aprueba un nuevo régimen de ayudas que pretende potenciar la producción, transformación y consumo de los productos agrícolas y ganaderos ecológicos, lo cual supone un instrumento a favor de la competitividad en el sector agrario, ofreciendo a los consumidores, a través del sistema de control y certificación, una garantía objetiva de la presencia de una serie de atributos de valor en el producto.

La presente orden, dotada con fondos propios de la Generalitat, aprueba un nuevo régimen de ayudas dirigido a los agricultores, ganaderos y empresas agrarias que operen de acuerdo con el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio.

En el presente régimen de ayudas, es de aplicación a las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas el Reglamento (UE) número 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola; y para el resto de operadores es de aplicación el Reglamento (UE) número 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Para la gestión de las ayudas que se regulan en el presente orden se designa como órgano de asistencia en la presente orden al Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV), según lo dispuesto en el capítulo V de la Orden 30/2010, de 3 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV), así como por las funciones atribuidas a la citada entidad, en su calidad de corporación de derecho público, v con competencias en materia de control, certificación, representación y defensa de los productos ecológicos según lo dispuesto en los artículos 15.1 y 18 de la citada Orden 30/2010.

La presente orden se adecua a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia según lo establecido en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo lo expuesto, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28.e de la Ley 5/1983, del Consell, de 30 de diciembre, el artículo 160.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones y vista la propuesta de la dirección general competente en materia de producción ecológica, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, en su redacción vigente, el artículo 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, el informe de carácter preceptivo emitido por la Abogacía General de la Generalitat, según lo dispuesto en el artículo 5.2, letras a y n, de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de asistencia jurídica a la Generalitat, y conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,

ORDENO

Artículo único Objeto y financiación
  1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020 contenidas en el anexo de la presente orden.

  2. Estas subvenciones están financiadas exclusivamente con fondos de la hacienda pública valenciana.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cláusula de no incidencia presupuestaria

La aprobación de las presentes bases no comporta, en sí misma, obligaciones económicas en los presupuestos de la Generalitat, sin perjuicio de las posibles convocatorias que puedan resolverse, con arreglo a la consignación presupuestaria que se establezca en el correspondiente ejercicio.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa

Se faculta a la persona titular de la dirección general con competencias en materia de producción ecológica, en el marco de sus respectivas competencias, para dictar cuantos actos y disposiciones específicas sean necesarios para la aplicación y ejecución de lo previsto en esta orden.

Segunda. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 6 de noviembre de 2017

La consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural,

ELENA CEBRIÁN CALVO

ANEXO

Bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana, en el marco del I Plan valenciano de producción ecológica 2016-2020

Primera. Objeto

El objeto de las subvenciones previstas en el presente anexo es regular el régimen de ayudas destinadas a fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (CE) 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, y en el Reglamento (CE) 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre.

Segunda. Beneficiarios

Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda establecida en la presente orden, las personas físicas o jurídicas inscritas en Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV).

Tercera. Gastos subvencionables y cuantía de las ayudas

  1. Serán gastos subvencionables las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación abonadas por los beneficiarios de la presente orden al CAECV en el ejercicio correspondiente a la convocatoria

  2. La intensidad de la ayuda podrá ser de hasta un máximo del 70 % de los gastos subvencionables.

  3. La cuantía de la ayuda a otorgar por beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.

  4. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. El importe acumulado de las ayudas de minimis concedidas por Estado miembro a empresas activas en la producción primaria de productos...

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