Orden de 24 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2021.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1307/2001 y (CE) núm. 1234/2007, el Reglamento Delegado (UE) 2016/1149, de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola y se modifica el Reglamento (CE) núm. 555/2008 de la Comisión, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola, regulan las disposiciones sobre los programas de apoyo que los Estados Miembros deben presentar a la Comisión.

Una vez aprobado por la Comisión Europea el Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola 2019-2023, se publicó el Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, que regulaba las medidas subvencionables recogidas en este marco quinquenal entre las que se encuentra la medida de reestructuración y reconversión de viñedos, planteándose cambios significativos con respecto al marco anterior destacando entre ellos el hecho de adquirir, por parte de la Administración, un compromiso de gasto con los agricultores, mediante la aceptación de la asignación económica en el momento de aprobación de sus solicitudes. A su vez se reduce el tiempo de ejecución de las inversiones a realizar pasando de poder ser quinquenales a deber de ser como máximo bienales, lo que permitirá una mejor planificación a las personas viticultoras así como una mejor planificación de gasto del presupuesto asignado a cada Comunidad Autónoma.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía la Orden de 22 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluida en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023 y su convocatoria para el ejercicio 2019, así como las bases reguladoras del procedimiento de ayuda destinada a la replantación de viñedos tras arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente, estableció las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de la ayuda destinada a la reestructuración y reconversión de los viñedos y la ayuda destinada a la replantación de viñedos tras arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente.

En función de la experiencia adquirida y respecto del contenido de las ayudas, sobre el régimen previsto en el Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, y a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación fue publicado el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español que derogó el anterior y en fechas posteriores se aprobó el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.

En ambas normas se han producido importantes cambios en relación a las medidas de reestructuración y reconversión de viñedos referente al ajuste o modificación de ciertas previsiones relativas al régimen de las personas beneficiarias, de las solicitudes de reestructuración y reconversión, procedimientos de selección, reasignación de fondos entre comunidades autónomas, plazos y procedimientos de pago a los beneficiarios, régimen de anticipos y modificación de las operaciones de los beneficiarios, bien para aclarar o precisar sus términos, bien para acoger las observaciones de la Comisión Europea o para eliminar erratas.

Por motivos de eficacia y seguridad jurídica se ha creído conveniente la redacción de esta nueva norma, que deroga la Orden de 22 de mayo de 2018, para desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía el régimen de reestructuración y reconversión del viñedo dentro del programa de apoyo al sector vitivinícola español 2019-2023, en aplicación del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, en las que también se ha tenido en cuenta para su redacción las recomendaciones realizadas por la Subdirección General de Legislación y Ordenación Normativa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la anterior Orden de ayudas.

En el tiempo de vigencia de la Orden de 22 de mayo de 2018, no han existido convocatorias de las ayudas destinadas a la replantación de viñedos tras arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente, ni se prevén su convocatoria en un plazo corto de tiempo, por lo que teniendo en cuenta el principio de eficiencia, se estima oportuno que estas ayudas se regulen por una normativa diferenciada, que contemple los modificaciones propuestas a nivel nacional por el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre.

Esta Comunidad Autónoma tiene asumidas las competencias en materia de agricultura en virtud del artículo 48 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11 y 13 de la Constitución Española.

Estas competencias se encuentran asignadas a esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en virtud del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y por el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, siendo la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera el órgano directivo competente en materia de ordenación de la producción vitícola.

Las competencias para la gestión y para la resolución en materia de ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo están delegadas en la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera mediante la Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 17 de marzo de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se delegan competencias en materia de ayudas de régimen de reestructuración y reconversión del viñedo financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

En la elaboración de esta norma se ha tenido en cuenta la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, entendiendo que corresponde a los poderes públicos potenciar la perspectiva de igualdad de género y teniendo el compromiso de continuar con este objetivo durante el periodo de aplicación de esta norma al ser conscientes de las...

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