ORDEN 23/2018, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa de formación para el empleo para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas. [2018/12281]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorServicio Valenciano de Empleo y Formacion
Rango de LeyOrden
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Tipología y duración de los programas de formación
Artículo 3 Entidades beneficiarias
Artículo 4 Obligaciones de la entidad beneficiaria
Artículo 5 Personas participantes
Artículo 6 Obligaciones del alumnado y causas de exclusión
Artículo 7 Determinación de la subvención
Artículo 8 Instrucción
Artículo 9 Criterios de valoración de solicitudes
Artículo 10 Propuesta de resolución y trámite de audiencia Artículo 11

Resolución de concesión y circunstancias modificativas Artículo 12. Subcontratación de los programas formativos Artículo 13. Normas sobre la impartición de los cursos.

Artículo 14 Control, seguimiento y supervisión.
Artículo 15 Evaluación de la eficacia e impacto de la formación.
Artículo 16 Evaluación de la calidad de la formación.
Artículo 17 Certificación de la formación.
Artículo 18 Elegibilidad del gasto, justificación y liquidación económica de las subvenciones.
Artículo 19 Anticipo de la subvención
Artículo 20 Liquidación y reintegro de las subvenciones
Artículo 21 Ayudas al alumnado participante en situación de desempleo
Artículo 22 Gestión
Artículo 23 Normativa de aplicación
Disposición adicional única Dispensa de la obligación de notificación
Disposiciones Finales
Disposición final primera Facultades de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación
Disposición final segunda Entrada en vigor
Anexo único a las bases reguladoras. Acciones de teleformación no certificable
PREÁMBULO

En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, se considera oportuno por parte de esta Administración actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, por lo que se procede, a continuación, a justificar la adecuación de la orden a los citados motivos:

En aplicación de los principios de necesidad y eficacia, las razones de interés general que justifican el dictado de esta orden, devienen de la aplicación del artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, en el que se establece, que la Estrategia Española de Activación para el Empleo se articulará en torno al eje Formación, entre otros, incluyendo las actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan a las personas beneficiarias adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral.

Teniendo en cuenta los cambios normativos que han determinado la publicación anterior de las Órdenes que modifican la Orden 8/2015, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se determina el programa de formación para el empleo para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas, se considera procedente publicar la presente Orden

que por un lado consolida las modificaciones aportadas por todas ellas, y por otro, atendiendo a la necesidad de proceder a la simplificación y racionalización de las previsiones reguladas en las mismas, pone a disposición de las personas y entidades interesadas un solo texto comprensivo de todos los cambios anteriores y actuales.

La formación para el empleo tiene, entre sus finalidades, proporcionar a las personas trabajadoras, tanto a las desempleadas como a las ocupadas, la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral, a fin de que obtengan los conocimientos y prácticas adecuados a los requerimientos que, en cada momento, necesiten las empresas, y que contribuya al desarrollo de una economía basada en el conocimiento, que permita optimizar la mejora de la capacitación, mejora de la empleabilidad profesional y promoción individual de trabajadores y trabajadoras.

Constituyen principios generales de la formación dirigida a personas trabajadoras ocupadas: el protagonismo de los agentes sociales en su desarrollo; la unidad de mercado de trabajo y la libertad de circulación de los trabajadores y trabajadoras en el desarrollo de las acciones formativas, tanto dentro del territorio español como en el ámbito de la Unión Europea; y la consideración de esta formación como instrumento esencial para garantizar la formación a lo largo de la vida.

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, establece que el aprendizaje permanente es un elemento esencial en la sociedad del conocimiento. Incluye esta ley dentro del ámbito de la formación profesional, entre otras enseñanzas, las orientadas a la formación de las personas trabajadoras ocupadas en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, y previamente el Real Decreto ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral ha acometido una reforma integral del sistema que garantiza el interés general y la necesaria estabilidad y coherencia que el sistema precisa. Los objetivos estratégicos se centran en favorecer la creación de empleo estable y de calidad; contribuir a la competitividad empresarial; garantizar el derecho a la formación laboral; y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de las personas trabajadoras.

La citada ley prevé de forma expresa el desarrollo reglamentario de determinados contenidos recogidos en la misma, además de su desarrollo con carácter general. A tal efecto se ha publicado el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral; no obstante, dicho desarrollo reglamentario no se agota en este real decreto, pues para determinados aspectos se considera más adecuada su regulación mediante las correspondientes órdenes ministeriales, a las que se remite para su desarrollo esta norma, y que resultarán de aplicación cuando se aprueben y entren en vigor.

Hasta tanto no se desarrolle el citado Real Decreto, respecto de aquellas materias que precisen de un desarrollo posterior, resultará de aplicación la normativa recogida en el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, y la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo que lo desarrolla.

El Plan Estratégico de subvenciones aprobado por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación 2017-2019, incluye entre sus objetivos estratégicos, mejorar la cualificación de las personas, tanto desempleadas como ocupadas, a través de una formación que les capacite para el ejercicio cualificado de las profesiones y el acceso al empleo, así como permitirles compatibilizar la formación con la práctica profesional en el puesto de trabajo, mediante la formación en alternancia con el empleo. Una formación que responda a las necesidades, tanto presentes, como futuras de las personas y del tejido productivo de la Comunitat Valenciana, incrementando la calidad formativa. Asimismo, entre sus objetivos operativos establece la necesidad de mejorar la cualificación profesional y la inserción profesional de las personas con especiales dificultades de inserción en el mundo laboral, a través de los programas públicos empleo y formación dirigidos a mejorar la cualificación profesional y

la inserción profesional de las personas con especiales dificultades de inserción en el mundo laboral.

El Real decreto 34/2008, de 18 de enero, regula los certificados de profesionalidad, y cada uno de los correspondientes anexos de los Reales Decretos que regulan los diversos Certificados de Profesionalidad, publicados en función de la familia profesional en la que se encuadran, establecen para la impartición de los mismos, los requisitos...

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