ORDEN 21/2018, de 16 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la elaboración de la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones y la redacción de planes especiales de protección y de planes directores para intervención en bienes de interés cultural de la Comunitat Valenciana. [2018/4920]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ÍNDICE

Preámbulo
Artículo 1 Objeto y finalidad
Artículo 2 Actuaciones subvencionables
Artículo 3 Beneficiarios
Artículo 4 Cofinanciación
Artículo 5 Procedimiento de concesión
Artículo 6 Solicitudes y documentación
Artículo 7 Ordenación e instrucción
Artículo 8 Comisión de Evaluación y Valoración
Artículo 9 Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención
Artículo 10 Resolución de la convocatoria
Artículo 11 Publicación y difusión
Artículo 12 Recursos
Artículo 13 Obligaciones de los beneficiarios
Artículo 14 Subcontratación de las actuaciones subvencionadas
Artículo 15 Justificación de la subvención
Artículo 16 Pago de la subvención
Artículo 17 Plan de control
Artículo 18 Modificación y reintegro
Artículo 19 Concurrencia con otras subvenciones Disposición adicional
Disposiciones finales
PREÁMBULO

La Constitución Española, en el artículo 46, establece que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran y, que corresponde a estos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural, según su artículo 9.2.

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, establece en el artículo 49.1.4.º la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de cultura. En cumplimiento de la Resolución 103/IX de la Comisión de Educación y Cultura de Les Corts en que se insta al Consell a iniciar elaboración de catálogos de protecciones y de redacción de planes especiales de protección y de planes directores que tengan como objetivo la protección, recuperación y rehabilitación de espacios con interés patrimonial y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el artículo 91 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del patrimonio cultural valenciano, y con la finalidad de impulsar la conservación, promoción y difusión del patrimonio cultural valenciano, se aprueban las bases de las subvenciones dirigidas a cofinanciar trabajos de elaboración de la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones y de redacción de planes especiales de protección y de planes directores que tengan como objetivo la protección, recuperación y rehabilitación de espacios con interés patrimonial, de acuerdo con la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Como consecuencia de lo anterior y con el objeto de dotar de la necesaria concurrencia y transparencia al procedimiento de estas subvenciones, se publican estas bases reguladoras de acuerdo a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Las presentes bases reguladoras se enmarcan en el Plan estratégico de subvenciones 2016-2019 de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte aprobado por Resolución de 30 de agosto de 2016, de su titular y publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 5 de septiembre de 2016, en concreto en la Resolución de 26 de marzo de 2018, y se incluyen en Plan Normativo de la Administración de la Generalitat de 2017.

Se pretende con ello establecer la regulación imprescindible para atender la necesidad que se desea cubrir con la norma y asegurar la eficacia de unos servicios públicos de calidad en aras al interés general.

Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la iniciativa normativa se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, generando con ello un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones.

Con todo ello, se da cumplimiento a los principios de buena regulación tal y como prevé la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de modo que se actúe de conformidad con el principio de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia evitándose cargas administrativas innecesarias o accesorias, así como racionalizar la gestión de los recursos públicos.

Las subvenciones de la presente convocatoria, no precisan ser notificadas a la Comisión Europea, dado que las mismas están acogidas al régimen de minimis establecido en el Reglamento (CE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L 352/1 de 24 de diciembre), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en virtud del cual las ayudas de minimis por su importe no suponen un falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre los estados miembros de la Unión Europea.

Por ello, habiendo informado la Abogacía de la Generalitat y la Intervención Delegada, habiéndose efectuado trámite de información pública, recabados los informes preceptivos, de conformidad con el artículo 43.1d de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y haciendo uso de la competencia atribuida por el artículo 165.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat y el artículo 1 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 73/2016, de 10 de junio, de 2016, del Consell y conforme el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,

ORDENO

Artículo 1 Objeto y finalidad

La presente orden establece las bases reguladoras que regirán el procedimiento de gestión y concesión de las subvenciones para cofinanciar trabajos de elaboración y redacción de la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones, de planes especiales de protección y de planes directores que tengan como objetivo la protección, recuperación y rehabilitación de espacios con interés patrimonial.

Se establecen, por ello, tres programas:

Programa 1: subvenciones para la elaboración y redacción la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones

Programa 2: subvenciones para la elaboración y redacción de planes especiales de protección

Programa 3: subvenciones para la elaboración y redacción de planes directores.

El catálogo de protecciones, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana, es un instrumento de ordenación de ámbito municipal, mediante el cual se determinan aquellos elementos territoriales, espacios o bienes inmuebles que, en razón de sus especiales valores culturales, naturales, paisajísticos u otros, requieren de un régimen de conservación específico y, en su caso, la adopción de medidas cautelares de protección o de fomento y puesta en valor.

La sección de patrimonio cultural de un catálogo de protecciones deberá contener todos los elementos territoriales existentes en un municipio sobre los que recaiga algún tipo de protección derivada de la legislación del patrimonio cultural.

A los efectos de esta orden, las subvenciones para la elaboración y redacción de la sección de patrimonio cultural del catálogo de protecciones se regirán por lo determinado en el art. 42 y el anexo VI de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana, así como por lo establecido en la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano y en el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, del Consell, por el que se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de relevancia local.

Los planes especiales de protección, según el art. 39 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano son instrumentos que establecen las normas de protección que desde la esfera urbanística den mejor respuesta a la finalidad de aquellas provisionalmente establecidas en las declaraciones de los bienes de interés cultural, regulando con detalle los requisitos a que han de sujetarse los actos de edificación y uso del suelo y las actividades que afecten a los mismos.

A los efectos de esta orden, las subvenciones para la redacción de planes especiales de protección se regirán por lo establecido en el artículo 39. de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, por el art. 43 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, de la Comunitat Valenciana, y por lo establecido en el Decreto...

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