ORDEN 10/2018, de 11 de octubre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la creación de los Premios a la Innovación en Materia de Servicios Sociales en la Comunitat Valenciana Amparo Moreno Vañó. [2018/9641]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Artículo 1 Objeto de la orden
Artículo 2 Dotación económica
Artículo 3 Requisitos de las administraciones y entidades participantes
Artículo 4 Objeto de los premios
Artículo 5 Modalidades
Artículo 6 Criterios de admisión de los trabajos
Artículo 7 Criterios de valoración
Artículo 8 Cuantía de los premios
Artículo 9 Formalización de las solicitudes, plazo de presentación y acreditación de los requisitos
Artículo 10 Comisión técnica de valoración
Artículo 11 Ordenación e instrucción
Artículo 12 Procedimiento de concesión y resolución
Artículo 13 Publicación
Artículo 14 Retirada de los trabajos
Artículo 15 Obligaciones de las administraciones y entidades premiadas
Artículo 16 Pago y justificación
Artículo 17 Entrega de los premios
Artículo 18 Incompatibilidad
Artículo 19 Protección de datos
Artículo 20 Obligaciones de transparencia Disposición derogatoria única
Disposiciones finales

Primera.- Normativa de aplicación

Segunda.- Habilitación

Tercera.- Entrada en vigor

PREÁMBULO

El Decreto 7/2015, de 29 de junio, del President de la Generalitat, determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, creando la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. El artículo 9 del Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura básica de la Presidencia y de las conselleries de la Generalitat, establece que la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ejerce las competencias en materia de políticas de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con diversidad funcional, familia, mayores, infancia y adolescencia, adopciones, juventud, mujer, igualdad, inmigración y voluntariado social.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 14/2018, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, corresponde a ésta, las funciones de potenciar la innovación en las políticas sociales.

En el marco de estas competencias, se contempla la creación de los premios a la innovación en materia de servicios sociales, con los que se pretende premiar iniciativas que por su capacidad innovadora contribuyan a potenciar cualitativamente el modelo social de la Comunitat Valenciana; aquellas creadas e impulsadas por las Administraciones Públicas de ámbito local o por entidades del tercer sector de acción social de la Comunitat Valenciana en los ámbitos de la prevención de la exclusión social, la protección a las personas y sus familias, la autonomía personal y la promoción de la inclusión, presentando experiencias reales, vinculadas a realidades sociales concretas, que permitan hacer frente a nuevos retos para la innovación social y motivar el espíritu emprendedor de los servicios sociales.

A propuesta de la Delegación del Consell para el Modelo Social Valenciano, estos premios recibirán el nombre de Amparo Moreno Vañó, trabajadora social, activista defensora de los derechos sociales, formadora de profesionales y referente en la implantación y fortalecimiento de los servicios sociales municipales, defensora de la responsabilidad pública de la Administración Pública, de la necesidad de existencia de un sistema público sólido de servicios sociales para la emancipación de las personas, y de la articulación solidaria de la sociedad civil. Como reconocimiento y homenaje a toda una vida de intenso y permanente trabajo y compromiso por una sociedad más solidaria y por la dignidad de las personas vulnerables. Valores y esfuerzos que la hicieron acreedora en 2017de la Distinción de la Generalitat en reconocimiento de las acciones a favor de la igualdad, por una sociedad inclusiva y por la visibilidad de la diversidad social.

Los premios a conceder en la correspondiente convocatoria no están sujetos a la política de la competencia de la Unión Europea en materia de ayudas públicas y, por tanto, no precisan notificación a la Comisión Europea, por no reunir los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que en razón de la cualidad de las Administraciones o entidades beneficiarias y del objeto de los premios, estas acciones subvencionables no afectan a la competencia, ni a los intercambios comerciales entre los estados miembros, y tampoco favorecen a determinadas empresas o producciones.

Por tanto, con la percepción de los citados premios no existe ventaja económica alguna, ni desarrollo de actividad económica en el mercado relacionada con la oferta de bienes y servicios, que permitan la posibilidad de falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre estados miembros, a los efectos señalados en el Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de dicha ley y de conformidad con la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

En virtud de las facultades conferidas por la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 14/2018, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, habiéndose recabado y emitido los informes preceptivos exigidos por la normativa aplicable

ORDENO

Artículo 1 Objeto de la orden

La presente orden tiene por objeto la creación de los Premios a la Innovación en Materia de Servicios Sociales en la Comunitat Valenciana "Amparo Moreno Vañó" y establecer las bases reguladoras para su concesión.

Artículo 2 Dotación económica

La dotación económica de los premios es de 24.000 euros, a razón de 12.000 euros por cada una de las modalidades a las que se refiere el artículo 5 de la presente orden.

En caso de existir crédito sin adjudicar por declararse los premios de alguna modalidad desiertos, dicho crédito incrementará proporcionalmente el de los restantes premios de dicha modalidad.

Artículo 3 Requisitos de las administraciones públicas de ámbito local y entidades participantes
  1. Podrán participar en las correspondientes convocatorias, las administraciones públicas de ámbito local y las entidades del tercer sector de acción social, por sí solas o agrupadas, cuyo ámbito de actuación sea la Comunitat Valenciana.

  2. Las Administraciones Públicas de ámbito local y las entidades del tercer sector de acción social solicitantes no tienen que encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de persona jurídica beneficiaria establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. Las Administraciones Públicas de ámbito local y las entidades del tercer sector de acción social no deberán estar incursas en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en el artículo 18 de la presente orden.

Artículo 4 Objeto de los premios

Serán susceptibles de ser premiadas las actuaciones e iniciativas innovadoras desarrolladas o en proceso de implementación por las Administraciones Públicas de ámbito local o bien por entidades del tercer sector de acción social en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que representen modelos de buenas prácticas, en el marco de la prevención de la exclusión social, la protección a las personas y sus familias, la autonomía personal y la promoción de la inclusión.

Artículo 5 Modalidades
  1. Los premios se adjudicarán en dos modalidades:

    1. Buenas prácticas o prácticas innovadoras para las administraciones públicas valencianas de ámbito local.

    2. Buenas prácticas o prácticas innovadoras para las Entidades del Tercer Sector de Acción Social de la Comunitat Valenciana.

  2. Cada modalidad estará integrada por cuatro premios; el primer premio, segundo y tercer premio consistirán en la percepción de la cuantía económica que se establece en el artículo 8, y el cuarto premio consistirá en una mención especial, sin dotación económica.

  3. En caso de que, en alguna de sus modalidades, la comisión de valoración respectiva considere insuficiente el rigor y calidad de los trabajos presentados, podrán declararse desiertos algunos de los premios, en cuyo caso dicho importe se incrementará proporcionalmente a los restantes premios de dicha modalidad.

Artículo 6 Criterios de admisión de los trabajos

Se seleccionarán los trabajos realizados por las administraciones públicas valencianas de ámbito local o de las entidades del tercer sector de acción social...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR