STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Mayo de 2003

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2003:4647
Número de Recurso763/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

3 R.C. Sent. 763/03 Recurso contra Sentencia núm. 763/2003 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Iltmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a treinta de Mayo de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2286/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 763/03, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de Diciembre de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón, en los autos núm. 376/02, seguidos sobre Invalidez P. Absoluta, a instancia de D. Jose Luis , asistido del Letrado Pilar Hernandez, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Iltmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 30 de Diciembre de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Jose Luis , frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DECLARANDO que el actor se encuentra afecto de INVALIDEZ PERMANENTE EN GRADO ABSOLUTA para todo trabajo, condenando a la demandada a estar y pasar pr esta declaración y al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a abonarle una pensión del 100% de su base reguladora de 437.34 , con efectos desde el 12-03-2002."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante Jose Luis , con D.N.I. NUM000 , nacido el dia 28-03-1940, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001 por su profesión habitual de trabajador Régimen Especial Agrario por cuenta ajena. SEGUNDO.- El actor quien causó baja por I.T. el dia 12-03-2002 presenta el siguiente cuadro clínico residual: "H. Trabajadores Autónomos controlada. Cardiopatía Isquémica crónica" AM EN NOVIEMBRE DE 2001, "TRIPLE BY-PASS CORONARIO RN EN NOVIEMBRE DE 2001", lo que le produce unas limitaciones orgánicas y funcionales consistentes en DEFICIENCIA CARDIOSISQUEMICA CRONICA DE GRADO MODERADO TRAS SU INTERVENCION Y TTOS" y le causa discapacidad frente a trabajos que impliquen esfuerzos pesados, ritmos rápidos, cargas, transgresiones y strés con síntomas torácidos de fácil aparición (Folios 34 y 35). TERCERO.- La base reguladora de la prestación que se solicita es de

437.34 euros y la fecha...

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