STSJ Comunidad Valenciana 7685, 8 de Noviembre de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2005:7685
Número de Recurso2704/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7685
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Social

5 Recurso nº. 2704/05 Recurso contra Sentencia núm. 2704/05 Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier LLuch Corel lIlma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, ocho de noviembre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3473/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 2704/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Alicante, en los autos núm. 199/05 , seguidos sobre cese, a instancia de Juan Ignacio , asistido por el letrado Pilar Sánchez Rodríguez, contra CONSELLERIA SANIDAD, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier LLuch Corel

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 9 de mayo de 2005 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

" Rechazando las defensas procesales de falta de jurisdicción y de litisconsorcio pasivo necesario opuestas por la parte demandada y, a su vez, desestimando la demanda rectora de autos, promovida por DON Juan Ignacio , frente a la CONSEJERIA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, sobre cese, debo absolver y absuelvo al Organismo demandado de cuantas pretensiones se deducen en su contra en la referida demanda."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor, DON Juan Ignacio , nacido en Zamora el 2 de septiembre de 1.955, de las demás circunstancias personales que figuran en el encabezamiento de su demanda, con D.N:I. nº NUM000 , ha venido prestando sus servicios como personal estatutario temporal por cuenta y orden de la CONSEJERIA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, dedicada a la actividad de prestación de asistencia sanitaria pública, primero, como Médico de Medicina General de zona conforme al sistema retributivo de cupo merced a los nombramientos que siguen, todos ellos para sustituir al facultativo titular, Don Jorge , en el Consultorio de la calle Portugal, de Alicante, perteneciente al Area 16: 1.- de facultativo interino para sustitución debido a las vacaciones del titular, el cual se extendió de 17 de abril a 16 de mayo de 2.000 -folio 54-; 2.- de sustitución por vacaciones del titular durante el período de 21 a 25 de octubre de 2.000 -folios 55

y 56-; 3.- de sustitución por incapacidad temporal del sustituido desde el 22 de enero hasta el 8 de mayo de 2.001 -folios 57 y 58-; 4.- de sustitución por permiso del titular en 29 de mayo de 2.001 -folios 59 y 60-; 5.- de sustitución por vacaciones del Dr. Jorge de 1 a 31 de agosto de 2.001 -folios 61 y 62-; 6.- de sustitución los días 11 y 15 de enero de 2.002 -folios 63 y 64-; 7.- de sustitución por incapacidad temporal del titular durante el lapso de 25 de febrero a 29 de noviembre de 2.002 -folios 65 y 66-; 6.- de sustitución debido a vacaciones reglamentarias de la persona sustituída de 1 a 31 de diciembre de 2.002 -folios 67 y 68-; 9.- de sustitución los días 2,7,8,9,10 y 11 de enero de 2.003 -folios 69 y 70-; 10.- de sustitución por vacaciones del titular de 14 de enero a 12 de febrero de 2.003 -folios 71 y 72-; y finalmente, 11.- de sustitución por la situación de incapacidad temporal del titular desde el 17 de febrero de 2.003 hasta el 29 de febrero de 2.004 -folios 73 y 74-. SEGUNDO.- El último de los ceses que se citan en el precedente ordinal fue precedido de comunicación escrita de la Consejería demandada datada en 9 de febrero de 2.004, que dice así: "Con motivo de la próxima integración en E.A.P. Don. Jorge , que se producirá el 1-3-04, le comunicamos que con fecha 29-2-04, cesará en la sustitución que venía realizando por la Incapacidad Temporal de dicho facultativo, en el caso de que continuara en esa situación hasta final de febrero" -folio 77-TERCERO.- con motivo de la integración del titular de la plaza en Equipo de Atención Primaria (EAP), en 1 de marzo de 2.004 el Organismo demandado expidió nuevo nombramiento de personal estatutario temporal de sustitución a quien hoy acciona, también para sustituir en el Consultorio de la calle Portugal a Don Jorge , si bien ya como Médico de Medicina General de EAP, que se extendió hasta el 10 de agosto de ese año debido a la situación de incapacidad temporal en que se hallaba la persona sustituída...

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