STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Julio de 2005

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2005:5341
Número de Recurso113/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto nº "113/2003 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, Treinta de Julio de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta:

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

Magistrados Ilmos. Srs:

Dña. Desamparados Iruela Jiménez D. Manuel J. Domingo Zaballos.

SENTENCIA NUM: 1575/05 En el recurso contencioso administrativo num 113/2003, interpuesto por D. Eloy representada por el Procurador D. JOSÉ SAPIÑA BAVIERA y dirigida por el Letrado D. ARTURO VENTO MARTÍ contra "Resolución del Ministerio de Medio Ambiente de 13.11.2002 que desestima recurso contra resolución de la Demarcación de Costas de Valencia de 28.06.2002 imponiendo sanción de 2.100 Euros por instalación de un kiosco de venta de helados, sin autorización en dominio público marítimo terrestre del Paseo Marítimo de la Malvarrosa, término Municipal de Valencia.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO representada y defendida por la ABOGACIÍA DEL ESTADO y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba y practicada la misma con el resultado que consta en las actuaciones, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 62 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día trece de Julio de dos mil cinco.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte demandante D. Eloy interpone recurso contra Resolución del Ministerio de Medio Ambiente de 13.11.2002 que desestima recurso contra resolución de la Demarcación de Costas de Valencia de 28.06.2002 imponiendo sanción de 2.100 Euros por instalación de un kiosco de venta de helados, sin autorización en dominio público marítimo terrestre del Paseo Marítimo de la Malvarrosa, término Municipal de Valencia.

SEGUNDO

Para la resolución del caso examinado son hechos relevantes de los que debemos partir:

  1. - A raíz de denuncia formulada el 7.06.2001 por el Servicio de Vigilancia de Costas, se siguió expediente sancionador que terminó con la siguiente declaración de hechos probados: "..instalación de un kiosco para venta de helados , dentro del dominio público marítimo terrestre, en el paseo marítimo de la Malvarrosa (Valencia) entre los hitos M-23 y M24 sin la debida autorización".

  2. - Dicha infracción se consideró grave del art. 91.2.b) de la Ley de Costas y se impuso al demandante una...

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