ODR y prueba electrónica: instrumentos de digitalización en el marco de una justicia civil eficiente

AutorSelena Tierno Barrios
Cargo del AutorPersonal Investigador en Formación (FPU). Derecho Procesal Centro de Investigación para la Gobernanza Global. Universidad de Salamanca
Páginas149-169
149
CAPÍTULO 7.
ODR y prueba electrónica: instrumentos de digitalización
en el marco de una justicia civil eficiente 1
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Personal Investigador en Formación (FPU). Derecho Procesal
Centro de Investigación para la Gobernanza Global. Universidad de Salamanca
INTRODUCCIÓN
En estos últimos años, es innegable que el incremento en el uso de Internet,
la irrupción de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y los
continuos avances que se están produciendo a pasos agigantados en robótica e
inteligencia artificial han hecho que cada vez más vayan adquiriendo un mayor
protagonismo en numerosos ámbitos de nuestras vidas diarias. De esta forma, era
cuestión de tiempo que se hicieran notar también en el campo jurídico y, en este
sentido, no han pasado desapercibidos para la Administración de Justicia que,
sin llegar a experimentar una profunda transformación en lo que a la tecnología
se refiere –a diferencia de otros sectores como la industria, el comercio, la medi-
cina, o incluso la propia Administración Pública en la que ya se han implantado
sistemas tecnológicos que han permitido aumentos constatables de eficiencia y
ahorro de gastos– ha iniciado su propio proceso de modernización encaminado
a lograr una “justicia digital”, o también conocida con el término de e-justicia, más
acorde con los nuevos tiempos que nos acompañan (Magro Servet, 2018, p. 1 y
Bueno de Mata, 2010, p. 3).
1 Este trabajo ha sido realizado en el marco de una Ayuda para la Formación de Profesorado
Universitario (FPU) concedida por el Ministerio de Universidades del Gobierno de España como Personal
Investigador en Formación adscrita al Área de Derecho Procesal de la Universidad de Salamanca. Asimis-
mo, este trabajo se ha elaborado en el marco del Proyecto de Investigación “Configuración y efectos de los
sistemas de gestión del riesgo legal” (PID2019-107743RB-I00) del Ministerio de Ciencia e Innovación del
Gobierno de España, cuyos Investigadores Principales son el Prof. Dr. Nicolás Rodríguez-García y el Prof.
Dr. Fernando Rodríguez-López; y del Proyecto de Investigación “Transición Digital de la Justicia” (RED
2021-130078B-100) del Ministerio de Ciencia e Innovación del Gobierno de España, cuya Investigadora
Principal es la Prof.ª Dra. Sonia Calaza López.
Selena Tierno Barrios
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De hecho, la ausencia de una verdadera digitalización es una de las notas que
caracteriza la situación de crisis por la que atraviesa la Administración de Justicia
española desde hace décadas, a lo que hay que sumar la insuficiencia de medios
materiales y recursos humanos, así como los altos índices de judicialización de
los conflictos derivados del incremento de la conflictividad social y de la litigiosi-
dad (Rodríguez-García, 2017, pp. 269-271), lo que se ha visto aún más agravado
si cabe con ocasión de la pandemia de COVID-19. En este sentido, no solo se ha
pensado en el uso de las nuevas tecnologías para hacer frente a esta situación
poco halagüeña, sino que igualmente los medios alternativos de resolución de
conflictos –más conocidos a través del acrónimo en inglés ADR (Alternative Dispute
Resolution)– han cobrado una relevancia máxima (Barona Vilar, 2014, p. 4 y Soleto
Muñoz, 2017, pp. 19-21).
Así las cosas, son estos dos ejes –la apuesta por la digitalización a través
del uso principalmente de sistemas de inteligencia artificial, y el fomento del
empleo de las ADR– los que precisamente están marcando hoy día el horizonte
próximo y no tan lejano en el ámbito judicial en orden a atender, no solo de
una forma ágil y eficaz las demandas de justicia de los ciudadanos –incrementa-
das en términos cuantitativos y cualitativos– sino de un modo adecuado y ofre-
ciendo además un servicio de calidad (Delgado Martín, 2021, p. 6). Y ello puede
verse reflejado en la puesta en marcha del Plan de Trabajo “Justicia 2030”, im-
pulsado por el Ministerio de Justicia con ocasión del “Fondo Next Generation” de
la Unión Europea en orden a liderar los ámbitos de la transición ecológica y la
digitalización, y fortalecer el Estado de Derecho, articulado sobre tres objetivos
principales que son (i) asegurar el acceso a derechos y libertades; (ii) mejorar
la eficiencia del Servicio Público de Justicia; y (iii) contribuir a la sostenibilidad
y cohesión.
En este sentido, en lo que se refiere a la digitalización, la adaptación está en
marcha y ello puede verse reflejado en el proceso judicial y en el Derecho proce-
sal donde las nuevas tecnologías tienen incidencia en instituciones como el acce-
so a la justicia, la tramitación del procedimiento, la prueba o la decisión judicial
(Pérez Daudí, 2019, p. 88). Así las cosas y en pleno proceso de modernización
hacia una transformación digital, que a raíz de la pandemia de COVID-19 se ha
erigido como el leitmotiv que debe situarse en el frontispicio del sistema de justi-
cia, es posible vislumbrar importantes avances a este respecto.
Efectivamente, uno de los ámbitos altamente influenciados por el avance de
la tecnología lo constituye el relativo a la prueba o Derecho probatorio, incidien-
do tanto en las fuentes de prueba como en los medios por los que se incorpora-
rán al proceso, cambiando la concepción que tenemos del concepto de prueba y
creando una nueva figura conocida como “prueba electrónica” , la cual ha sido
objeto de numerosos estudios por parte de la Academia sin crear una opinión
unívoca en torno a las diversas cuestiones que exigen ser abordadas al examinar
este tipo de prueba. No obstante, nosotros partiremos de la hipótesis de que di-

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