Obra nueva terminada. Rectificación de coordenadas de la parcela ocupada

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: La rectificación consistente en aumentar la superficie ocupada por la edificación no implica necesariamente la de aumentar la total de metros cuadrados construidos.

Hechos: Se trata de una escritura por la que se declara una obra nueva terminada que, tras varias calificaciones con sus subsanaciones correspondientes, se expresa por el notario que la superficie ocupada por la edificación es la que resulta de las coordenadas catastrales rectificando las inicialmente señaladas.

Ante ello la registradora suspende de nuevo la inscripción porque se mantiene la misma cifra total de metros construidos pese a haber aumentado la superficie ocupada por la planta baja.

Resolución: La Dirección General acuerda estimar el recurso interpuesto y revocar la nota de calificación de la registradora.

Doctrina: El artículo 202 de la Ley Hipotecaria proclama, de manera clara, general y sin excepciones, que "la porción de suelo ocupada por cualquier edificación habrá de estar identificada mediante sus coordenadas de referenciación geográfica".

El artículo 45 del Real Decreto 1093/1997 de 4 de julio, por el cual se aprueban las normas complementarias al Reglamento Hipotecario sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, exige la expresión en el título, por el que se declare la obra nueva finalizada, tanto de la superficie de la parcela ocupada por la edificación como del total de metros cuadrados edificados. Esa última cifra debe ser coincidente con la que resulta de sumar los metros cuadrados construidos en cada una de las plantas declaradas.

En el caso que nos ocupa el notario indica por diligencia que la superficie de la parcela ocupada por la edificación es la que resulta de las coordenadas catastrales (98,45 metros cuadrados), modificando la en principio señalada en el certificado del técnico y en la escritura (97,20 metros cuadrados) pero manteniendo el total de metros cuadrados construidos, manteniéndose los 210,50 que se declararon inicialmente en la escritura.

La DG resuelve en el sentido de que al ser ínfima la diferencia superficial...

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