SAP Cádiz 36/2007, 1 de Marzo de 2007
Ponente | MARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZ |
ECLI | ES:APCA:2007:192 |
Número de Recurso | 15/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 36/2007 |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª |
S E N T E N C I A NÚM. 36/07
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
SECCIÓN SEGUNDA
PRESIDENTE ILTMO SR.
D. MANUEL DE LA HERA OCA
MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.
Dª. MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ
D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ.
REFERENCIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº- TRES DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA.
ROLLO : 15/2007.
AUTOS : EJECUCIÓN DE TÍTULO JUDICIAL Nº. 817/2005.
En la Ciudad de Cádiz a uno de marzo de dos mil siete.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 4 de octubre de 2006, dictado en el procedimiento de ejecución de título judicial nº. 817/05. Es parte apelante la entidad Allianz Cía de Seguros y Reaseguros S.A., representada por la Procuradora Doña María Isabel Gómez Coronil y defendida por el Letrado Don Antonio Márquez Crespo, siendo parte apelada Doña Victoria, representada por la Procuradora Doña Montserrat Cárdenas Pérez y defendida por el Letrado Don Francisco Javier Puyol Castro, habiendo sido parte ejecutada la entidad Banco Vitalicio de España S.A. Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ.
I .- ANTECEDENTES DE HECHO
El Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia Nº. Tres de El Puerto de Santa María dictó Sentencia el 4 de octubre de 2006, en el procedimiento de ejecución de título judicial nº. 817/05, cuya Parte Dispositiva es del tenor siguiente:
"Que desestimando la oposición formulada por el Procurador D. Sergio Márquez Delgado en representación de Allianz acuerdo seguir adelante la ejecución interpuesta por Dª Victoria, representada por el Procurador de los Tribunales D Carlos Ibáñez Almendro y defendido por el Letrado D. Francisco Javier Puyol Castro contra las Cía Aseguradora Allianz representada por el Procurador de los Tribunales D. Sergio Márquez Delgado y defendida por el Letrado D. Antonio Márquez Crespo y contra la Cía Banco Vitalicio de España S.A. en situación procesal de rebeldía, condenando a las aseguradoras Allianz y Banco Vitalicio a abonar a la actora la suma de 10.141, 39 euros con los intereses legales y las costas".
Anunciado recurso de apelación por la representación de Allianz Seguros y Reaseguros S.A., fue emplazada por treinta días para que lo interpusiera, lo que así hizo, dándose traslado a la parte demandada que fue emplazada por diez días para que efectuara oposición o impugnación, verificando lo primero, siendo emplazadas por treinta días para ante esta Audiencia Provincial, a donde fueron remitidos los autos, donde fueron repartidos, correspondiendo su conocimiento a esta Sección donde se formó Rollo y fue designada Ponente, Providencia notificada a las partes, personando seambas en la alzada. No habiéndose solicitado vista, que no se estimó necesaria, ni solicitado prueba, quedaron los autos pendientes de deliberación y votación, lo que se ha llevado a cabo en el día de la fecha conforme a Ley.
Allianz Cía de Seguros y Reaseguros S.A. se alza contra la Sentencia de instancia solicitando su revocación parcial al objeto de que se dicte otra que, manteniendo la condena de la entidad Banco Vitalicio de España S.A., se ordene no haber lugar a seguir la ejecución adelante contra la recurrente, acordando levantar los embargos trabados sobre la misma, con imposición de costas a la ejecutante, recurso al que se opone la apelada quien solicita la confirmación de la Resolución de instancia, con condena a la apelante.
Siguiendo el orden de los motivos del recurso abordamos, en primer lugar, la nulidad del título ejecutivo por no intervención de la aseguradora en su formación.
El Auto de cuantía máxima dictado, título de ejecución conforme a lo establecido en el artículo 517. 8º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, devino tras el dictado de Sentencia absolutoria recaída en el Juicio de Faltas nº. 130/2004 del Juzgado de Primera Instancia Nº. Cuatro de El Puerto de Santa María, relativo al accidente de tráfico acaecido el 11 de diciembre de 2003, en la confluencia de la N-IV con la Avenida de la Estación de dicha localidad, y colisionar el automóvil Peugeot matrícula GE-....-G, conducido por Don Aurelio, en cuyo vehículo viajaban como ocupantes Doña Celestina y la ejecutante, Doña Victoria, el que estaba asegurado en la compañía Allianz, y la furgoneta Ford Transit, matrícula 8900CKB, propiedad de Jardinerías y Riegos del Sur S.L., conducida por Don Emilio y asegurada en la compañía Vitalicio, resultando lesionada la Sra. Victoria, como consta en el procedimiento penal, así como su sanidad, emitida por el Sr. Médico Forense. El fundamento del dictado de la Sentencia absolutoria estuvo en no haberse probado cual de los dos conductores rebasó el...
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