El nuevo reto de las energías alternativas

AutorConsuelo Navarro Susino

I.¿QUÉ SON LAS ENERGíAS RENOVABLES?

El interés por el desarrollo de las energías renovables en el ámbito social y político, demanda en estos momentos un alto grado de información y comunicación para, a través de un mayor conocimiento de su situación actual y las perspectivas de futuro, emprender acciones para promover su utilización.

Se denomina energías renovables a aquellas fuentes energéticas basadas en la utilización del sol, el viento, el agua o la biomasa vegetal o animal. No utilizan, pues, como las convencionales, combustibles fósiles, sino recursos capaces de renovarse ilimitadamente. Su impacto ambiental en comparación con aquellas es muy escaso, pues además de no emplear esos recursos finitos, no generan contaminantes. A veces se las llama, también, especiales o alternativas, indicando en este último caso su papel de cara a un modelo energético y social (1).

Se debe potenciar el uso de las energías renovables ya que en los próximos cincuenta años, los mejores recursos petrolíferos y de gas natural estarán casi totalmente agotados, encareciendo y agravando la crisis energética y ambiental. Las energías renovables, a lo largo de la historia hasta bien entrado el siglo XIX, han cubierto la práctica totalidad de las necesidades energéticas del hombre. Sólo en los últimos cien años han sido superadas, primero por el empleo del carbón, y a partir de 1950 por el petróleo y en menor medida por el gas natural; la energía nuclear cubre una parte insignificante del consumo mundial, y a pesar de algunas previsiones optimistas, su papel será siempre marginal (2).

II.SITUACIÓN Y POSIBILIDADES DE LAS DISTINTAS FUENTES ENERGÉTICAS RENOVABLES

II.1.Energía solar térmica

A pesar de que la energía solar en la más antigua de las fuentes de energías, sin embargo, no fue hasta la primera crisis energética de 1973, cuando se comenzó la investigación científica y el desarrollo de la tecnología para el aprovechamiento de esta forma renovable de energía.

La conversión térmica se realiza en los colectores solares planos para baja temperatura y mediante sistemas de concentración, para media y alta temperatura(3). Consiste en la utilización de paneles solares para calentar agua para usos industriales, piscinas, calefacción o más comunmente para agua caliente sanitaria. Es una técnica sencilla que permite su uso tanto en el sector doméstico, como en los servicios o en las industrias.

La energía solar térmica podría alcanzar un gran desarrollo si se establece un marco de subvenciones más completo y adecuado que el actual y, sobre todo, si se adoptan determinadas medidas administrativas para su promoción y su conocimiento por los potenciales usuarios(4).

II.2.Energía solar fotovoltaica

Una de las opciones más prometedoras, dentro de las diferentes fuentes de energía, es la basada en la conversión fotovoltaica: transformación de la radiación solar directamente en electricidad. Para que la energía solar fotovolataica pueda ser considerada un candidato, para la generación de potencia, en el próximo siglo, es necesario reducir el coste de producción hasta 1$/Wp. Actualmente el Kw/h fotovoltaico resulta unas 5 veces más caro que el producido con otros sitemas convencionales, pero es muy interesante para viviendas y otras muchas instalaciones a las que no llegan los tendidos eléctricos.

Las tecnologías de lámina delgada representan una alternativa real, para conseguir este objetivo de 1$/Wp. Globalmente esta tecnología de lámina delgada se puede definir mediante depósitos de grandes superficies de láminas delgadas, de conductores y semiconductores, sobre un substrato, utilizando uns técnica de conformado adecuada para conseguir un depósito integrado. Los dispositivos, así preparados, tienen espesores de alrededor de decenas de micras. La penetración de la tecnología fotovoltaica en lamina delgada, en estos mercados, se debe conseguir mediante la implantación de estrategias de producción, que conduzcan a un bajo coste para la generación de electricidad fotovoltaica(5).

II.3.Energía eólica

La energía eólica aprovecha la energía cinética del viento y la convierte en electricidad, aunque también se puede aprovechar para usos mecánicos (p.e. bombeo de agua). Tradicionalmente se ha empleado en pequeñas instalaciones, a veces en combinación con la energía fotovoltaica. Recientemente ha tenido un despegue que se puede calificar de espectacular, instalándose numerosos parques eólicos para producción de electricidad a gran escala.

Actualmente puede decirse que se ha convertido en una energía muy competitiva en lugares donde la velocidad del viento supera los 6 metros por segundo. Los aerogeneradores que se instalan actualmente tienen una potencia de 600 kw y se están aprobando ya molinos de 1,5 MW(6).

II.4.Minihidraulica

La energía del sol evapora el agua de los oceános, mares, lagos y ríos y la eleva sobre la tierra formando nubes; cuando éstas se enfrían, se condensan formando la lluvia y la nieve que se vierte a la tierra, reaprosionándola y cerrando el ciclo. El agua en su transcurso por la superficie terrestre tiende, por la gravedad, a ocupar las posiciones bajas y la energía que esto produce es explotable por las instalaciones hidroeléctricas. Minihidráulica es el aprovechamiento hidroeléctrico de pequeña potencial (

Este tipo de energía puede tener un cierto impacto ambiental en la cabecera de los ríos, pero si se selecciona bien los emplazamientos resulta mucho más benigna que las convencionales.

II.5.Biomasa

El término biomasa abarca a una variada serie de fuentes energéticas que van desde la simple combustión de la leña para calefacción hasta las plantas térmicas para producir electricidad usando como combustible residuos forestales, agrícolas, ganaderos o incluso lo que se denomina cultivos energéticos, pasando por el biogás de los vertederos o lodos de depuradoras o los biocombustibles.

Existe un enorme potencial energético derivado de la biomasa, siempre que se potencie desde los poderes públicos, puesto que las compañias eléctricas no están muy interesadas en su desarrollo(8).

Oficialmente se considera también la incineración de residuos urbanos como una fuente de energía renovable, aunque la mayor parte de los materiales que se emplean para la combustión no se pueden considerar como recursos renovables. Además tal como pone de manifiesto un estudio realizado por Greenpeace(9)el potencial de ahorro energético de los materiales de la basura es 3,95 veces superior si se recicla que si se incineran.

II.6. Energía geotérmica

La energía geotérmica, como excepción, no tiene su origen inmediato en la radiación solar, sino en una serie de reacciones químicas naturales que suceden en el interior de la tierra y que producen grandes cantidades de calor. Esta realidad a veces se pone de manifiesto de forma natural y violenta a través de fenómenos como el vulcanismo o los terremotos. El hombre también puede aprovechar esta fuente de calor extrayéndolo mediante perforaciones y transfiriendo este calor.

El gradiante térmico resultante de las altas temperaturas del centro de la Tierra (superiores a los mil grados centígrados), genera una corriente de calor hacia la superficie. El valor promedio del gradiante térmico es de 25 grados centígrados por cada kilómetro, siendo superior en algunas zonas sísmicas o volcánicas. El potencial geotérmico almacenado en los diez kilómetros exteriores de la corteza terrestre supera en 2000 veces a las reservas mundiales de carbón.

La explotación comercial de la geotermia comenzó a finales del siglo XIX en Italia, con la producción de electricidad. La geotermia puede llegar a causar algún deterioro al ambiente, aunque la inyección del agua empleada en la generación de electricidad minimiza los posibles riesgos(10).

  1. SITUACIÓN DE LAS ENERGíAS RENOVABLES EN LA UNIÓN EUROPEA

    Las energías renovables cubren aproximadamente el 5% de las necesidades energéticas de la Unión Europea, lo cual se considera insuficiente por los estamentos sociales y políticos por razones de política energética, medioambiental y de cohesión económica y social(11).

    A continuación haré una breve exposición de la política medioambiental de la Unión Europea y concretamente del camino recorrido para fomentar la utilización de las energías renovables.

    III.1. Integración de los requisítos medioambientales en las políticas de la Comunidad Europea

    La política medioambiental de la Comunidad Europea no puede verse como algo aislado, es necesario relacionarla con las demás políticas comunitarias.

    El primer programa de Acción de la Comunidad en materia de medio ambiente ya subrayó la importancia que tenía integrar la dimensión ambiental en otras políticas de la Comunidad(12).

    En 1987, el Acta Única Europea señalaba que "las exigencias ambientales serán un componente de las otras políticas de la Comunidad", frase que fue modificada en 1993 por el Tratado de Maastricht. Por su parte el Tratado de Amsterdam la ha transplantado en el nuevo art. 6 del Tratado CE, en el que se expresa "Las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y en la realización de las políticas y acciones de la Comunidad a que se refiere el art. 3, en particular con objeto de fomentar un desarrollo sostenible".

    El Quinto Programa de Acción de la Comunidad en materia de medioambiente, de 1993, identificó cinco áreas de actividad como sectores en los que debían hacerse esfuerzos especiales para integrar las exigencias ambientales en las correspondientes políticas, en concreto la industria, la energía, el transporte, la agricultura y el turismo(13).

    En líneas generales puede decirse que los resultados que ha tenido la toma de consideración de lo ambiental en la cooperación e implantación de otras políticas comunitarias han sido bastantes exiguos, lo que se debe fundamentalmente al hecho de que la incorporación de los valores ambientales en las políticas públicas debe ser concebido como proceso que no se desarrolla sino muy lentamente, si es que llega a hacerlo alguna vez(14).

    Aquí voy a ocuparme principalmente de la Política Energética y el desarrollo de la misma para potenciar el uso de energías alternativas tanto a nivel comunitario, como estatal y autonómico.

    III.2. Política Energética de la Comunidad Europea

    a). Marco histórico

    La mayoría de las actividades económicas y sociales giran en torno al uso de la energía. Por esa razón la Comunidad Europea consta desde sus inicios con una política energética, no sólo por la importancia que tiene en sí mismo, sino también por ser motor de la integración política. Fundada en 1952, La Comunidad Europea del Carbón y del Acero fue creada seis años antes que la Comunidad Europea. En 1958, los Estados miembros suscribieron el Tratado del Euroatom, muestra de la confianza que entonces se tenía en que la energía nuclear sería un pilar de la política energética común.

    A partir de la crisis del petróleo de 1973 se puso de manifiesto la necesidad de una estrategia energética para minimizar el impacto de posibles interrupciones futuras del abastecimiento, cuyos tres componentes debian ser: la reducción de la dependencia de las importaciones de petróleo, la diversificación de las fuentes de energía y la disminución de consumo mediante un uso más eficiente de la energía.

    Desde entonces y poco a poco los aspectos medioambientales de la explotación y el consumo de la energía se han convertidon en un ingrediente importante de la política energética.

    b). Situación actual

    La política energética de la Comunidad opera sin una base jurídica expresa en el Tratado de la CE, situación que no ha alterado la modificación del Tratado de la Unión Europea de 1997. En la actualidad la política energética de la Comunidad tiene tres objetivos:

    asegurar el suministro de energía

    establecer y mantener la competitividad de los operadores económicos europeos que dependan de la energía

    proteger el medio ambiente.

    De acuerdo con estos objetivos se está trabajando ya en una serie de propuestas. Entre otras, la integración del mercado interior de la energía, junto con la liberalización de los mercados de gas natural y la electricidad. Por otra parte las normas de competencia deben aplicarse con transparencia y coherencia, permitiendo así una competencia leal entre todas las formas de energía.

    El requisito de la integración, establecido en el art. 6 del Tratado de la CE, no se aplica a la energía nuclear, ya que se encuentra enmarcado en el Tratado del Euratom. Por otra parte tampoco hay prácticamente muestras de que las medidas adoptadas o los dictámenes evacuados por la Comunidad Europea de la Energía Atómica hayan discutido o tomado en consideración de manera significativa el impacto de la energía atómica sobre el medioambiente(15).

    Es necesario señalar que para la Comisión, la clave de cualquier política energética de desarrollo sostenible está en garantizar que los precios reflejen más fielmente el impacto ambiental de las diferentes formas de energía. Un paso fundamental en esta dirección podría ser modificar el reparto de la carga fiscal, traspasando impuestos del trabajo a los recursos naturales. Cualquier posible deterioro de la competitividad derivado del aumento de los precios de la energía podría quedar contrarrestado por la disminución de los impuestos indirectos sobre el trabajo(16).

    De acuerdo con este planteamiento, la Comisión propuso un impuesto combinado sobre las emisiones de CO2 y sobre la energía(17), que no ha sido aprobado. La Comisión aprobó una nueva propuesta que se limitaba a establecer recomendaciones dirgidas a aquellos Estados que desearan establecer un impuesto sobre CO2 a nivel nacional(18) sin embargo a finales de 1998 aún no habia sido aprobado.

    III.3. Principales instrumentos de la Política Energética

    De cara a los objetivos de disminuir la dependencia del abastecimiento externo, utilizar la energía con más eficacia y limitar el impacto ambiental de determinados combustibles, merecen especial atención tres iniciativas comunitarias:

    La carta de la energía, firmada en La Haya en 1991, es una iniciativa importante en el campo de la cooperación internacional, cuya finalidad básica es transferir técnicas e inversiones a los países de la antigua Unión Soviética.

    Las redes transeuropeas de energía; el desarrollo de las redes transfronterizas de gas y electricidad, vital para la creación de un mercado único de la energía, es uno de los objetivos que establece el Tratado de la Unión Europea.

    Investigaciones y desarrollo tecnológico sobre energía; la Unión Europea apoya una amplia gama de programas cuya finalidad es conseguir el progreso tecnológico continuo necesario para el abastecimiento, conversión y utilización de la energía(19).

    Es dentro de este último campo en el que me voy a mover, ya que son esos programas de Investigación y Desarrollo los que han promulgado el uso de las energías alternativas. Cabe también destacar otras medidas que han llevado a cabo la Comisión en relación con el medio ambiente.

    En 1998 la Comisión publicó una Comunicación en la que estableció sus objetivos en relación con el impacto ambiental hasta 1995, y que incluía la investigación para la consecución equilibrada de objetivos ambientales y energéticos(20). Le siguió en 1990, una Comunicación sobre "energía y medio ambiente", que estuvo marcada por als discusiones del efecto invernadero(21). Ese mismo año un Consejo de Ministro conjunto de energía y medio ambiente acordó estabilizar en el año 2000 las emisiones de CO2 a los niveles de 1990 con el fin de combatir el efecto invernadero(22).

    En cumplimiento de ese acuerdo político, el Consejo adoptó varias medidas: Directiva 93/76 (SAVE) destinada a incrementar la eficacia energética, la Decisión 93/500 (ALTENER) encaminada a promover las fuentes de energías renovables, de estas dos medidas nos ocuparemos más detalladamente, y, finalmente, la Decisión 93/389, dirigida a controlar las emisiones de CO2.

    En 1995, la Comisión aprobó primero un Libro verde y más trade un Libro blanco sobre la política energética de la Comunidad (de los que también nos ocuparemos más detalladamente).

    a). Directiva SAVE I y II(23)

    La Directiva 93/76, SAVE I, estaba destinada a incrementar la eficacia energética de las viviendas, a fomentar los regímenes de inversión pública y a mejorar la eficacia de los coches y de las compañias industriales. Dicho programa expiró el 31 de diciembre de 1995. Sin embargo la Comunidad considerando que el programa SAVE constituía un elemento importante dentro de la estrategia comuniataria energética, determina la conveniencia de proseguir, intensificar y aprovechar tales acciones del programa SAVE dando lugar a un nuevo proyecto SAVE II.

    En 1996 el Consejo aprobó dicha Decisión, SAVE II, en materia de asistencia financiera a las medidas de ahorro energético que fue dotada con cuarenta y cinco millones de ecus para el período 1996-2000. Con arreglo al Programa se financiará actividades y medidas en materia de eficacia energética, haciéndose la Comisión responsable de la ejecución financiera y de la aplicación del programa. Dicho programa está abierto a los países asociados de Europa central y oriental.

    b). Programa ALTENER(24)

    También en 1993 se aprobó la Decisión 93/500 ALTENER para promover las fuentes de energías renovables, especialmente a través de incentivos financieros. El objetivo de dicho programa es la estabilización para el año 2000 de emisiones totales de CO2 en la Comunidad en el nivel registrado en 1990 mediante el desarrollo de las fuentes de energías renovables. El presupuesto para tales medidas era de 40 millones de ecus para el período de 1993-1997.

    Entre las acciones que podrán financiarse con este Programa podemos citar; iniciativas regionales que permitan el desarrollo o la creación de infraestructuras en materia de energías renovables, formación e información en el ámbito de las energías renovables...

    En el período 1993-1996 se presentaron al programa 695 proyectos como iniciativas de los Estados Miembros, de los cuales fueron aprovados 276. Estos proyectos han recibido un soporte de ls Comisión por valor de 26 millones de ecus (aproximadamente 4160 MPTA). España ha participado activamente en el Programa Altener. Se presentaron 48 Proyectos de los que fueron aprobados 25 con un soporte de 25 millones de ecus (397 MPTA)(25).

    Con el objetivo de presentar los proyectos desarrollados en el marco del Programa Altener y valorar su repercusión, así como recoger sugerencias para un nuevo Programa se celebró en Sitges del 25 al 27 de Noviembre de 1996 la Conferencia "El Programa Altener: la entrada de las Energías Renovables en el Siglo XXI" con una gran participación internacional.

    El 12 de marzo de 1997, la Comisión adoptó una propuesta de programa plurianual (1998-2002) para el fomento de las energías renovables Altener II(26). Este nuevo Programa incluye tres áreas principales de acción: mantener y ampliar las acciones emprendidas en el marco del programa Altener I, nuevas acciones objetivo para mejorar la penetración de las energías renovables y acciones dirigidas a la implantación de la Estrategia Comunitaria sobre Energías Renovables(27).

    Dicho programa fue aprobado por Decisión del Consejo, de 18 de mayo de 1998, sobre un programa plurianual de fomento de las energías renovables en la Comunidad. Los objetivos de dicho programa son:

    - Crear las condiciones jurídicas, socioeconómicas y administrativas necesarias para la aplicación de un plan de acción comunitaria sobre fuentes de energías renovables;

    - Fomentar las inversiones públicas y privadas en la producción y el empleo de energía a partir de fuentes renovables.

    Se prevé una dotación financiera de 22 millones de ecus para este programa, el cual está abierto a los países de Europa central, oriental y a Chipre.

    La Decisión es aplicable desde el 1 de enero de 1998 hasta la entrada en vigor del programa Marco plurianual para acciones en el sector de la energía y, a más tardar, hasta el 31 de diciembre de 1999.

    c). Libro Blanco y Libro Verde de la Comisión

    Como anteriormente mencionamos la Comisión aprobó en 1995 primero un Libro Verde y más tarde un Libro Blanco sobre la política energética de la Comunidad(28). El Libro Blanco definía los objetivos estratégicos de esa política, que consistían en la integración del mercado energético, la seguridad en el suministro de la energía y el fomento de la investigación y de la tecnología y del desarrollo sostenible, objeto este último que pretendía la internalización de los costes externos de la energía y el establecimiento de medidas económicas, especialmente tributos.

    Posteriormente en 1996 la Comisión adoptó un nuevo Libro Verde(29) sobre la estrategia comunitaria para fomentar las fuentes de energías renovables. Dicho Libro fue acogido favorablemente por el Comité Económico y Social el 24 de abril(30), el Parlamento Europeo el 15 de mayo(31), el Comité de las Regiones el 11 de junio(32) y el Consejo el 27 de junio(33).

    El objetivo del Libro Verde es crear un debate sobre las medidas urgentes e importantes relativas a las fuentes de energías renovables fijando los objetivos e identificando los obstáculos y las soluciones que deben aplicarse. El Libro Verde fija un objetivo ambicioso: duplicar en 15 años la contribución de las fuentes de energías renovables a el consumo energético interior (es decir 12% para el año 2010), lo que permitirá la creación neta de 500000 puestos de trabajos. Este objetivo implica un compromiso total por parte de los Estados miembros.

    LLama la atención sin embargo, que para aplicar esta normativa en los Estados miembros no se requiere ningún plazo.

    Posteriormente, el 26 de noviembre de 1997 la Comisión adoptó un Libro Blanco(34). Este Libro Blanco es el resultado de los debates suscitados por el Libro Verde presentado por la Comisión en noviembre de 1996.

    Será denominado el Libro Blanco por el que se establece una estrategia y un plan de acción comunitarios. Su objetivo será el ya señalado en el Libro Verde de alcanzar en 2010 una penetración mínima del 12% de las fuentes de energías renovables de la Unión Europea. Para alcanzar el objetivo global son necesarias inversiones estimadas en 95 millardos de ecus para el período del 1997-2010.

    Para el cumplimiento de este objetivo es necesario sensibilizar en mayor medida a los responsables de los distintos programas e intensificar la presencia de las energías renovables en las distintas políticas comunitarias como son;

    Medio ambiente,

    Empleo,

    Competencia y ayudas estatales,

    Investigación y desarrollo tecnológico, especialmente en el marco del programa JOULE-THERME,

    Política regional,

    Política Agrícola Común y desarrollo rural,

    Relaciones exteriores, especialmente mediante los programas Phare, TACIS, MEDA, etc.

    También se prevén medidas de apoyo, especialmente en el marco del programa Altener, para realizar una promoción adecuada, informar al consumidor, mejorar la posición de las fuentes de energías renovables en el mercado de capitales de los bancos institucionales y crear redes en el campo de las fuentes de energías renovables.

    Se lleva a cabo una campaña para el despegue de las fuentes de energías renovables, que tendrán por objeto estimular la realización de proyectos de envergadura en diferentes sectores de las energías renovables. La aplicación de la estrategia y del plan de acción presentados en el Libro Blanco será seguida atentamente en el marco del programa Altener, para evaluar los progresos realizados en lo que se refiere a la penetración de las fuentes de energías renovables.

    d). EUREC-AGENCY

    La EUREC-AGENCY fue creada en 1991 como forum de cooperación interdisciplinaria. En la actualidad cuenta con 36 miembros, entre las que se encuentra las más prestigiosas organizaciones internacionales relacionadas con las energías renovables, incluyendo instituciones académicas, centros nacionales de investigación y organizaciones responsables de proyectos de desarrollo, educación y entrenamiento, instalación y actividades de transmisión de tecnología.

    Como objetivos primordiales la EUREC-AGENCY promueve la cooperación internacional en los campos de la ciencia, tecnología y educación, así como el incremento de la implantación de sistemas de energías renovables en todo el mundo. Estos objetivos requieren proyectos de colaboración con instituciones de países en vías de desarrollo y del emergente bloque del Este europeo, a través de redes de trabajo internacionales. La EUREC asiste a sus miembros en la transferencia de información detallada de la Comisión Europea, en la formación de grupos para proyectos de I+D y en la definición de propuestas innovadoras para la Comisión Europea(35).

    IV.SITUACIÓN DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES EN ESPAñA

    El modelo energético español se caracteriza por tener un fuerte impacto ambiental y por una elevada dependencia del exterior. En el Estado Español el uso de las energías renovables supuso en 1996 solo un 7,2% del consumo total. El resto de los aportes de energías provienen del petróleo (55%), del Carbón (15%), nuclear (14%) y del gas (8%).

    Si tenemos en cuenta que la casi totalidad del petróleo y del gas provienen del exterior, que ya la mitad del carbón que consumimos es importado y que la tecnología de nuestras nueve centrales nucleares es norteamericana o alemana, podemos llegar a la conclusión de que nuestro sistema energético es muy poco autosuficiente y que, por tanto, mantiene una dependencia de otros países (aproximadamente 2/3)(36).

    La otra característica mencionada es el elevado impacto ambiental. La energía en España es la causa principal de la degradación medioambiental. Existe un grave problema de residuos radiactivos, cerca de un millar de embalses han anegado de forma irreversible 300 km cuadrados, en 1990 las emisiones netas ascendieron a 256 millones de toneladas de dióxido de carbono, a 2,4 millones de toneladas de dióxido de azufre y a 1,3 millones de toneladas de óxido de nitrógenos; por lo que es presumible que en la actualidad se hayan multiplicado en muchos de estos aspectos(37).

    IV.1. Situación global

    La aportación de las energías renovables al total de energía primaria es muy reducida. Como ya he señalado, en el Estado Español supuso en 1996 solo un 7,2% del consumo total. Este porcentaje varía mucho de un año a otro puesto que depende entre otros factores de la pluviosidad que se registre que, en caso de ser elevada, incrementa la produción de energía eléctrica de origen hidráulico. De ese 7,2% mencionado anteriormente la mayor parte de ese porcentaje, aproximadamente un 97% proviene de la energía hidráulica y de la biomasa. Las otras fuentes renovables (solar, eólica, geotérmica...) aún tiene una presencia muy escasa en el conjunto del sistema energético español.

    Las inversiones anuales en el sector de las energías renovables son cada día más importantes, habiéndose alcanzado una media en los últimos años de más de 25.000 millones de pesetas. Esta importante actividad es el soporte de casi 300 empresas del sector.

    Hay que tener en cuenta que las energías renovables tienen dos tipos de usos: la producción de electricidad y la producción de calor. Las áreas con producción principalmente eléctrica son la energía hidráulica, la incineración con aprovechamiento energético de los residuos sólidos urbanos y la energía solar fotovoltaica. La energía hidráulica es cuantitativamente la más importante desde el punto de vista de producción eléctrica. En este caso, a los importantes recursos de que se dispone, se unen gran experiencia en su aprovechamiento.

    La producción térmica con energías renovables proviene de la biomasa, energía solar térmica y geotermia. La biomasa engloba un gran número de recursos y aplicaciones, con tecnologías en muy diversos grados de madurez, desde los tradicionales usos domésticos a la tecnología más avanzada de gasificación, producción de biocombustible para el transporte o congeneración(38).

    Potencialmente España es un país con grandes posibilidades para el desarrollo de la energía solar térmica. Sin embargo la evolución histórica del sector ha demostrado que su desarrollo es complejo ya que el mercado de la energía solar es especialmente sensible a numerosos factores, tanto técnicos como económicos. Podemos observar que los costes son variables dependiendo de la instalación ya que exige un tipo de colectores diferente. También, la zona climática influye en el diseño del sistema con costes adiccionales para las instalaciones con peligro de heladas(39).

    Como ya he señalado el potencial de las energías renovables en España, aún con las limitaciones actuales de tecnología y costes económicos, es muy elevado. En el año 2005, si la Administración acometiese una decidida política de empleo de las energías renovables, éstas, excluyendo la hidráulica, podrían llegar a proporcionar 5,12 millones de toneladas equivalentes de petróleo (Mtep). Tal cifra debería crecer rápidamente a partir del año 2005, para alcanzar los 40 Twh (1 Twh=mil millones de kWh) en el año 2020(40).

    IV.2. Principales instrumentos de la política energética

    Con el objetivo de potenciar el uso de las fuentes de energías renovables y de obtener una mayor eficiencia energética se han desarrollado a nivel nacional una serie de programas e instituciones que paso a detallar.

    a). Departamento de Energías Renovables

    El Departamento de Energías Renovables tiene como objetivo la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico en las áreas de energía solar, eólica y biomasa, tanto en lo que se refiere al conocimiento del recurso energético como al desarrollo de las tecnologías, conversión y aprovechamiento.

    El entorno en el que se trabaja tiene tres grandes grupos. En primer lugar, el Programa Marco de Investigación y Desarrollo de la Unión Europea, que es un referente en la mayor parte de las actividades. La colaboración en el sector industrial es otro de los objetivos prioritarios que definen la actuación del área. Finalmente, la colaboración con Comunidades Autónomas y otras instituciones complementan el marco en el que se encuadran las acciones llevadas a cabo por el Instituto.

    En su conjunto la situación de los proyectos se encuentran en expansión al haberse producido un crecimiento de actividades y recursos en el área de las Energías Renovables tanto a nivel nacional como europeo(41).

    b). Ceder, Centro de Desarrollo de Energías Renovables

    El Centro de Desarrollo de Energías Renovables, Ceder, es un centro dependiente del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Ciemat, situado en la zona de la provincia de Soria conocida como los "Altos de Lubia".

    Su actividad se centra en el campo del aprovechamiento energético de la biomasa. Las dos líneas de actividades de I+D en el Ceder comprenden los aspectos más relevantes de estudio de la cadena de la biomasa como combustible en procesos de obtención de calor y electricidad. La primera de las líneas, producción y evaluación de recursos de biomasa, abarca el estudio de aspectos básicos referidos a la producción, disponibilidad y preparación de combustible biomásico para su uso en los procesos energéticos. La segunda, conversión termoquímica de biomasa, comprende el estudio de los citados procesos, entre los que destaca la combustión y gasificación(42).

    c). Programa de Energías Renovables

    En 1990 el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (PAEE) incluido dentro del Plan Energético Nacional, inició el compromiso del Ministerio de Industria y Energía de potenciar las energías renovables dentro del panorama energético español.

    Las opiniones sobre la eficacia y el resultado de este plan son, sin embargo, contrapuestas. En palabras del Ministerio de Industria y Energía "en 1996 tras seis años de vigencia de dicho Plan, se había alcanzado un 43,7% de los objetivos energéticos, es decir, se habían finalizado unos 3800 proyectos, con una aportación superior a los 500.000 Tep/año. La inversión total correspondiente fue de unos 150.000 millones de pesetas, de los que 23.000 millones de pesetas fueron apoyos públicos"(43).

    Para muchos otros como es el caso de D. José Santamarta, "el Plan de Ahorro y Eficacia Energética con unas inversiones ridículas en renovables conduce a un callejón sin salida"(44)

    Por último señalar que con respecto al Libro Blanco de las Energías Renovables de la Comisión Europea, el Estado Español ha iniciado ya las acciones encaminadas a la elaboración por el Ministerio de Industria y Energía, a través del IDEA, de un Plan de fomento (1999-2010) y de un Plan de Acción (1999-2005) sobre las energías renovables.

    IV.3. Legislación al respecto

    El legislador español no ha prestado demasiada atención a las energías renovables. Desde finales de los años 70, y debido a la crisis del petróleo, se empiezan a dictar algunas normas sobre esta materia. Sin embargo, suelen ser normas muy puntuales, sobre subvenciones, especificaciones técnicas o simplemente para buscar un mayor ahorro energético. No ha existido, ni existe verdaderamente, un marco legal sólido y significativo en el que se pueda apoyar el desarrollo de este tipo de energías.

    La Ley 82/1980 sentó un precedente importante para estimular el desarrollo, la investigación y la utilización de estas fuentes de energías. En ello se primaban todas las iniciativas, cualesquiera que fueran, que comportasen "la situación de un consumo energético de fuente procedente del petróleo por otra renovable"(45). La cogeneración, reducción o el simple control en el consumo energético eran actividades subvencionadas por la citada ley 82/1980 de 30 de diciembre, sobre conservación de la energía.

    La Ley 40/1994 (LOSEN) ha venido a derogar la Ley 82/1980 comentada y gran parte de su desarrollo. Este hecho no puede sino causar inquietud. El objetivo de la nueva ley no engloba una apuesta decidida por la implantación de instalaciones de energías alternativas. Deja vía libre a la expansión de las fuentes de energía alternativas, sin interponer demasiadas trabas a su difusión(46).

    Anteriormente en 1991 se aprobó la Orden de 28-06-1991, (91/19386), para la Aprobación de bases reguladoras de concesión y subvención a Proyectos de Utilización de Energías Renovables.

    En 1994 también se aprobó una Real Decreto 2366/1994 de 09-12-1994 (94/28980), sobre la producción de Energía Eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras fuentes de energías renovables.

    En 1997 debido al Programa de Ahorro y Eficiencia Energética se aprueba una Orden Ministerial de 6 de febrero de 1997, para la concesión de subvenciones a sectores de actuaciones en el campo de energías renovables.

    Es importante señalar la nueva Ley del Sector Eléctrico y el Régimen Especial de las Energías Renovables, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico. Esta ley constituye la norma básica en la que se fundamenta el nuevo sistema eléctrico liberalizado y competitivo que ha iniciado su desarrollo en España el 1 de enero de 1998- El fin de esta ley es la desregularización del sector eléctrico, con el objetivo de garantizar el suministro eléctrico y su calidad, al menor coste posible, todo ello sin olvidar la protección del medio ambiente(47).

    La Ley distingue dos grandes grupos de generación:

    Régimen ordinario para centrales convencionales.

    Régimen especial para instalación de alta eficiencia energética (cogeneración), con energías renovables y aquellas que eliminan un impacto ambiental.

    El 23 de diciembre de 1998 se aprueba el Real Decreto 2828/1998, (98/30041) sobre Producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas o fuentes de energías renovables, residuos y cogeneración, que desarrolla el Régimen Especial del Sector Eléctrico.

  2. SITUACIÓN DE LAS ENERGíAS RENOVABLES EN ANDALUCíA

    Una serie de condiciones claves hacen que la realidad energética andaluza posea unas caracteríticas especiales que detallo brevemente:

    El consumo energético per cápita de Andalucía está en la actualidad por debajo del nacional y muy lejos del comunitario.

    Andaluciá representa una gran dependencia energética de los productors petrolíferos, un 63%. Esta dependencia es análoga a la que representa España y muy superior a la de la UE.

    Andalucía es una región fuertemente deficitaria de generación de electricidad: produce aproximadamente un 50% de la electricidad que consume.

    El porcentaje de participación de las energías renovables en su estructura de consumo de energía finales es en torno al 5%.

    Presenta un porcentaje de autoabastecimiento energético del 8% muy por debajo del español y del europeo.

    Andalucía, que cuenta con pocos residuos energéticos convencionales, dispone de importantes recursos en fuentes renovables de energía, principalmente, energía solar, eólica y biomasa(48).

    El fomento del uso de este tipo de energía es una estrategia que puede jugar un papel decisivo en la disminución de la contaminación atmosférica generada por fuentes de energías convencionales.

    Entre dichas fuentes de energías, la de mayor tradición histórica en Andalucía es la hidroeléctrica, que presenta el segundo componente principal del parque de generación eléctrica de Andalucía. Junto a lo anterior, el aprovechamiento de los recursos de la biomasa vegetal puede considerarse también como un sistema tradicional que cobra cada vez mayor importancia. Otro recurso natural renovable, el procedente de la energía eólica ha recibido un impulso importante con la inauguración en 1997 del parque eólico de Enix (Almeria) que se convierte en el segundo en importancia en Andalucía. Finalmente la investigación creciente en aplicaciones de la energía solar (Plataforma Solar de Almeria) permitirá hacer posible una importante diversificación de usos energéticos.

    En consecuencia, el sector energético andaluz debe avanzar en tres direcciones:

    Transformar tecnológicamente el sector energético, actualmente dependiente del suministro de productos derivados del petróleo.

    Potenciar la diversificación energética.

    Ampliar los recursos propios de la región que contribuyan a reducir la dependencia de los combustibles fósiles importados.

    V.1. Principales instrumentos de la Política Energética

    a). Plan Director de Infraestructuras de Andalucía 1997-2007

    En 1998 se ha aprobado el PDIA que constituye un instrumento básico para la definición y coordinación de las actuaciones en materia de infraestructura de la Junta de Andalucía, distinguiendo entre sus áreas de actuaciones las Infraestructuras energéticas. En materia de energía, la propuesta del Plan, se articula en dos capítulos vertebradores: la organización regional de las infraestructuras y las energías renovables.

    Respecto a las energías renovables, éstas representan un porcentaje de participación de energía primaria de Andalucía en torno al 1,4% siendo su potencial altamente más significativo. En este Plan se establece que el desarrollo de energías renovables en Andalucía constituye, pues, una oportunidad de primer orden en el plano económico y territorial, que en el momento requiere intensos esfuerzos de investigación y desarrollo tecnológico, con el fin de diversificar las aplicaciones de estos recursos y hacerlos eficientes y competitivos(49)

    b). PROSOL, Program Andaluz de promoción de instalaciones de energías renovables

    Dicho programa creado inicialmente para el período 96-98, ha sido prorrogado en 1998 hasta finales del año 2002. Consiste en la concesión de ayudas públicas para impulsar el desarrollo de las energías renovables. Dichas ayudas provienen de la Consejería de Trabajo e Industria a través de la Dirección general de Industria, Energía y Minas.

    Puede beneficiarse de las mismas familias, empresas, asociaciones y entidades, para realizar instalaciones de los siguientes tipos:

    Producción de agua caliente por energía solar térmica

    Producción de electricidad por energía solar fotovoltaica, tanto de forma aislada como conectada a la red eléctrica.

    Producción de electricidad por energía eólica.

    La Junta de Andalucía ha destinado al PROSOL, la cantidad de 1472 millones de pesetas en el período 1996-1998, suma de fondos propios y recursos del Fondo Europeo de Desarrollo (FEDER), dentro del Marco de Apoyo Comunitario 1994-1999, en el Programa Operativo para Andalucía(50).

    c). Encuentro Técnicos-Jurídicos sobre Energías Renovables

    Desde hace algunos años se han venido desarrollando, con carácter anual, unos Encuentros sobre Energías Renovables cuyo fin es la discusión entre expertos multidisciplinares de aspectos tecnológicos y jurídicos de las Energías Renovables y la divulgación de sus conclusiones.

    El IV Encuentro se celebró en la Escuela Universitaria de Osuna, en noviembre de 1996. Con anterioridad se habian celebrado tres ediciones de estos Encuentros, la primera en 1993 se celebró en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, y versó sobre los aspectos jurídicos de ésta problemática. En 1994 se celebró el II Encuentro, dedicado a los aspectos relacionados con las acciones y medidas financieras y fiscales. El III Encuentro, celebrado en la Escuela de Ingenieros de Sevilla en 1995, tuvo como objetivo obtener las conclusiones entre empresas, sindicatos y grupos ecologistas para unificar criterios a la hora de apoyar el desarrollo de las Energías Renovables.

    El objetivo de este IV Encuentro fue el análisis y obtención de conclusiones, entre expertos, de las acciones más inmediatas a desarrollar en el ámbito de las competencias de las Corporaciones Locales, sobre los aspectos técnicos-jurídicos, informándose de esto a responsables políticos y técnicos de las Diputaciones y Ayuntamientos de Andalucía, empresarios técnicos y profesionales interesados. Todo ello con el objetivo de dar a conocer las posibilidades de las tecnologías energéticas renovables, en cuanto sustitución de energía primaria, sus aspectos enconómicos, beneficios ambientales y creación de empleo.

    El fruto más directo de estos Encuentros Técnicos-Jurídicos ha sido al asunción por parte de la Comisión Europea a través del Programa ALTENER del Proyecto ENER-IURE, que tiene como fin establecer la colaboración de unas líneas de acción, integrando las metodologías de los 15 estados miembros, que analizarán las regulaciones nacionales relacionadas con las Energías Renovables, formulando recomendaciones y proponiendo nuevas acciones, con el fin de eliminar las barreras jurídicas-administrativas con las que se encuentra las energías renovables para su desarrollo(51).

    d). Otras medidas

    El Instituto de Desarrollo Regional, Fundación Universitaria, puso en marcha en 1995, el Proyecto BSM, con el objetivo de analizar el mercado medioambiental, profundizar en el examen de la situación actual de determinados sectores de Andalucía y mantener un cauce abierto para el contacto entre los agentes interesados y el diálogo permanente.

    Desde entonces, en el marco del Proyecto BSM se están discutiendo con y entre los agentes un conjunto de recomendaciones para consolidar las espectativas, que existen en Andalucía, para la industria medioambiental en general y para las energías renovables en particular(52).

    Hay que destacar también que en 1997 la Universidad de Almería se convirtió en la sede del Instituto Interuniversitario de Energías Renovables. Esto ha sido un gran paso para intentar potenciar, desde la Comunidad Universitaria, la utilización de las Energías Renovables. Las Universidades Andaluzas deberán colaborar en cualquier proyecto o iniciativa que se dirija a aumentar la diversificación energética, el autoabastecimiento y el desarrollo y captación de estas nuevas energías en Andalucía.

    Por último destacar que en junio de 1999 se publicó la Orden de 14 de junio de 1999, por la que se regula la concesión de ayudas a actuaciones de uso racional de la energía o de la utilización de energías renovables, en el Marco del Plan de Ahorro y Eficacia Energética.

  3. CONCLUSIONES

    Las energías renovables presentan un reducido impacto ambiental, respecto a las tecnologías que emplean combustibles fósiles. Uno de los principales beneficios de estas energías renovables es la reducción de emisiones asociadas con la producción de la electricidad. Estas emisiones incluyen los gases de efecto invernadero y aquellos que producen la lluvia ácida de las plantas que utilizan combustibles fósiles y la radioactivdad asociada con el ciclo de combustible nuclear.

    Otros beneficios medioambientales de las renovables son el ahorro de agua, mejora de la calidad del suelo y el agua, el tratamiento de residuos, la reducción de la polución en el transporte y otras como; la seguridad en el suministro energético, el empleo, la reestructuración del mercado energético y la mejora de la economía de los países menos desarrollados(53).

    Las fuentes de energías renovables presentan, también, una dimensión social y económica; es una apuesta por fuentes de energías descentralizadas, gratuitas, generadoras de empleo en mayor proporción que las convencionales y cuyo disfrute queda garantizado por todos mediante tecnologías simples y de fácil acceso. Dichas tecnologías suponen un importante impulso para la generación de empleo(54).

    Por todas estas razones entiendo necesaria una buena difusión de las ventajas económicas, sociales y medioambientales de las Energías Renovables para conseguir un acercamiento de los usuarios a estos tipos de energías. Este trabajo debería hacerse desde las Corporaciones Locales, que tienen mayor capacidad de comunicación con su población.

    También la Universidad debe ser uno de los motores fundamentales es donde se apoye el desarrollo de las Energías Renovables: Potenciando la utilización de estas energías en las instalaciones universitarias.

    Como Gómez Camacho cita "es imprescindible, para potenciar el crecimiento de las energías renovables, coordinar los efuerzos de las empresas, la administración pública y los centros de investigación y realizar avances significativos en materia de formación, investigación y desarrollo tecnológico, capacidad empresarial, normativa, fiscalidad y financiación(55)".

    Como medida legislativa se gebería proponer a nivel regional una Ley Andaluza para el Desarrollo de las Energías Renovables y Eficacia Energética.

    NOTAS.

    (1). Carlos Martínez Camarero, http://www.ccoo.es/publicaciones/DocSindicales/renovables.html.

    (2). José Santamarta, GAIA Invierno 94-95, pp. 49.

    (3). Manuel Macías, CIEMAT, Tecno ambiente, pp. 60.

    (4). Carlos Martínez Camarero, http://www.ccoo.es/publicaciones/DocSindicales/renovables.html

    (5). Maria del Rosario Heras Celemín, Francisco marín Morillas, Ignacio Cruz, Tecno ambiente, núm. 71, pp. 35

    (6) Carlos Martínez Camarero, http://www.ccoo.es/publicaciones/DocSindicales/renovables.html

    (7). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 6.

    (8). Carlos Martínez Camarero, http://www.ccoo.es/publicaciones/DocSindicales/renovables.html

    (9). Informe de Greenpeace "Energías renovables: Beneficios para repartir".

    (10). José Santamarta, GAIA Invierno 94-95, pp. 54 ss.

    (11). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 10.

    (12). Primer Programa de Acción en materia de medio ambiente, DOCE C 112/1 (1973).

    (13). Quinto Programa de Acción Ambiental, DOCE C 138/1 (1993), pp. 28 ss.

    (14). Derecho Ambiental y tratado de la Comunidad Europea, Ludwig Krämer, pp. 53.

    (15). Derecho Ambiental y tratado de la Comunidad Europea, Ludwig Krämer, pp. 63.

    (16). Europa, http://europa.eu.int/pol/ener/index_es.htm.

    (17). DOCE C 196/1 (1992).

    (18). Documento Com (95) 172, de 10 de mayo de 1995.

    (19). Europa, http://europa.eu.int/pol/ener/index_es.htm.

    (20). Comisión Europea, Documento COM (88) 174 final, de 6 de abril de 1988.

    (21). Comisión Europea, Documento COM (89) 369, de 8 febrero de 1990.

    (22). Boletín de la CE, núm.10 (1990), punto 1.3.77.

    (23). Directiva 93/76, DOCE L 237/28 (1993) (SAVE I), y Decisión 96/737, DOCE L 335/50 (1996) (SAVE II).

    (24). Decisión 93/500, DOCE 235/14 de 19 de septiembre de 1993, ALTENER I

    (25). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 10.

    (26). Decisión del Consejo, de 18 de mayo de 1998, DOCE L 159, 3.06.1998.

    (27). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 10.

    (28). Doc. COM (94) 659, de 11 de enero de 1995 (Libro verde), y COM (95) 682, de 13 de diciembre de 1995 (Libro blanco). Veáse también la Resolución del Consejo de 8 de julio de 1996, DOCE C244/1 (1996), hace comentarios sobre el Libro blanco.

    (29). Documento COM (96) 57. De 20 de noviembre 1996.

    (30). DOCE C 206 de 7 de julio de 1997 y Pol. 4-1997, punto 1.3.139.

    (31). DOCE C 167, de 2 de junio de 1997 y Bol. 5-1997, punto 1.4.103.

    (32). DOCE C 244 de 11 de agosto de 1997 y Bol. 6-1997, punto 1.3.152.

    (33). DOCE C 210 de 11 de julio de 1997 y Bol. 6-1997, punto 1.3.151.

    (34). Documento COM (97) y Bol.11-1997, punto 1.3.128.

    (35). Parque Eólico, Instituto Tecnológico de Energías Renovables; http://www.iter.rcanaria.es/eurec.htm

    (36). Carlos Martínez Camarero, http://www.ccoo.es/publicaciones/DocSindicales/renovables.html

    (37). Jonsé Santamarta, GAIA Invierno 94-95, núm.7 pp. 49.

    (38). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 16 ss.

    (39). IV Congreso nacional del Medio Ambiente, Madrid, del 23 al 27 de noviembre de 1998. Volumen 5 pp. 238.

    (40). José Santamarta, GAIA, Invierno 94-95, núm.7, pp. 52.

    (41). Departamento de Energías Renovables, http://www.ciemat.es/departamentos/dep_eneren.htm

    (42). Ceder, Centro de Desarrollo de Energías Renovables, http://www.ciemat.es/sweb/ceder/webceder.htm

    (43). Las Energías Renovables en España, Balance y Perspectivas 2000, 4 Edición, Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales, Ministerio de Industria y Energía, pp. 2.

    (44). José Santamarta, GAIA, Invierno 94-95, núm.7, pp. 49.

    (45). Art.2.1 apdo.k de la Ley 82/1980 de 30 de diciembre.

    (46). LA LEY-ACTUALIDAD, Sistema de Medio Ambiente (IV) Mayo 1996, VIII, pp. 43.

    (47). Informe 1998, Medio Ambiente en Andalucía, pp. .271.

    (48). Informe 1997, Medio Ambiente en Andalucía, pp. 207 ss.

    (49). Informe 1998, Medio Ambiente en Andalucía, pp. .265 ss.

    (50). Orden de 24 de abril de 1997, por la que se hacen públicas las normas reguladoras de la concesión de ayudas del programa andaluz de promoción de instalaciones de energías renovables para el período 1996-1998 (PROSOL 96-98) (Boja núm.125, de 25 de octubre de 1997).

    (51). Salvador García Navarro, M.Enrique Belloso Pérez, El papel de las energías renovables en el desarrollo local, tecno ambiente, nú.71 Abril 1997, pp. 52 s.

    (52). Carlos Román del Río, José C. Cuerda García-Junceda, Maria José Fernández López, Florencio Sánchez Escobar, Eva Vazquez Maldonado, Economía de las energías renovables, tecno-ambiente, núm.71, Abril 1997, p.55.

    (53). IV Congreso nacional del Medio Ambiente, Madrid, del 23 al 27 de noviembre de 1998. Volumen 5 pp. 247.

    (54). Carlos Román del Río, José C. Cuerda García-Junceda, Maria José Fernández López, Florencio Sánchez Escobar, Eva Vazquez Maldonado, Economía de las energías renovables, tecno-ambiente, núm.71, Abril 1997, p.56.

    (55). Gómez Camacho, C. Belloso Pérez, E Y Gracia, S. 1993,1994,1995,1996. Conclusiones. Documentos finales del I, II, III y IV Encuentros Técnicos-Jurídicos sobre Energías Renovables. Forum Solar. Sevilla.

    Medio ambiente & Derecho

    Revista eléctronica de derecho ambiental

    Proyecto de Investigación SEC 2001-3160 "Régimen jurídico de los recursos

    naturales"

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