El Notariado en la era digital: imperiosa necesidad de estar en la vanguardia

AutorÁngel Serrano de Nicolás
CargoDirector. Doctor en Derecho. Notario de Barcelona
Páginas3-4
LA NOTARIA | | 1/2016 3
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Editorial
El Notariado en la era digital: imperiosa
necesidad de estar en la vanguardia
A lo largo de la historia de la humanidad, se han ido sucediendo diversas revo-
luciones o cambios que han arrumbado con todo lo anterior, unas veces transfor-
mándolo y otras, sencillamente, arrinconándolo, y, seguramente, sus protagonistas
(quienes las producen y quienes las sufren o disfrutan) no las percibieran con la
intensidad que luego se ha podido comprobar que influyeron en el devenir de las
personas, formas de vida, de actuar e incluso de pensar.
Ahora estamos inmersos en la revolución digital, una nueva era en la que, sin
darnos completamente cuenta (y ahí puede estar el gran problema), se está transfor-
mando nuestra globalizada sociedad, transformación a la que no es ajeno lo digital
y, por su irrefrenable impulso, el modo de producción, sean los puestos de trabajo,
de comunicación, de almacenamiento, de distribución, de puesta a disposición de
las innovaciones, etc. No se trata de hacer un recuento aquí de cómo incide hasta en
nuestros más sencillos o irrelevantes modos de vida, de trabajo o de ocio, sino de ver
la absoluta necesidad de que el Notariado esté a la vanguardia de las innovaciones
que se van produciendo y, por lo tanto, en su modo de actuar.
Es cierto que, en los tres últimos decenios (o seis lustros a caballo entre siglos),
se han producido en las oficinas notariales, sin alterar la esencia del Notariado, más
modificaciones que en toda su historia, aunque esta no se circunscriba al Notariado
nacido de la Ley de 1862. Y se ha mantenido (e incluso reforzado) la función nota-
rial, justo por ir bastante más allá de la simple función fedataria; las máquinas y las
nuevas tecnologías también pueden acreditar hechos, pero es indudable que lo de
fedatario público no sería sino un simple aspecto, y no el más relevante, dentro de la
función notarial, por lo que resulta inapropiado, aunque no sea infrecuente, que se
tienda a asimilar el concepto de fedatario público (en el que se engloban varios y va-
riados profesionales, incluso funcionarios públicos) con el de Notario, cuya función,
más que las leyes, ha ido configurando la sociedad misma, y bien se nota justo en
la jurisprudencia que trata de la responsabilidad civil, con algunos casos recientes y
sangrantes al margen de la mayor o la menor exigibilidad de la actuación al amparo
de un texto positivo.
Así, a velocidad de crucero, se ha superado la máquina de escribir, la función de
la fotocopiadora (ahora también impresora e incluso fax, ya no de papel térmico), y
aunque todavía (por razones no siempre de fácil justificación) no se pueda acceder
al Registro de la Propiedad, ni las últimas reformas hayan supuesto precisamente
una mejora en las denominadas sociedades exprés, lo cierto es que la Notaría, gracias
a la revolución digital, es el epicentro de la contratación, incluso en masa o con múl-

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