ORDEN ECO/207/2014, de 10 de julio, por la que se regulan los requisitos mínimos de compatibilidad de los terminales y dispositivos que se utilizan para la participación en la lotería Binjocs.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

El Decreto 97/2014, de 8 de julio aprueba el Reglamento de la lotería Binjocs. Esta lotería se caracteriza por el hecho de que los jugadores pueden participar a través de terminales de juego ubicados en establecimientos autorizados y que disponen de control de acceso, o de dispositivos vinculados a los establecimientos referidos.

Los terminales y los dispositivos de juego están conectados a los sistemas informáticos de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad. Esta conexión permite que cada terminal o dispositivo disponga del software necesario para la práctica del juego, y no es posible el desarrollo de esta lotería sin esta conexión.

El nuevo Reglamento de Binjocs deroga el anterior, aprobado por el Decreto 99/2010, de 27 de julio y, fundamentalmente, innova en el sentido de incluir la posibilidad de jugar a esta lotería mediante dispositivos electrónicos vinculados a los establecimientos autorizados, además de hacerlo a través de los terminales de juego tradicionales.

En consecuencia, esta Orden regula los requisitos mínimos de compatibilidad de los terminales y dispositivos que se utilicen para la participación de la lotería Binjocs y desarrolla el Decreto 97/2014, de 8 de julio, para adaptar esta regulación al nuevo Reglamento y a los nuevos medios de juego que este prevé.

Esta disposición, al tratarse de una reglamentación técnica, se ha sometido al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento y del Consejo, de 22 de junio, sobre el procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, modificada por la Directiva 98/48 CE, de 20 de julio, así como en el Real decreto 1337/1999, de 31 de julio, que regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información.

Razones comerciales y de planificación en el tiempo, en función de los parámetros y de los criterios comerciales y económicos aplicables, con el objetivo de asegurar la continuidad de la comercialización de la lotería Binjocs, hacen aconsejable que la entrada en vigor de esta Orden se produzca el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Por tanto, a propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, y haciendo uso de las facultades que me atribuye la disposición final segunda del citado Decreto 97/2014, de 8 de julio

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta Orden es regular los requisitos mínimos de compatibilidad de los terminales y dispositivos que se utilizan para la práctica de la lotería Binjocs, organizada, gestionada y comercializada por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad.

Artículo 2

Características de los terminales y de los dispositivos

2.1 Los terminales y los dispositivos para la práctica de la lotería Binjocs deben reunir los requisitos siguientes:

2.1.1 Modelo de sobremesa y modelo con mueble compatible plataforma PC Windows:

  1. Maquinaria compatible con un ordenador personal.

  2. Sistema...

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