Las mutuas de seguros. inconcluso marco legal y desmutualización del sector

AutorCarlos Vargas Vass erot
Páginas243-263
LAS MUTUAS DE SEGUROS. INCONCLUSO MARCO
LEGAL Y DESMUTUALIZACIÓN DEL SECTOR*
Carlos VARGAS VASSEROT**
SUMARIO: I. MUTUALIDAD, SEGURO Y MUTUAS DE SEGUROS.—II. L A EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DE LAS MUTUAS DE
SEGUROS Y SU INCOMPLETO MARCO LEGA L EN LA ACTUALIDAD.—III. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS RELA-
CIONES MUTUALISTAS EN LAS MUTUAS DE SEGUROS.—I V. PRINCIPALES NOVEDADES DEL RÉGIMEN LEGAL
DE LAS MUTUAS Y EL RIESGO DE DESMUTUALIZACI ÓN DEL SECTOR: 1. Continuidad con el ré gimen anterior. 2. La
proscripción legal de las mutuas a prima variable. 3. El régimen de modif‌icaciones estructurales. 4. Grupos mutuales.—
BIBLIOGRAFÍA.
I. MUTUALIDAD, SEGURO Y MUTUAS DE SEGUROS
Las mutuas de seguros constituyen una forma especial de explotar la activ idad
aseguradora ca racterizada, como otros tipos de empresas del sector que se integra n
en la denominada economía social —mutuas de previsión social y cooperativas de
seguros— por su naturaleza eminentemente mutualist a frente a las entidades ase -
guradoras con forma de so ciedades anónimas en las que predomina el interés lucra-
tivo de la entidad. Pero conviene, con carácter previo, hacer u na serie de precisiones
a esta af‌irmación. Mutualidad sign if‌ica ayuda y socorro mutuo, satisfacción de ne-
cesidades comunes y ausencia de ánimo de lucro en la gestión con los socios 1, pero
lo que ocurre es que la propia esencia del seguro, cualquiera que sea su forma de
explotación, es siempre la mutualidad en el sentido de la existencia de un grupo de
personas sometidas a los mismos r iesgos que contribuyen recíprocamente a repara r
* Estudio rea lizado en el marco de P royecto de Investigación DER 2013-48864-C2-1-P del Min isterio
de Economía, Indus tria y Competitivid ad, titulado «Integración co operativa y reestr ucturaciones socia l-
mente responsables . Mecanismos de creación de empleo e inc remento de productividad empresa rial» y
del Centro de Invest igación en Derecho de la Economía Soci al y de la Empresa Cooperativa (CIDE S) de
la Universidad de A lmería.
** Catedrático de Derecho Me rcantil. Universidad de A lmería.
1 En nuest ra doctri na los dos trabajos es enciales sobre la mut ualidad, aunq ue referida esenci al-
mente a las sociedad es cooperativas, son M.ª L. LL OBREGAT HURTADO, Mutua lidad y empresas coope rativas,
Barcelona, Bo sch, 1991, y M. PANIAGUA ZURER A, Mutuali dad y lucro en l a sociedad co operativa, Mad rid,
McGraw-Hill, 1997.
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las consecuencias de los siniestros que afectan a cada una de ellas 2 . Y lo cierto es
que, como demuestra su origen y desarrollo histórico, el seguro es una institución
de previsión basada en la mutualidad técnicamente organizada 3.
El seguro, aunque encuentra sus antecedentes en diversas asociaciones de asis-
tencia recíproca y socorro mutuo de la A ntigüedad (como las que recogen el Código
de Hammurabi en Oriente y las Leyes de Rodas en Grecia o las que se desar rollan en
Roma a través de los collegia de enterramientos militar es y civiles), surge en el ámbito
del comercio marítimo en el medievo italiano, como una desviación del préstamo a la
gruesa, motivada por las prohibiciones canónicas que calif‌icaban a este de usura rio
por los intereses cobrados (usurae ma ritimae), que eran notablemente superiores a los
normales y sin limitaciones 4. Posteriormente, como se sabe, la práctica del segu ro se
extiende a actividades diferentes de la navegación y del propio comercio y el ámbito
de los bienes e intereses asegurables y de los sujetos que interv ienen como tomadores
del seguro o como asegurados, pero desde momentos muy iniciales de la institución
se pueden distingui r dos formas de explotación del seguro: la mutua y la lucrativa.
La primera parece que surge históricamente en el siglo X III en Alemania y en
Flandes como un desarr ollo del auxilio mutuo que daban las gui ldas medievales
(corporaciones de mercaderes o comerciantes también denominadas hansas) en
caso de siniestros sufridos por sus miembros, en especial contra incendios (Bran d-
gil den). Se cita un seguro concertado en forma mutua en 1591 por cien fabricantes
de cerveza de Hamburgo como el contrato de segu ro de incendios más antiguo del
que se tiene constancia documental 5.
Estas primitivas asociaciones de asistencia recíproca por su defect uosa organi-
zación técnica y limitado ámbito de actuación generaban ev identes riesgos para sus
asociados, por lo que fueron paulatinamente siendo sustituidas a part ir del siglo XVIII
por entidades públicas de seguros (Sozietäten) hasta llegar a la f undación de grandes
mutuas de seguros a principios del siglo XIX 6. En España el proceso fue parecido,
pero el germen de las mutuas de seguros se encuentra en las cofrad ías y posteriores
hermandades de socorro de los gremios muy inf‌luenciados por la Iglesia (siglo XIV) que
pasaron después (siglo XVIII) a ser sustituidas por los montepíos ya bajo el control del
Estado 7. En cualquier caso, es un hecho que el mutualismo de previsión y socorro
mutuo nació antes que el mutualismo estrictamente de seguros 8. Sin emba rgo, en
España la primera compa ñía de seguros se creó en 1785 en el ámbito marítimo, mien-
tras que la primera mutua de seg uros de la que se tiene constancia es la Sociedad de
Seguros Mutuos de Incendios de casas en Madr id que se constituyó en 1822 9.
2 Por todos, J. GARRIGUES, en su mag istral Contrato de seguro te rrestre, 1.ª ed., Madrid, 1973, pp. 23-34.
3 En palabras de BEN ÍTEZ DE LUGO, Tratado de seg uros, vol. I, Madrid, 1955, p. 11.
4 Para eludir las term inantes proscripciones ecle siásticas sobre la usura , se intentó dar al contrato
de préstamo a la g ruesa una aparienc ia de licitud que f‌inalmente de sembocó en una nueva inst itución: el
contrato de segur o marítimo, que vino a sustit uir a la cobertura de los rie sgos propios de la expedición
marítima que s e realizaba por el pré stamo a la gruesa; y l a prima del seguro, pr ecio de dicha cobertu ra, a
los intereses remu neratorios. Sobre la descr ipción del desarrollo del seg uro marítimo a par tir de la pro-
hibición del préstam o a la gruesa por usura rio, y las diversas justi f‌icaciones de la natura leza jurídica del
seguro vi d., la clásica obr a de L. GOLDSCHMIDT, Stori a universale del diritto comme rciale (trad. Pouchain y
Scialoja de la orig inal Universalgeschichte des Handel srechts, Stuttgart, 1891), Torino, 1913, pp. 281 a 283.
5 L. BENÍTEZ DE LUGO, Tratado d e seguros, op. cit., p. 100.
6 F. HERR MANNSDOR FER, Seguros P rivados, Madrid, 1933, pp. 30 y s.
7 L. M. ÁVALOS, «Antecedentes h istóricos del mutualismo», CIRIEC-España, núm. 12, pp. 40 -42.
8 R. MORENO, «La génesis del mutua lismo moderno en Europa», REVESCO, núm. 72, pp. 199-214.
9 Por seguir con las cur iosidades históricas, en 1834 se fu nda la Mutua de Extramuros en Madrid y
la Mutua de Sevill a, y en 1835 se constituye la Sociedad de S eguros Mutuos contra incendios d e Barcelona.
Datos extraídos d e GARRIDO Y COMAS , Tratado general de segur os, t. I, vol. I, Madrid, 1986, pp. 26 y s.

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