SAP Las Palmas 444/2007, 21 de Noviembre de 2007

PonenteLUCAS ANDRES PEREZ MARTIN
ECLIES:APGC:2007:2920
Número de Recurso119/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución444/2007
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

Rollo nº 119/2007

Asunto: Reivindicatoria de serventía.

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia No. 2 de Guía

Iltmos. Sres.-

PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo

MAGISTRADOS: Don Víctor Manuel Martín Calvo

Don Lucas Andrés Pérez Martín

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 21 de noviembre de dos mil siete;

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de septiembre de 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Guía en los autos de Juicio Ordinario nº 346/2005 seguidos a instancia de DON Matías, parte apelante, representado en esta alzada por la Procuradora DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARRERO GARCÍA, asistido por el Letrado DON PEDRO AGUIAR GONZÁLEZ, contra DON Alfredo y DOÑA Angelina, partes apeladas, representadas en esta alzada por la Procuradora DOÑA MARÍA GUILLÉN CASTELLANO, y asistidas por el Letrado DON LUIS MEJÍAS RUIZ, siendo ponente el Sr. Magistrado DON Lucas Andrés Pérez Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 2 de Guía, se dictó en los autos del Juicio Ordinario nº 346/2005, del que dimana el presente Rollo, Sentencia cuya parte dispositiva literalmente establece:

SE DESESTIMA la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Matías frente a D. Alfredo y a Doña Angelina, representados por la Procuradora Doña Teresa Guillén Castellano, absolviendo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra, con expresa imposición de las costas causadas a la parte actora

.

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 26 de septiembre de 2006, se recurrió en tiempo y forma en apelación por la parte demandante, interponiéndose tras su anuncio el citado recurso con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la recurrida presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. Sin necesidad de celebración de vista en esta alzada, se señaló para discusión, votación y fallo, quedando los autos pendientes de sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, salvo la del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Reclama el demandante en el presente proceso la declaración de la propiedad de la finca que describe en su demanda, así como que se condene a los demandados a dejar libre dicha propiedad, sin que puedan dejar objeto o automóvil alguno sobre la citada propiedad, así como al abono de las costas. Los demandados se oponen manifestando que tras las sucesivas segregaciones de la finca no puede conocerse cuáles son los 239 metros cuadrados de los que se manifiesta propietario, ya que consta en el registro que "no pueden determinarse cuales puedan ser sus demás características descritas, por no resultar del registro", por lo que no se da uno de los requisitos de la acción reivindicatoria, la correcta identificación de la finca, así como que son propietarios de la propiedad colindante a la del demandante por sucesión de Don Luis Carlos, familiar del demandante que vivió siempre en esa vivienda, en iguales condiciones que los demandados, sin problema alguno, que la linde de la propiedad siempre fue la pared de piedra seca bajo la que se encuentra su propiedad y que la serventía que se recoge en el registro no es el lugar señalado por el demandante donde suelen dejar sus vehículos los demandados.

La resolución atacada desestima los pedimentos de la demanda, toda vez que afirma que de las pruebas obrantes en autos...

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