Modificaciones fiscales para 2010

AutorIratxe Celaya Acordarrementería
CargoAbogada del Área de Fiscal y Laboral de Uría Menéndez (Bilbao)
Páginas81-85

Page 81

Introducción

Durante el año 2009 se han aprobado diversas normas de contenido tributario, entre las cuales destacan las siguientes:

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Ley 11/2009, de 26 de octubre, por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.

— El Real Decreto 2004/2009, de 23 de diciembre, que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas.

Por su importancia, también nos referiremos a los siguientes documentos:

— Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Tributos, relativa a la aplicación e interpretación de determinadas directivas comunitarias en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido.

— Decisión de la Comisión Europea de 28 de octubre de 2009, relativa a la amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras n.º C45/2007.

Las novedades fiscales que a continuación analizaremos de manera sucinta responden a diversos motivos, entre los que destacan las medidas aprobadas como consecuencia de la situación económica actual, que ha producido una drástica reducción de ingresos tributarios al mismo tiempo que se incrementa el gasto social, y que van dirigidas tanto al incremento de la recaudación como al mantenimiento del empleo y la adaptación de la fiscalidad a la nueva coyuntura económica.

Además, al margen del motivo indicado en el párrafo anterior, se han producido las siguientes modificaciones relevantes:

(i) Adaptación a las directivas comunitarias de lo que se ha venido denominando como Paquete de IVA.

(ii) Regulación del nuevo régimen especial de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario.

(iii) Otras modificaciones, como las medidas de actualización que año tras año se recogen en la Ley de Presupuestos o la reforma del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas («IRPF»)

En el ámbito del IRPF destaca el incremento de la tributación de las rentas del ahorro, que pasan de tributar al 18% a hacerlo en dos tramos, al 19% para la parte de base liquidable hasta 6000 euros y al 21% desde 6000,01 euros en adelante.

También en relación con las rentas del ahorro, se suaviza el régimen de los intereses percibidos por prestamos concedidos por el contribuyente a favor de una entidad vinculada. Hasta la fecha, estas rentas formaban parte de la renta general en cualquier caso. Sin embargo, a partir de ahora, y con efectos desde el 1 de enero de 2009, se elimina la restricción total y se regula un límite para la concesión de préstamos socio-sociedad (el importe prestado no puede superar tres veces los fondos propios), que si no se supera permite integrar los intereses en la renta del ahorro.

En lo que se refiere a la escala de gravamen general se mantiene como en 2009.

Se suprime la deducción de 400 euros por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas implantada en 2008 como mecanismo de ayuda a las familias, ya que, en opinión delPage 82 legislador, han desaparecido las razones que justificaron su adopción.

Por otra parte, se regula una medida excepcional, al objeto de favorecer la recuperación económica, consistente en una reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento de empleo. Esta medida consiste en una reducción del 20% aplicable sobre el rendimiento neto derivado de las actividades económicas en los períodos impositivos 2009, 2010 y 2011. Para la aplicación de la reducción es preciso que el contribuyente tenga una cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y una plantilla media inferior a 25 trabajadores y que se mantenga el promedio de la plantilla media de 2008. Esta medida se aplica de forma independiente en cada uno de los períodos impositivos en que se cumplan los requisitos.

En el ámbito de los rendimientos del trabajo se aprueban dos medidas: se equipara la tributación de las indemnizaciones percibidas al amparo de un Expediente de Regulación de Empleo y las derivadas de despidos individuales por causas objetivas a las percibidas por despido improcedente; y se eleva el limite cuantitativo exento, de 12.020 euros a 15.500 euros, correspondiente a las prestaciones por desempleo reconocidas por la respectiva entidad...

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