ORDEN 32/2011, de 16 de mayo de 2011, de la Conselleria de Educación, por la que se minora el importe global máximo previsto en la Orden 7/2011, de 16 de febrero, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias, radicadas en la Comunitat Valenciana, para la realización de actividades de promoción del uso del Valenciano en 2011.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden 7 de 16 de febrero de 2011, de la Conselleria de Educación, (DOCV núm. 6471 / 02.03.2011) se convocan las ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias, radicadas en la Comunitat Valenciana, para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano en 2011, cuyo importe global máximo ha de minorarse, atendiendo a las medidas de contención del gasto público aprobadas por Acuerdo del Consell de 11 de marzo de 2011.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que me son conferidas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, modificada por la Ley 12/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat y el Decreto 118/2007, de 27 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación y vista la propuesta de la secretaria autonómica de Educación de 13 de abril de 2011, y de conformidad con esta,

ORDENO

Único

Minorar en 11.600 € (once mil seiscientos euros) el importe global máximo previsto en el artículo tercero de la citada orden, en relación a la línea T3168000 de la aplicación presupuestaria 09.02.04.422.50.4 correspondientes al presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2011. El importe resultante es, por lo tanto, de 215.900 € (doscientos quince mil novecientos euros).

DISPOSICIONES FINALES

Única

Esta orden producirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, y 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición, o bien se podrá plantear directamente recurso contencioso...

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