Los medios para obtener el conocimiento del ilícito

AutorFernando Jorge Córdoba
Páginas125-135
125
CAPÍTULO V
LOS MEDIOS PARA OBTENER EL CONOCIMIENTO
DEL ILÍCITO
1. CUESTIONES PREVIAS
Al precisar los límites de la investigación se explicó que no forma parte
de su objeto la cuestión relativa a la consciencia del ilícito, sino que se par-
te de que ya se ha establecido, con los criterios que se estime correctos, la
existencia de un error de prohibición. Ello no obsta, sin embargo, a que se
aclare un aspecto en relación con el cual no existe controversia y que facili-
tará la comprensión de lo que sigue.
En efecto, más allá de la utilización —fundamentalmente por razones de
comodidad— de expresiones tales como conocimiento de la norma o de la
antijuridicidad, en todo caso lo que está claro es que se trata del conocimien-
to de la norma y de su aplicación al caso concreto. Dicho de otro modo, se
precisa el conocimiento de la existencia y del contenido de la norma, donde
«conocimiento del contenido de la norma» es una expresión equivalente a
«conocimiento de que el hecho planeado se subsume bajo la norma», pues
quien no sabe que su conducta está abarcada por la norma, tampoco conoce
el contenido de la norma, aunque pueda reproducir su tenor literal de me-
moria.
2. LA REFLEXIÓN COMO PASO PREVIO A LA BÚSQUEDA
DE INFORMACIÓN
Los medios para la obtención del conocimiento del ilícito son, según la
opinión dominante, la ref‌lexión y la búsqueda de información 1. A este res-
pecto, señala Rudolphi que:
1 Cfr., p. ej., RUDOLPHI, Unrechtsbewußtsein, pp. 205 y ss., pp. 222 y ss., y p. 292; ROXIN, AT 4,
§ 21, nm. 52; NK-NEUMANN, § 17, nm. 62 y ss.; STRATENWERTH, Vermeidbarer, p. 486; FREUND,
AT, 4/68; KÜHL, AT, 13/61 y ss.; KINDHÄUSER, AT , § 28, nm. 14 y ss.; WELZEL, Strafrecht, p. 172;

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