SAP Barcelona 236/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2007:3485
Número de Recurso527/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución236/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimosexta

ROLLO Nº 527/2006 -A

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 821/2004

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 37 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 236/2007

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO

D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de Abril de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 821/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 37 Barcelona, a instancia de Dª. Ana, representada por la Procuradora Doña Anna Camps Herreros, contra D. Fermín y Valentín, representados por el Procurador D. Federico Barba Sopeña; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de marzo de 2006, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Ana, con domicilio en Ciudadela, Calle DIRECCION000 NUM000 y NIF NUM001, representada por la Procuradora Anna Camps Herreros y defendida por el Letrado Rafael Martín Bueno, contra D. Valentín con domicilio profesional en Barcelona, Calle DIRECCION001, NUM002 y NIF NUM003 y contra D. Fermín, con igual domicilio que el anterior, representados por el Procurador Federico Barba Sopeña y defendidos por el Letrado Julio Nuñez Esteban, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de todos los pedimentos formulados en su contra, con expresa imposición de las costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 11 de abril de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al pronunciamiento íntegramente desestimatorio de la demanda origen de las presentes actuaciones contenido en la sentencia apelada se alza la actora, Dª Ana, insistiendo en la procedencia de la indemnización allí reclamada por razón del indeseado resultado de las intervenciones de cirugía estética a las que se sometió en fechas 20 de noviembre de 2000, 6 de marzo de 2001 y 20 de enero de 2002. No hace ya, por tanto, referencia la recurrente en esta segunda instancia a la falta de información inicialmente denunciada, por lo que, dando por reproducidos al respecto los razonamientos del Juzgado, no se hace preciso examinar aquí el expresado fundamento jurídico de la responsabilidad en principio exigida a los Dres. D. Fermín y D. Valentín.

SEGUNDO

Es verdad que en supuestos de cirugía estética tiene declarado el Tribunal Supremo que la obligación de medios del médico se intensifica. Porque, sin perder tal carácter, resulta exigible una mayor garantía en la obtención del resultado (v. entre otras, SS de 25 de abril de 1994, 27 de junio de 1997, 28 de diciembre de 1998, 19 de abril de 1999, 11 de diciembre de 2001, 23 de diciembre de 2002, 22 de julio y 8 de septiembre de 2003, 22 de junio y 29 de octubre de 2004 y 18 de mayo de 2006...

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