SAP Madrid 443/2006, 9 de Octubre de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
ECLIES:APM:2006:13605
Número de Recurso148/2006
Número de Resolución443/2006
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00443/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 19ª

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN 148 /2006

Procedimiento: ORDINARIO 390/2004

Juzgado de 1ª Instancia nº 2 DE ARANJUEZ

Apelante/s: SERVICIOS INMOBILIARIOS RIDOMI SL

Procurador:

Apelado/s: Jose Ignacio

Procurador: GRACIA ESTEBAN GUADALIX

SENTENCIA Nº 443

PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, nueve de octubre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 390/2004, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 2 de ARANJUEZ, a los que ha correspondido el Rollo 148/2006, en los que aparece como parte apelante la entidad SERVICIOS INMOBILIARIOS RIDOMI, y como apelado D. Jose Ignacio, representado por la Procuradora Dª GRACIA ESTEBAN GUADALIX.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Aranjuez se dictó sentencia de fecha 21-07-2005 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que, estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador Sr. Guadalix Hidalgo en nombre y representación de D. Jose Ignacio, contra la mercantil Servicios Inmobiliarios Ridomi SL, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por los siguientes pronunciamientos:

Se declara que Servicios Inmobiliarios Ridomi SL, ha incurrido en negligencia profesional en los servicios de mediación encargados por D. Jose Ignacio.

Se condena a Servicios Inmobiliarios Ridomi SL a indemnizar a D. Jose Ignacio en la cantidad de seis mil cuarenta euros (6.040 €) en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, más el interés legal del dinero, en los términos descritos en el fundamento segundo de esta resolución; todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la entidad Servicios Inmobiliarios Ridomi SL, que fue admitido a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.

TERCERO

Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado Ponente y señalamiento de día para la deliberación y votación, la cual tuvo lugar el tres de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte...

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