SAP Barcelona 184/2007, 21 de Marzo de 2007
Ponente | LUIS FRANCISCO CARRILLO POZO |
ECLI | ES:APB:2007:4953 |
Número de Recurso | 556/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 184/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEPTIMA
ROLLO Nº 556/06
JUICIO ORDINARIO NÚM. 686/05
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 5 MATARO
S E N T E N C I A Nº 184/2007
Ilmos. Sres.
D. JOSE FCO VALLS GOMBAU
Dª AMELIA MATEO MARCO
D. LUIS CARRILLO POZO
En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de marzo de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoseptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 686/05 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mataró, a instancia de Dª. Esperanza, contra D. Alvaro ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de marzo de 2006 por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por el procurador Dña. CARMEN DOMENECH FONTANET, en nombre y representación de Esperanza contra D. Alvaro, debo declarar y declaro no haber lugar a imponer al demandado cantidad alguna en concepto de compensación a favor de la actora por la venta de la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 bajo NUM001 de El Masnou. Todo ello, con expresa imposición a la actora, de las costas causadas en la presnte instancia ".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2007.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS CARRILLO POZO.
Los litigantes, casados en régimen de comunidad de gananciales, adquirieron una casa por mitad y pro indiviso el 9 de marzo de 2000. Hasta el momento en que se separan, en febrero de 2003, el demandado abona las cuotas hipotecarias, y desde ese instante y hasta su venta la actora sigue ocupándola, asumiendo los correspondientes pagos derivados de la deuda hipotecaria. La venta se realiza el 27 de octubre de 2004, repartiéndose el precio por mitades iguales (algo más de 40.000 euros cada uno). El 2 de septiembre de 2004 la señora Esperanza presenta solicitud de procedimiento monitorio reclamando las cantidades que a su juicio había pagado de más respecto a las abonadas por su exmarido. Formulada oposición, se instaura el juicio ordinario del que trae causa el presente recurso.
Alega la apelante que el señor Alvaro había asumido el pago de las...
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