SAP Barcelona 7/2007, 8 de Enero de 2007
Ponente | ENRIQUE ANGLADA FORS |
ECLI | ES:APB:2007:1675 |
Número de Recurso | 126/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 7/2007 |
Fecha de Resolución | 8 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
SECCIÓN DECIMOCTAVA
AUDIENCIA PROVINCIAL
BARCELONA
ROLLO Nº 126/2006
JUICIO SOBRE LIQUIDACIÓN RÉGIMEN MATRIMONIAL Nº 550/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE RUBÍ
S E N T E N C I A NÚM 7/07
Ilmos. Sres.
D. ENRIC ANGLADA FORS
Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE
D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a ocho de enero de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos sobre Liquidación de Régimen Económico Matrimonial, nº 550/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Rubí, a instancia de DOÑA Fátima representada en la instancia por el Procurador DON MANUEL AGUILAR DE LA ROSA, y en la alzada por el Procurador D. OSCAR BERBEGAL AÑON, y dirigida por el Letrado DON ANTONIO NAVAJAS ADAN, contra DON Pedro Enrique, representado en la instancia por la Procuradora DOÑA VICTORIA MORALES FRASNEDO y dirigido por la Letrada DOÑA MARIA ELENA LOPEZ MACHO, no comparecido en la alzada ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de junio de 2005, por el Ilmo. Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE las pretensiones deducidas por el Procurador D. Manuel Aguilar de la Rosa en nombre y representación de Dª Fátima contra D. Pedro Enrique. Se impone a Dª Fátima el pago de las costas procesales causadas ".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la demandante, del que se dio traslado a la contraparte, presentando el demandado escrito de oposición al mismo, tras lo cual se remitieron los autos a esta Superioridad, y recibidas las actuaciones y comparecida sólo la parte recurrente, se designó Ponente y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 15 de noviembre de 2006.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, D. ENRIC ANGLADA FORS.
Frente a los pronunciamientos de la sentencia de instancia, se alza la demandante, a través del presente recurso de apelación, aduciendo como único motivo del mismo, con fundamento en una vulneración de la normativa aplicable al caso y en una errónea valoración de la prueba obrante en autos, la no consideración como común de la vivienda construida...
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