SAP Murcia 150/2007, 2 de Mayo de 2007

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2007:1169
Número de Recurso327/2006
Número de Resolución150/2007
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00150/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 002

Domicilio : RONDA DE GARAY S/N MURCIA

Telf : 968 229141

Fax : 968 229138

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2006 0201497

ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000327 /2006

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CARAVACA DE LA CRUZ

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000133 /2005

RECURRENTE : Lidia

Procurador/a : ÁNGELES ARQUES PERPIÑAN

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Alvaro

Procurador/a : JUANA MARIA LOZANO GARCIA

Letrado/a :

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 327/2006

SECCIÓN SEGUNDA J. Caravaca de la Cruz nº Dos

MURCIA Ordinario 133/2005

S E N T E N C I A nº 150 / 2007

Ilmos Sres.:

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

D. Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a dos de mayo de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 133/2005, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Caravaca de la Cruz nº Dos, entre las partes: como actora Lidia, representada por el Procurador Sr/a. Meroño Sabater y defendida por el Letrado Sr/a. Peñalver Ruiz, y como demandada Alvaro, representada por el Procurador Sr/a. Jiménez Ruiz y defendida por el Letrado Sr/a. Ruiz Hita.

En esta alzada actúa como apelante Lidia, personándose por el Procurador Sr/a Arques Perpiñan, y como apelada Alvaro, sin que se haya personado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 31 de mayo de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que desestimando la demanda promovida en estos autos por Dña. Lidia, representado por el Procurador Sra. Meroño Sabater y la asistencia del letrado Sr. Peñalver Ruiz contra D. Alvaro, representado por el procurador Sr. Jiménez Ruiz y la defensa letrada del Sr. Ruiz Hita, debo absolver y absuelvo al demandado del pago de la cantidad reclamada en tanto no se lleve a cabo la liquidación del régimen económico matrimonial por el procedimiento legalmente establecido y se determinen los pagos y abonos que deben de realizarse.

Se imponen las costas del presente procedimiento a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Lidia basándolo en síntesis en que se estimara su demanda.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 327/2006 por la Sección Segunda; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 26 de abril de 2.007.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dictada sentencia desestimando la demanda formulada por Lidia contra Alvaro por inadecuación de procedimiento, la parte actora pretende la revocación de la misma a fin de que se condene a la parte contraria a indemnizarle en los daños y perjuicios causados.

SEGUNDO

El Juez de Instancia desestimó la demanda por inadecuación de procedimiento al reclamar una cantidad derivada de la sociedad de gananciales de las partes extinguida por la sentencia de separación de 7 de julio de 2003 por haber...

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