SAP Asturias 32/2007, 26 de Enero de 2007

PonenteJOSE ANTONIO SOTO-JOVE FERNANDEZ
ECLIES:APO:2007:201
Número de Recurso507/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución32/2007
Fecha de Resolución26 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00032/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

LA CORUÑA

S E N T E N C I A

PRESIDENTE ILMO. SR.

DON JUAN ÁNGEL RODRÍGUEZ CARDAMA

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

DOÑA MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA

DON RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

En La Coruña, a veintiséis de enero de dos mil siete.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 363 de 2006, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores Magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto en los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Corcubión, ante el que se tramitaron bajo el número 182/2004, en los que son parte, como apelante, la demanda "ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", con domicilio social en Madrid, Paseo de La Castellana, 39, con número de identificación fiscal A-28.007.748, representada por el Procurador don Rafael Pérez Lizarriturri, bajo la dirección del Abogado don Manuel Trillo Freire; y como apelado, el demandante DON Pedro Enrique, mayor de edad, vecino de Vimianzo (La Coruña), con domicilio en la parroquia de Baíñas, provisto del documento nacional de identidad número NUM000, representado por la Procuradora doña Patricia Berea Ruiz, y dirigido por el Abogado don Manuel Antelo Trillo; habiendo sido además parte en la instancia como demandado DON Rodolfo, mayor de edad, vecino de Vimianzo (La Coruña), con domicilio en la parroquia de Baíñas, provisto del documento nacional de identidad número NUM001, en situación procesal de rebeldía en la instancia; versando la apelación sobre reclamación de cantidad por daños materiales ocasionados en siniestro de circulación vial de vehículos a motor.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 7 de febrero de 2005, dictada por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Corcubión, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando esencialmente la demanda presentada por el procurador Sr. García Lijó, en nombre y representación de Don Pedro Enrique, debo condenar y condeno a Don Rodolfo y a la entidad aseguradora Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad de 7.887,25 euros por los daños y perjuicios sufridos en el vehículo de su propiedad, con los intereses legales del artículo 576 LEC, con imposición a los demandados de las costas procesales originadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Presentado escrito preparando recurso de apelación por "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", se dictó providencia teniéndolo por preparado, emplazando a la parte para que en término de veinte días lo interpusiera, por medio de escrito. Deducido en tiempo el escrito interponiendo el recurso, se dio traslado por término de diez días, presentándose por don Pedro Enrique escrito de oposición. Con oficio de fecha 15 de mayo de 2006 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia con fecha 30 de mayo de 2006, fueron turnadas a esta Sección. Entregadas el 6 de junio de 2006 se registraron bajo el número 363/2006, y se dictó providencia admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente, y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personó en esta alzada el Procurador don Rafael Pérez Lizarriturri en nombre y representación de "Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", en calidad de apelante; y efectuando de igual modo su personamiento la Procuradora doña Patricia Berea Ruiz, en nombre y representación de don Pedro Enrique, en calidad de apelado. Se tuvo por personados a los mencionados, en las representaciones que acreditaban, quedando el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de 7 de noviembre de 2006 se señaló para votación y fallo el pasado día 23 de enero de 2007.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado don RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada a excepción del cuarto y quinto.

SEGUNDO

Se alza la aseguradora demandada contra la sentencia de instancia alegando en primer lugar la existencia de una confabulación entre los dos conductores de los vehículos implicados en el siniestro, que fundamentaría en que el demandante no justificó los daños con la oportuna prueba pericial, ambos conductores están asegurados en la misma entidad, el Juzgado no...

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