ORDEN EMO/336/2012, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de apoyo a los programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas y a los proyectos singulares y/o experimentales de apoyo a la creación de empresas, y se abre la convocatoria del año 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Entre los objetivos prioritarios de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo cabe destacar el impulso, la promoción y el fomento a la creación de empresas con la finalidad del autoempleo en Cataluña, los cuales son concurrentes con las políticas europeas de empleo.

En este contexto, la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, dado que el fomento a la creación de empresas tiene como eje fundamental el apoyo a las estructuras locales destinadas a este fin, y visto que los entes locales son los principales protagonistas de la cohesión y del desarrollo local, se propone abrir unas líneas de subvención que contribuyan a reforzar los servicios públicos locales de apoyo a la creación de empresas y de fomento del espíritu emprendedor.

Asimismo, la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo también se propone prestar apoyo a las experiencias destinadas a responder a las necesidades de personas emprendedoras que requieran una atención especializada, así como a acciones que aporten innovación en el ámbito de la creación de empresas y el apoyo a las personas emprendedoras.

El Programa operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 de Cataluña destaca que se debe impulsar el espíritu empresarial, favorecer la creación y la consolidación de empresas, y poner el énfasis en sectores emergentes generadores de empleo.

Vista la cofinanciación del Fondo Social Europeo a las subvenciones de los programas previstos en esta Orden, y visto que se les aplica el Reglamento (CE) 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo, el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006); y la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo;

Vistos el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Vista la Ley 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012;

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, previos informes de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo, y de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria y aprobar las bases reguladoras

Esta Orden tiene por objeto abrir la convocatoria de 2012 para presentar las solicitudes para la concesión de subvenciones a los programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas y a los proyectos singulares y/o experimentales de apoyo a la creación de empresas (entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo, denominadas Inicia: por la creación de empresas), y aprobar las bases reguladoras que han de regir la concesión de las subvenciones citadas, para las líneas siguientes:

Línea A: programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas.

Línea B: proyectos singulares y/o experimentales de apoyo a la creación de empresas. En esta convocatoria los colectivos prioritarios a los que se dirigen los proyectos singulares son:

La creación y consolidación de proyectos empresariales de autónomos y empresas de economía cooperativa.

La creación de empresas por parte de jóvenes hasta 30 años incluidos, mujeres y colectivos específicos.

Artículo 2

Ámbito de aplicación

2.1 En esta convocatoria pueden ser objeto de subvención las acciones o programas realizados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 30 de septiembre de 2012.

2.2 Para poder participar en esta convocatoria las entidades deberán haber sido entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo con la denominación Inicia: por la creación de empresas en la última convocatoria correspondiente al año 2011.

Artículo 3

Aplicación presupuestaria e importe máximo objeto de convocatoria

3.1 El importe máximo para el año 2012 de las ayudas destinadas a la concesión de subvenciones para la línea A es de 1.317.500,00 euros, con la posibilidad de ser ampliado, una vez realizadas las modificaciones presupuestarias oportunas, a cargo de la partida IU0802D/.460.0001.00/6610 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para 2012, aprobado mediante la Ley 1/2012, de 22 de febrero.

3.2 El importe máximo para el año 2012 de las ayudas destinadas al cierre de la concesión de subvenciones para la línea B es de 232.500,00 euros, con la posibilidad de ser ampliado, una vez realizadas las modificaciones presupuestarias oportunas, a cargo de la partida IU0802D/482.0001.11/6611 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para 2012, aprobado mediante la Ley 1/2012, de 22 de febrero.

A cargo de estas partidas se satisfarán las subvenciones correspondientes a solicitudes para acciones realizadas en el período establecido en el artículo 2.1 de esta Orden.

El otorgamiento de estas ayudas queda condicionado a las disponibilidades presupuestarias.

3.3 Las acciones previstas en este artículo están cofinanciadas en un 50% por el Fondo Social Europeo (FSE), mediante el Programa operativo del Fondo Social Europeo de Competitividad Regional y Empleo de Cataluña para el período 2007-2013, número CCI 2007ES052PO007.

Artículo 4

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

4.1 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC.

4.2 Las solicitudes y la documentación solicitada se presentarán en los lugares y por los medios a que hace referencia la base 5 del anexo de esta Orden.

4.3 De forma excepcional, a las solicitudes se adjuntará, además de la documentación establecida en la base 5.3 del anexo de esta Orden, la documentación prevista en la base 12.3 y en la base 16.1.i) del anexo.

Artículo 5

Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para dictar la resolución, el plazo para concluir el procedimiento, el medio de notificación y el régimen de recursos se regulan en la base 8 del anexo de esta Orden.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TRE/600/2010, de 14 de diciembre, modificada por la Orden EMO/264/2011, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de apoyo a los programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas, a los proyectos singulares y/o experimentales de apoyo a la creación de empresas (entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo, denominadas Inicia: por la creación de empresas).

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 29 de octubre de 2012

F. Xavier Mena

Consejero de Empresa y Empleo

Anexo

Bases reguladoras

Base 1

Objeto

  1. Estas bases tienen por objeto establecer las condiciones y el procedimiento que han de regir la concesión de subvenciones de apoyo a los programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas y a los proyectos singulares y/o experimentales de apoyo a la creación de empresas.

  2. Las entidades beneficiarias de las subvenciones que establecen estas bases formarán parte de la red Inicia por la creación de empresas, bajo la tutela de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo.

Base 2

Tipos de acciones subvencionables

Para llevar a cabo acciones de promoción y apoyo a la creación de empresas se establecen las líneas de subvenciones siguientes:

2.1 Línea A: programas de ámbito local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas.

Objeto:

Esta línea de subvención tiene por objeto dar apoyo a la puesta en marcha y/o consolidación de programas locales de fomento y asesoramiento a la creación de empresas.

Se entenderá que una entidad dispone de un programa local de fomento y asesoramiento a la creación de empresas cuando este ente desarrolle de una forma estable, continuada, estructurada y profesional, un conjunto de acciones y prestaciones destinadas a esta finalidad.

Se considerarán acciones y prestaciones básicas de este programa las que tengan las características siguientes:

Tener como uno de los ejes principales de la programación las acciones de sensibilización de la población respecto al fomento del espíritu emprendedor.

Disponer de mecanismos de información y orientación dirigidos a las personas emprendedoras.

Desarrollar programas de formación dirigidos a personas emprendedoras.

Proporcionar asesoramiento en el proceso de creación de empresas.

Ofrecer seguimiento técnico a los procesos de consolidación de las empresas creadas.

En las tareas de asesoramiento, las entidades beneficiarias han de fomentar que las empresas creadas tengan en cuenta criterios de responsabilidad social, de productividad, competitividad, defensa y protección del medio ambiente y de calidad en los productos o servicios que ofrecen, así como la igualdad de oportunidades y la...

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