La oficina liquidadora de distrito hipotecario y sus impuestos (con normativa aplicable y jurisprudencia), de Vicente José García López.

AutorElena Múgica Alcorta
CargoRegistradora de la Propiedad
Páginas2672-2674

    GARCÍA LÓPEZ, VICENTE JOSÉ: La oficina liquidadora de distrito hipotecario y sus impuestos (con normativa aplicable y jurisprudencia), Centro de Estudios Regístrales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, Madrid, 1993, un tomo de 384 páginas

Se ha dicho que los Registradores de la Propiedad son los especialistas de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones. Esta añrmación, que todos los encargados de Oficinas Liquidadoras intentan hacer cierta, se manifiesta en el desarrollo de la encomienda por las Comunidades Autónomas que han asumido la gestión de dichos tributos -que son todas menos la de Madrid-, y alcanza su plenitud con los compañeros que estudian y escriben sobre Derecho Fiscal.

Explica Vicente José García López, al introducir su libro, que éste pretende ser un «manual de uso inmediato», una «herramienta de trabajo» útil y manejable Estas primeras palabras del autor dan una idea exacta de lo que vamos a encontrar a lo largo de las casi cuatrocientas páginas que siguen. Parecería que estemos ante un maletín de primeros auxilios que suministre una información directa ante la duda planteada, útil en toda Oficina Liquidadora y, en general, para el estudio de los impuestos cuya gestión ha venido encomendándose tradicionalmente a los Registradores de la Propiedad.

La misma claridad que García López emplea para definir el objetivo de su libro se refleja en la tratamiento y esquematización de su contenido. Tras una breve INTRODUCCIÓN, en la que el autor se queja de la «agobiante presión fiscal» y ensalza la tarea de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario, se desarrollan cuatro bloques de materias: evolución histórica del Derecho Tributario en España, la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario, el ITP y AJD, y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

  1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA

    De una manera amena y a la vez rigurosa, García López nos conduce a través de la Historia del Derecho Fiscal en nuestro país, desde los textos de la época goda y musulmana, recorriendo las reformas de los siglos pasado y presente, hasta llegar a la época actual.

    Citemos entre los numerosos precedentes recogidos la vigésima hereditatum del Emperador Augusto; la mañería y luctuosa en la época goda; la alcabala medieval para defender los castillos fronterizos, y el sitio de Gibraltar, que subsistiría tras la creación del Derecho de Hipotecas el 31 de diciembre de 1829.

    Nuestro actual sistema tributario arranca de la reforma de don Alejandro Mon, puesta en vigor por la Ley de Presupuestos de 23 de mayo de 1845, que unificó el panorama fiscal patrio y...

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