STSJ Comunidad de Madrid 1317/2005, 4 de Octubre de 2005

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2005:11135
Número de Recurso165/2004
Número de Resolución1317/2005
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTIMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSOFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSMARCIAL VIÑOLY PALOP

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01317/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 165/2004

RECURRENTE:

entidad «Estrella AMDAL S.L.»

Procurador Don Agustín Sanza Arroyo

RECURRIDO

Ayuntamiento de MADRID

Letrado Consistorial Don Ángel Mingo de Miguel

S E N T E N C I A

Nº R/1317

----

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a cuatro de Octubre del año dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el rollo de Apelación nº 165 de 2.004 dimanante del Procedimiento Ordinario número 107 de 2.003, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de los de Madrid en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad «Estrella AMDAL S.L.» representada por el Procurador Don Agustín Sanza Arroyo y asistida por la Letrada Doña Emilia Zaballos Pulido contra la Sentencia dictada en el mismo. Han sido parte la apelante y como apelado el Ayuntamiento de Madrid asistida y representada por el Letrado Consistorial Don Ángel Mingo de Miguel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 23 de Febrero de 2.004, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22 de los de esta ciudad, en el procedimiento Ordinario número 107 de 2.003, se dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Que, DESESTIMANDO EL RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO interpuesto por la representación procesal de la mercantil ESTRELLA AMDAL S.L. contra RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2003 DICTADA POR LA CONCEJALA PRESIDENTA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO DE RETIRO, DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID, DESESTIMATORIA DE RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA DECRETO DE 27 DE FEBRERO DE 2003 QUE ACUERDA ORDEN DE CESE Y CLAUSURA DE ACTIVIDAD EN EL EXPEDIENTE N° 103/2002°2511, DEBO DECLARAR Y DECLARO AJUSTADA A DERECHO DICHA RESOLUCIÓN Y, EN CONSECUENCIA, NO HABER LUGAR A SU ANULACIÓN, DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE TODOS LOS RESTANTES PEDIMENTOS DE LA DEMANDA y todo ello SIN QUE PROCEDA IMPOSICIÓN DE COSTAS A NINGUNA DE LAS PARTES.- Devuélvase el expediente administrativo al órgano de procedencia con testimonio de esta sentencia, una vez sea firme, para su ejecución.- Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles constar que, contra la misma, cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante este Juzgado en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde el día siguiente a su notificación, para su resolución por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.- Llévese esta sentencia a los Libros correspondientes para su anotación.- Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 18 de Marzo de 2.004 el Procurador Don Agustín Sanza Arroyo en representación de la entidad «Estrella AMDAL S.L.» interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando que en su día y previos los trámites legales se dictara Sentencia anulando la apelada, por ser disconforme a derecho, y resolviendo conforme al cuerpo de alegaciones arriba formulado, todo ello con la correspondiente imposición de las costas causadas tanto en primera como en segunda instancia.

TERCERO

Por providencia de fecha 12 de Abril de 2.004 se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, presentándose por el Letrado Consistorial Don Ángel Mingo de Miguel en representación del Ayuntamiento de Madrid escrito el día 6 de Mayo de 2.004 se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.

CUARTO

Por resolución de 10 de Mayo de 2.003 se elevaron las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Juan F López de Hontanar Sánchez, señalándose el día 13 de Octubre de 2.005 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación, al no estimarse preciso por la sala ni el recibimiento a prueba ni el trámite de conclusiones.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1.998.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como señala la Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de 26 de Octubre de 1.998 el recurso de apelación tiene por objeto la depuración de un resultado procesal obtenido en la instancia de tal modo que el escrito de alegaciones del apelante ha de contener una crítica de la sentencia impugnada que es la que debe servir de base para la pretensión sustitutoria de pronunciamiento recaído en primera instancia. La jurisprudencia...

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