SAP Jaén 35/2003, 4 de Febrero de 2003
Ponente | JOSE CALIZ COVALEDA |
ECLI | ES:APJ:2003:181 |
Número de Recurso | 26/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 35/2003 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
SENTENCIA Núm. 35/03
Iltmos. Sres.
Presidente
D. JOSE CALIZ COVALEDA
Magistrados
Dª LOURDES MOLINA ROMERO
D. JESUS MARIA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a Cuatro de Febrero de dos mil tres.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ejecutivo, seguidos en primera instancia con el núm. 103 del año 2000, por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de La Carolina (Jaén), rollo de apelación de esta Audiencia núm. 26/2003 a instancia de CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE CÓRDOBA (CAJASUR), representada en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Dª. María José Martínez Casas y defendida por el Letrado D. Rafael García Valdecasas, contra D. Imanol , D. Juan Alberto , D. Leonardo y Dª. Sandra , los dos primeros en situación procesal de rebeldía, y los dos últimos representados en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. Gabriel López Garrido y defendidos por el Letrado D. Raúl Núñez Oyarzabal.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de La Carolina (Jaén), con fecha Cinco de Noviembre de dos mil dos.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que en el Juicio Ejecutivo promovido por CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE CORDOBA (CAJASUR), y en su representación el procurador Sra. Martínez Casas contra Don Imanol , Don Juan Alberto , Don Leonardo y Doña Sandra , desestimando la excepción aducida, mando seguir adelante la ejecución despachada sobre los bienes de los deudores, hasta hacer trance y remate de los mismos, y con su producto entero y cumplido pago a la entidad actora de la cantidad de SEIS MILLONES (6.000.000) de pesetas de principal, TREINTA MIL (30.000) pesetas de gastos de protesto mas los intereses legales y gastos que en su momento se determinen, con expresa condena en costas a los demandados.
Y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, incluyase la presente en el Libro de Sentencias".
Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por D. Leonardo y Dª. Sandra , en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de La Carolina (Jaén), presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.
Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición al Recurso por CAJASUR; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.
En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE CALIZ COVALEDA, que expresa...
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