SAP Alicante 207/2007, 10 de Abril de 2007

PonenteMARIA DOLORES OJEDA DOMINGUEZ
ECLIES:APA:2007:3198
Número de Recurso20/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución207/2007
Fecha de Resolución10 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2007-0000325

Procedimiento: Rollo apelación sentencia juicio de faltas Nº 000020/2007- -

Dimana del Juicio de Faltas Nº 001139/2006

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 8 DE ALICANTE

SENTENCIA Núm. 207/07

En la ciudad de Alicante, a diez de Abril de dos mil siete.

La Iltma. Sra. Dª. María Dolores Ojeda Domínguez Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 6-10-06, dictada por el Juzgado de Instrucción de 8 de Alicante, en Juicio de Faltas núm. 1139/06, sobre lesiones; Habiendo actuado como parte apelante Plácido, dirigido por el Letrado Francisco Córdoba Almela y, como parte apelada Fernando Y Juan Pablo, y el MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "Sobre las 22 horas del día 30 de julio de 2006, y tras la celebración de un partido de fútbol que había sido tenso, y mientras se disputaba otro encuentro, en el camping sito en la calle Villa de Chiva Ignacio Martí increpó a Fernando, interponiéndose Luis Enrique, comenzando de inmediato Plácido e Luis Enrique a golpearse mutuamente, interviniendo a continuación muchas otras personas allí presentes para intentar poner fin a la disputa. Como consecuencia de estos hechos resultaron lesionados Plácido con equimosis en región frontal, región cervical y hombro derecho y hemitorax izquierdo en las últimas costillas, edema doloroso en cuero cabelludo, a nivel de región parieto-occipital izquierdo, quien requirió una única asistencia tardando en curar unos 4 días todos ellos incapacitado para sus ocupaciones habituales. E Luis Enrique resulto con erosiones en rodilla derecha, cara externa, rodilla izquierda cara externa, contusión frontoparietal derecha, de las que tardó en curar tres días, también con una sola asistencia".

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que absuelvo a Fernando Y Juan Pablo de la falta de lesiones de que eran acusados y CONDENO a Plácido E Luis Enrique, como criminalmente responsable en concepto de autores de una falta de lesiones, a la pena, a cada uno de ellos, de TREINTA DIAS MULTA con fijación de una cuota diaria de seis euros lo que hace un total de CIENTO OCHENTA EUROS y al pago...

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