SAP Murcia 187/2000, 5 de Julio de 2000

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2000:1974
Número de Recurso158/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2000
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 187

Iltmos. Sres.:

D. Juan Antonio Jover Coy

Presidente

D. Andrés Pacheco Guevara

D. Carlos Manuel Díez Soto

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a cinco de julio de dos mil.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cieza y seguidos ante el mismo con el nº 347/96, -rollo nº 158/98-, en los que figura como demandante Dª. Fátima , mayor de edad, casada, sus labores, vecina de Cieza, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada en el Juzgado por el Procurador Sr. Montiel Ríos y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Gómez Morales, y dirigida por el Letrado Sr. Fernández Martínez; y como demandados, Pirotecnia Murciana, DIRECCION000 , C.B., en la persona de Dª. Marisol , D. Jesús Luis , D. Eusebio y D. Simón , en rebeldía, y el Excmo. Ayuntamiento de Abarán, representado en el Juzgado por la Procuradora Sra. Piñera Marín y en la Audiencia por el Procurador Sr. Jiménez Martínez, y dirigido por el Letrado Sr. Campos Gil. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de culpa extracontractual.

Los referidos autos penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la sentencia de 10 de febrero de 1998, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cieza; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando como estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Montiel Ríos, en nombre y representación de Dª Fátima contra PIROTECNIA MURCIANA, DIRECCION000 , C.B., en la persona de Dª. Marisol , D. Jesús Luis , D. Eusebio y D. Simón , en situación procesal de rebeldía y contra el EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE ABARAN, representado por la Procuradora Sra. Piñera Marín, debo condenar y condeno a los demandados expresados a abonar a la actora, solidariamente la cantidad de TRESCIENTAS SETENTA Y UNA MIL SETECIENTAS TREINTA Y DOS PESETAS (371.732 PTAS.), más los intereses legales devengados por dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial hasta su efectivo abono, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Dª. Fátima y por el Excmo. Ayuntamiento de Abarán, siendo admitidos en ambos efectos y elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previos los oportunos emplazamientos.

Recibidas las actuaciones en la Audiencia, se formó el correspondiente rollo, con el nº 158/98, compareciendo las partes debidamente representadas y, tramitados los recursos con arreglo a los de su clase, se señaló día para la vista, que ha tenido lugar el 4 de julio de 2000, con asistencia de los Letrados Sres. Fernández Martínez y Campos Gil, quienes solicitaron que se dictara sentencia conforme a sus pretensiones de primera instancia, con imposición a la parte contraria de las costas de esta alzada.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Fátima formuló demanda de juicio declarativo de Menor Cuantía solicitando que se condenara a los demandados a abonar a la actora la cantidad de un millón cincuenta y dos mil pesetas, con sus intereses correspondientes, al concretar en dicha cantidad los perjuicios sufridos por la Sra. Fátima , a...

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