SAP Murcia 152/2007, 5 de Noviembre de 2007
Ponente | ALVARO CASTAÑO PENALVA |
ECLI | ES:APMU:2007:2336 |
Número de Recurso | 355/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 152/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00152/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2007 0101638
ROLLO : APELACION JUICIO DE FALTAS 0000355 /2007
Juzgado procedencia :JDO. INSTRUCCION N. 7 de MURCIA
Procedimiento de origen :JUICIO DE FALTAS 0001719 /2004
RECURRENTE : Trinidad
Procurador/a :
Letrado/a :PATRICIO E. GARCIA ROCAMORA
RECURRIDO/A : LINEA DIRECTA ASEGURADORA
Procurador/a :
Letrado/a :MIGUEL CACERES SANCHEZ
SENTENCIA
NÚM. 152/07
En la Ciudad de Murcia, a cinco de noviembre de dos mil siete.
El Ilmo. D. Álvaro Castaño Penalva, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 355/07, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número Siete de Murcia, en procedimiento de Juicio de Faltas número 1.719/04, seguido por lesiones y daños imprudentes (tráfico), en el que han sido partes, como denunciante y aquí apelante Trinidad, asistida por el Letrado D. Patricio Enrique García Rocamora, como denunciada Asunción ; y como responsable civil directa y ahora apelada Línea Directa Aseguradora, S.A.
Con fecha 24 de octubre de 2.006 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 1.719/04, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "Probado y así se declara que con fecha de presentación ante el TSJ de 13 de diciembre de 2.004, la Sra. Trinidad interpuso denuncia en la que manifestaba que el día 14 de junio de 2.004, sobre las 14 horas, circulaba como ocupante en el vehículo matrícula.... GMM, que era conducido por la denunciada Sra. Asunción, por el carril izquierdo de la Autovía en dirección a Cartagena, cuando dicha conductora perdió el control del mismo, hasta impactar con el quitamiedos del lado izquierdo de dicha Autovía.
Según Informe Médico Forense, Trinidad sufrió lesiones consistentes en policontusiones, contractura cervical y traumatismo en muñeca izquierda, habiendo necesitado tratamiento médico, con 95 días de abandono de sus ocupaciones habituales, de los cuales 95 fueron impeditivos, quedándole como secuelas síndrome postraumático cervical, valorado en dos puntos, agravación de patología lumbar previa, valorada en tres puntos, y muñeca izquierda dolorosa, valorada en un punto.
Dichos hechos no quedaron acreditados."
En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo libremente a Asunción, de los hechos que motivaron las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas procesales causadas en esta instancia."
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por el Letrado de la denunciante se interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a las demás partes personadas, oponiéndose el Letrado de la compañía aseguradora. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
ÚNICO.- Se acepta y se da...
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